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NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 14 DE AGOSTO DEL AÑO 2000 (14/08/2000)

CANTIDAD DE PAGINAS: 20

TEXTO PAGINA: 18

Pág. 191616 NORMAS LEGALES Lima, lunes 14 de agosto de 2000 Visto, el Oficio Nº 200-2000-AATE/PE del Presidente Ejecutivo de la Autoridad Autónoma del Proyecto Espe- cial Sistema Eléctrico de Transporte Masivo de Lima y Callao - AATE; CONSIDERANDO: Que, la Asociación AOTS - The Association for Over- seas Technical Scholarship realizará en la ciudad de Tokio, Japón, durante los días 24 de agosto al 13 de setiembre del año 2000, el curso denominado "Training Course on Solving Human & Organizational Problems for Latin America"; Que, el mencionado curso tiene como objetivo desarro- llar habilidades en la solución de problemas humanos y organizacionales, permitiendo identificar problemas en el área de la administración de los recursos humanos, así como fomentar el rol de liderazgo en la administración de personal; Que, la Asociación AOTS - The Association for Over- seas Technical Scholarship, mediante comunicación de fecha 14 de julio del año 2000 de la Asociación Kenshu Kiokay del Perú, hace de conocimiento de la Autoridad Autónoma del Proyecto Especial Sistema Eléctrico de Transporte Masivo de Lima y Callao - AATE, que ha sido aprobada la participación del doctor Manuel Medina Menéndez, Jefe de Recursos Humanos, en el curso antes mencionado; Que, la Asociación AOTS - The Association for Over- seas Technical Scholarship, cubrirá los gastos que de- mande la participación del citado funcionario, a excep- ción del costo del pasaje que será asumido por la Autori- dad Autónoma del Proyecto Especial Sistema Eléctrico de Transporte Masivo de Lima y Callao - AATE; Que, resulta pertinente autorizar el viaje del mencio- nado funcionario para que participe en el referido curso; De conformidad con la Ley Nº 27212, Decreto Ley Nº 25862 y Decretos Supremos Nºs. 163-81-EF, 053-84- PCM, 074-85-PCM, 031-89-EF y 135-90-PCM; SE RESUELVE: Artículo 1º.- Autorizar el viaje del doctor Manuel Medina Menéndez, Jefe de Recursos Humanos de la Autoridad Autónoma del Proyecto Especial Sistema Eléc- trico de Transporte Masivo de Lima y Callao - AATE, a la ciudad de Tokio, Japón, del 23 de agosto al 14 de setiembre del año 2000, para los fines a que se contrae la parte considerativa de la presente resolución. Artículo 2º.- El gasto de US$ 1,994.52 correspondien- te al costo del pasaje, será asumido por la Autoridad Autónoma del Proyecto Especial Sistema Eléctrico de Transporte Masivo de Lima y Callao - AATE. Artículo 3º.- La presente Resolución Suprema no dará derecho a exoneración o liberación de impuestos o de derechos aduaneros de ninguna clase o denomina- ción. Regístrese, comuníquese y publíquese. Rúbrica del Ing. Alberto Fujimori Presidente Constitucional de la República AUGUSTO BEDOYA CAMERE Ministro de Transportes, Comunicaciones, Vivienda y Construcción 9291 Otorgan concesión a empresa para prestar servicio público de transporte terrestre interprovincial de pasajeros en la ruta Arequipa - Lima RESOLUCION DIRECTORAL Nº 1142-2000-MTC/15.18 Lima, 21 de julio de 2000 VISTOS, el Expediente de Registro Nº 2000-01370010 organizado por la empresa TRANSPORTES CROMO-TEX S.A.C., sobre Concesión de Ruta: AREQUIPA - LIMA y viceversa e Informe Nº 566-2000-MTC/ 15.18.04.1.RCM de la Dirección de Transporte de Pasa- jeros y Carga Nacional e Internacional; CONSIDERANDO: Que, la referida empresa, mediante el expediente indicado en vistos, ha solicitado el otorgamiento de la concesión de ruta: AREQUIPA - LIMA y viceversa, al amparo de lo establecido en el Reglamento del Servicio Público de Transporte Terrestre Interprovincial de Pa- sajeros por Carretera en Omnibus aprobado por Decreto Supremo Nº 05-95-MTC; Que, en el Informe Nº 566-2000-MTC/15.18.04.1.RCM, se concluye que la referida empresa cumple con los requisitos establecidos en el Artículo 13º del referido Reglamento y señalados en el Texto Unico de Procedi- mientos Administrativos (TUPA) aprobado por Decreto Supremo Nº 029-2000-MTC, recomendándose la proce- dencia del pedido formulado; De conformidad con lo dispuesto en el Decreto Legisla- tivo Nº 640 y su Reglamento aprobado por Decreto Supremo Nº 05-95-MTC, Ley Nº 25035 y su Reglamento aprobado por Decreto Supremo Nº 070-89-PCM, Texto Unico de Procedimientos Administrativos (TUPA) apro- bado por Decreto Supremo Nº 029-2000-MTC y Decreto Ley Nº 25862; SE RESUELVE: Primero.- Otorgar a la empresa TRANSPORTES CROMOTEX S.A.C., la concesión de ruta: AREQUIPA - LIMA y viceversa, para prestar Servicio Público de Transporte Terrestre Interprovincial de Pasajeros por Carretera en Omnibus, por el período de diez (10) años, contados a partir de la fecha de expedición de la presente Resolución, de acuerdo con los siguientes términos: RUTA :AREQUIPA - LIMA y viceversa ORIGEN :AREQUIPA DESTINO :LIMA ITINERARIO :CAMANA - NASCA - ICA - PISCO - CAÑETE FRECUENCIAS :Dos diarias FLOTA VEHICULAR :Cinco ómnibus FLOTA OPERATIVA :Cuatro ómnibus: UH-3990 (1995), UH-3969 (1995), UH-3979 (1995) y UH-3970 (1995) FLOTA DE RESERVA :Un ómnibus: UH-3967 (1995) HORARIOS :Salidas de Arequipa: A las 16.30 y 17.30 horas Salidas de Lima: A las 17.00 y 18.00 horas La Tarjeta de Circulación Vehicular será expedida con relación al año de fabricación de los vehículos oferta- dos. Segundo.- La presente Resolución Directoral deberá ser publicada por la empresa en el Diario Oficial El Peruano dentro de los treinta (30) días calendario, si- guientes a la fecha de su notificación. Tercero.- La empresa iniciará el servicio dentro de los treinta (30) días calendario, improrrogables contados a partir del día siguiente de la publicación de la presente resolución; para lo cual deberá contar con lo establecido en el Art. 17º del Reglamento aprobado por Decreto Supremo Nº 05-95-MTC, caso contrario se procederá a aplicar lo dispuesto en el segundo párrafo del Art. 16º del referido Reglamento. Cuarto.- Encargar la ejecución de esta Resolución a la Dirección de Transporte de Pasajeros y Carga Nacio- nal e Internacional. Regístrese y comuníquese. CARLOS A. IBAÑEZ MANCHEGO Director General Dirección General de Circulación Terrestre 9255