Norma Legal Oficial del día 14 de agosto del año 2000 (14/08/2000)


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NORMAS LEGALES

MORDAZA, lunes 14 de agosto de 2000

INPE

Sancionan con destitucion a servidora del Establecimiento Penitenciario Amplian beneficio de regularizacion MORDAZA MORDAZA MORDAZA tributaria para el pago del Impuesto RESOLUCION DE LA PRESIDENCIA DEL Predial, Arbitrios y Tasa de Licencia de INSTITUTO NACIONAL PENITENCIARIO Nº 474-2000-INPE-P Funcionamiento
MORDAZA, 11 de agosto de 2000 VISTO, el Informe Nº 067-2000-INPE-CPPAD, de fecha de 7 de agosto del 2000 de la Comision Permanente de Procesos Administrativos Disciplinarios del Instituto Nacional Penitenciario; CONSIDERANDO: Que, mediante Resolucion de la Presidencia Nº 3892000-INPE-P, de fecha 4 de MORDAZA del 2000, se instaura MORDAZA administrativo disciplinario a la servidora del Establecimiento Penitenciario de Regimen Cerrado Especial MORDAZA MORDAZA MORDAZA, MORDAZA MORDAZA MORDAZA LAY, por haber incurrido en inasistencias injustificadas a su centro de labores; Que, de la evaluacion y analisis de los documentos existentes en autos, se advierte que pese haber transcurrido en exceso el plazo establecido en el Articulo 169º del Decreto Supremo Nº 005-90-PCM, para que la servidora, MORDAZA MORDAZA MORDAZA LAY, presente su descargo, esta no ha hecho uso de su derecho de defensa, subsistiendo por consiguiente los cargos formulados en su contra, al haberse establecido que dicha servidora ha inasistido injustificadamente a su centro de labores, en forma no consecutiva, en los meses de diciembre de 1999, febrero, marzo y MORDAZA del presente ano, encontrandose en la condicion de inactiva y sin procesarse pago desde el mes de MORDAZA, tal como se desprende del Informe Nº 0802000-INPE-ORH-URYD/AP de fecha 26 de MORDAZA del 2000, remitido a traves del Oficio Nº 560-INPE-ORHUryD de fecha 31 de MORDAZA del 2000, por el Jefe de la Unidad de Remuneraciones y Desplazamientos del INPE, por lo que dicha servidora se encuentra incursa en abandono laboral; Que, ha quedado establecido que la servidora MORDAZA MORDAZA MORDAZA LAY, ha transgredido el Articulo 39º del Reglamento de Control de Asistencia y Puntualidad y Permanencia de los trabajadores del INPE, asi como el inciso c) del Articulo 21º del Decreto Legislativo Nº 276; falta prevista en el inciso k) del Articulo 28º del acotado dispositivo legal; Estando al Informe de la Comision Permanente de Procesos Administrativos Disciplinarios y las visaciones de la Oficina General de Asesoria Juridica y de la Oficina de Recursos Humanos; y, De conformidad con lo establecido en el Decreto Legislativo Nº 276, Decreto Supremo Nº 005-90-PCM, Resolucion Ministerial Nº 199-98-JUS y en uso de las facultades conferidas por la Resolucion Suprema Nº 26299-JUS; SE RESUELVE: Articulo 1º.- IMPONER la medida disciplinaria DESTITUCION a la servidora del Establecimiento Penitenciario de Regimen Cerrado Especial MORDAZA MORDAZA MORDAZA, MORDAZA MORDAZA MORDAZA LAY, por los motivos expuestos en la parte considerativa de la presente Resolucion. Articulo 2º.- NOTIFIQUESE la presente Resolucion a traves de la Oficina de Recursos Humanos del Instituto Nacional Penitenciario o el Diario Oficial El Peruano, para los efectos legales pertinentes. Registrese, comuniquese y publiquese. MORDAZA O. MORDAZA MORDAZA Presidente del Consejo Nacional Penitenciario del INPE 9242 ORDENANZA Nº 013-2000/MDC Carabayllo, 8 de agosto de 2000 Visto, en Sesion Ordinaria de Concejo del 5 de agosto del ano 2000, el proyecto de Ordenanza referida a la Ampliacion del Beneficio de Regularizacion Tributaria, en la jurisdiccion del distrito de Carabayllo; CONSIDERANDO: Que, los Articulos 74º y 192º Inc. c) de la Constitucion Politica vigente; y, la MORDAZA IV del Titulo Preliminar del Texto Unico Ordenado del Codigo Tributario, aprobado por D.S. Nº 135-99-EF, establecen que los gobiernos locales mediante ordenanza, pueden crear, modificar y suprimir sus contribuciones, arbitrios, derechos y licencias o exonerar de ellos dentro de su jurisdiccion y con los limites que senala la Ley; Que, el Articulo 41º del Codigo Tributario, prescribe que la deuda tributaria solo podra ser condonada por MORDAZA expresa con rango de ley; facultando excepcionalmente, los gobiernos locales condonar, con caracter general el interes moratorio y las sanciones (multas), respecto de los tributos que administren; Que, se hace necesario que la actual administracion otorgue por excepcion, las facultades pertinentes a fin que los contribuyentes de esta circunscripcion, que no hayan cumplido con sus obligaciones tributarias de anos anteriores, pueden regularizar su situacion; y, Estando al merito del Dictamen Nº 008-2000/MDC, de la Comision de Administracion de Regidores y a lo dispuesto en los Articulos 109º y 110º de la Ley Organica de Municipalidades, Ley Nº 23853 y a lo acordado por la MAYORIA del Pleno del Concejo de esta Corporacion, se aprobo la siguiente Ordenanza: Articulo Primero.- AMPLIAR en la jurisdiccion del distrito de Carabayllo, el beneficio de REGULARIZACION TRIBUTARIA, sin el pago de interes moratorios y multas tributarias con facilidades de pago de los siguientes tributos: - Impuesto Predial 2000 y anos anteriores. - Arbitrios de Limpieza Publica, Parques y Jardines 2000 y anos anteriores. - Arbitrios de Serenazgo 1997 y 1998. - Tasa de Licencia de Funcionamiento 1999 y anos anteriores. Articulo Segundo.- No estan incluidos en la presente Ordenanza, los contribuyentes que se encuentran en procedimiento de Cobranza Coactiva. Articulo Tercero.- El presente beneficio de la regularizacion tributaria, tendra vigencia a partir del 8 de agosto al 8 de setiembre del ano 2000, los pagos efectuados con anterioridad a la presente Ordenanza no seran materia de devolucion o compensacion Articulo Cuarto.- Otorgar incentivos tributarios (premios) a los contribuyentes que al mes de noviembre del presente ano fiscal se encuentren al dia con el pago de sus tributos: Impuesto Predial y Arbitrios de Limpieza Publica, Parques y Jardines ano 2000 y anos anteriores. Articulo Quinto.- Encargar al Despacho de Alcaldia para que por Decreto reglamente la presente Ordenanza. Articulo Sexto.- Encargar el cumplimiento de la presente Ordenanza a la Direccion Municipal, Direccion de Administracion y Finanzas, Oficina de Administracion Tributaria de esta Corporacion. Articulo Setimo.- Dispensar de la lectura del Acta del presente, para su inmediata ejecucion. Registrese, comuniquese, cumplase y archivese. MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA 9270

MUNICIPALIDAD DE CARABAYLLO

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