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Pág. 195428 NORMAS LEGALES Lima, viernes 1 de diciembre de 2000 Cancelan registros correspondientes a diversos plaguicidas químicos de uso agrícola RESOLUCIÓN JEFATURAL Nº 208-2000-AG-SENASA Lima, 28 de noviembre de 2000 CONSIDERANDO: Que, de conformidad con el Artículo 5º del Reglamento para el Registro y Control de Plaguicidas Químicos de Uso Agrícola aprobado por Decreto Supremo Nº 16-2000-AG y sus modificato- rias Resolución Ministerial Nº 476-2000-AG y Resolución Minis- terial Nº 639-2000-AG, el Ministerio de Agricultura a través del Servicio Nacional de Sanidad Agraria - SENASA es la Autoridad Nacional competente para el registro y control de los productos en mención y la responsable de velar por el cumplimiento de dicho Reglamento y de sus disposiciones complementarias; Que, de acuerdo a lo dispuesto en el Artículo 48º del Reglamento acotado, el registro de un plaguicida químico de uso agrícola podrá ser cancelado por el SENASA cuando lo solicite el titular del registro; Que, según lo previsto en el Artículo 49º del mencionado Reglamento, las cancelaciones de los registros de los produc- tos citados serán sancionadas por Resolución Jefatural del SENASA y publicadas en el Diario Oficial El Peruano; Que, ante esta Administración, ha sido solicitada la cancela- ción de los registros correspondientes a los productos de nombre comercial BAYTAN 15% PS, SENCOR 70% PM, NEMACUR 400 EC y PEROPAL 25% PM con Certificados de Registros Nº 121-96- AG-SENASA, Nº 039-96-AG-SENASA, Nº 128-96-AG-SENASA y Nº 031-96-AG-SENASA, respectivamente; Que, estando a las consideraciones expuestas, resulta procedente efectuar la cancelación de los registros indicados, así como dar publicidad a dicha medida en cumplimiento de los objetivos previstos en el Artículo 2º del Decreto Supremo Nº 16-2000-AG; De conformidad con los acotados dispositivos legales y con las visaciones de las Directoras Generales de Sanidad Vegetal y Asesoría Jurídica; SE RESUELVE: Artículo 1º.- Cancelar los registros correspondientes a los productos siguientes: Nombre Comercial Nombre Común Origen Certificado de Registro Baytán 15% PS Triadimenol Alemania Nº 121-96-AG-SENASA Sencor 70% PM Metribuzin Alemania/ Nº 039-96-AG-SENASA Colombia Nemacur 400 EC Fenamiphos Alemania Nº 128-96-AG-SENASA Peropal 25% PM Azocyclotin Colombia/ Nº 031-96-AG-SENASA Alemania/ Brasil Artículo 2º.- Prohibir la comercialización en el país de los plaguicidas consignados en el Artículo 1º de la presente Resolución Jefatural. Regístrese, comuníquese y publíquese. ELSA CARBONELL TORRES Jefe Servicio Nacional de Sanidad Agraria 13591 ENERGÍA Y MINAS Otorgan autorización de generación de energía eléctrica para consumo pro- pio a Fijesa S.A.C. RESOLUCIÓN MINISTERIAL Nº 302-2000-EM/VME Lima, 4 de agosto de 2000Visto, el Expediente Nº 33110500, que incluye los docu- mentos con Registro Nº 1283549, sobre otorgamiento de autorización para generación de energía eléctrica de acuerdo con el Artículo 4º del Decreto Ley Nº 25844, presentado por FIJESA SAC, persona jurídica inscrita en la Partida Nº 11030514 del Registro de Personas Jurídicas de Lima; CONSIDERANDO: Que, FIJESA SAC, ha solicitado autorización para desa- rrollar actividades de generación de energía eléctrica para su propio consumo en la central térmica existente Fijesa, de propiedad de la solicitante, la que tiene una capacidad instalada de 1,6 MW; Que, la petición se halla amparada en las disposiciones contenidas en el Artículo 38º del Decreto Ley Nº 25844 y Artículo 67º de su Reglamento aprobado por Decreto Supre- mo Nº 009-93-EM, habiendo cumplido con los requisitos legales de presentación; Que, la Dirección General de Electricidad, luego de haber verificado y evaluado que la peticionaria ha cumplido con los requisitos estipulados en el Decreto Ley Nº 25844 y su Reglamento aprobado por Decreto Supremo Nº 009-93-EM, ha emitido el Informe favorable Nº 135-2000-EM/DGE; Estando a lo dispuesto por el Artículo 6º del Decreto Ley Nº 25844; Con la opinión favorable del Director General de Electri- cidad y del Viceministro de Energía; SE RESUELVE: Artículo 1º.- Otorgar autorización por tiempo indefini- do, a FIJESA SAC, que se identificará con Código Nº 33110500, para desarrollar actividades de generación de energía eléc- trica para su propio consumo, en las instalaciones existentes de la central térmica Fijesa, de propiedad de la solicitante, que está ubicada en la Av. Materiales Nº 2730 distrito Lima- Cercado, provincia y departamento de Lima, con una capa- cidad instalada de 1,6 MW. Artículo 2º.- La empresa autorizada está obligada a operar cumpliendo las normas técnicas y de seguridad; preservando el medio ambiente y salvaguardando el Patri- monio Cultural de la Nación; así como a remitir la informa- ción estadística y los requisitos establecidos en el Decreto Ley Nº 25844, su Reglamento aprobado por Decreto Supre- mo Nº 009-93-EM y otras normas legales pertinentes. Artículo 3º.- La presente resolución entrará en vigencia el día de su publicación. Regístrese, comuníquese y publíquese. JORGE CHAMOT Ministro de Energía y Minas 9306 Otorgan autorización de generación de energía eléctrica para consumo pro- pio a Socosani S.A. RESOLUCIÓN MINISTERIAL Nº 307-2000-EM/VME Lima, 4 de agosto de 2000 Visto, el Expediente Nº 33108800, que incluye los docu- mentos con Registros Nºs. 1279782 y 1282396, sobre otorga- miento de autorización para generación de energía eléctrica de acuerdo con el Artículo 4º del Decreto Ley Nº 25844, presentado por SOCOSANI S.A. persona jurídica inscrita en el asiento 88, folio 114 del tomo 47 del Registro de Personas Jurídicas de Arequipa. CONSIDERANDO: Que, SOCOSANI S.A., ha solicitado autorización para desarrollar actividades de generación de energía eléctrica para su propio consumo en la Central Térmica existente SOCOSANI de propiedad de la solicitante, la que tiene una capacidad instalada de 0,80 MW; Que, la petición se halla amparada en las disposiciones contenidas en el Artículo 38º del Decreto Ley Nº 25844 y el Artículo 67º de su Reglamento aprobado por Decreto Supre- mo Nº 009-93-EM, habiendo cumplido con los requisitos legales de presentación;