Norma Legal Oficial del día 13 de diciembre del año 2000 (13/12/2000)


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TEXTO DE LA PÁGINA 59

MORDAZA, miercoles 13 de diciembre de 2000

NORMAS LEGALES

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2.- Verificar y dar cuenta a los coordinadores zonales de las infracciones a las disposiciones municipales cometidos en su MORDAZA, tales como: - Ejercicio de actividades comerciales no autorizadas. - Uso de aguas de parques y jardines. - Uso indebido del mobiliario urbano. - Deterioro de la via publica por MORDAZA de autos. - Actos renidos con la moral y las buenas costumbres. Articulo 14º.- Dejese sin efecto todas las disposiciones municipales, que se opongan o impidan la correcta aplicacion de la presente ordenanza, asimismo esta no afecta a las normas especificas emanadas por la Municipalidad de MORDAZA MORDAZA, respecto al ejercicio de este MORDAZA de comercio en el distrito. POR TANTO: Mando se publique y cumpla. MORDAZA MORDAZA NEGRON Alcaldesa 14158

Articulo 73º.- Son funciones generales de la Unidad de Personal c) Cumplir, hacer cumplir y difundir las normas que rigen el sistema de personal en la Administracion Publica y las especificas dictadas por la Municipalidad. En ese sentido, dictar resoluciones jefaturales para la aplicacion de las sanciones que correspondan frente al incumplimiento de dichas normas por el personal de la Municipalidad, conforme a las disposiciones legales vigentes. POR TANTO: Mando se publique y cumpla. MORDAZA MORDAZA NEGRON Alcaldesa 14157

Modifican articulo del Reglamento de Organizacion y Funciones de la MuniModifican ordenanza que regula el recipalidad gimen tributario de los arbitrios de limEDICTO Nº 02-2000/MJM MORDAZA MORDAZA, 7 de diciembre de 2000 pieza publica, parques y jardines y seEL CONCEJO DISTRITAL DE MORDAZA MORDAZA guridad ciudadana
Visto, en Sesion Ordinaria de Concejo, celebrada en la fecha; y, CONSIDERANDO: Que, de acuerdo a lo dispuesto en el Articulo 52º de la Ley Organica de Municipalidades, los funcionarios, empleados y obreros, asi como el personal de vigilancia de las municipalidades son servidores publicos sujetos exclusivamente al regimen laboral de la actividad publica y tiene los mismos derechos y deberes de los del Gobierno Central de la categoria correspondiente; Que, conforme a ello, el incumplimiento por el personal municipal de los deberes de funcion contenidos en las disposiciones propias del regimen laboral de la actividad publica, esto es, el Decreto Legislativo Nº 276, su Reglamento aprobado por Decreto Supremo Nº 005-90-PCM y las demas normas complementarias supone la ocurrencia de faltas disciplinarias susceptibles de ser sancionables mediante amonestacion, suspension, cese temporal o destitucion; Que, para el caso especifico de la amonestacion escrita y la suspension sin goce de remuneraciones hasta por un MORDAZA de 30 dias, el Articulo 156º y 157º del Decreto Supremo Nº 005-90-PCM establecen que la sancion se oficializa por resolucion del Jefe de Personal; Que, sin embargo, esta facultad, aun cuando se encuentra prevista a nivel reglamentario, encuentra conflicto con la disposicion contenida en el Articulo 47º numeral 6) y 18) de la Ley Organica de Municipalidades que determina que la facultad de emitir resoluciones con arreglo a las leyes, ordenanzas y edictos vigentes es indelegable, no encontrandose prevista en el Reglamento de Organizacion y Funciones aprobado por Edicto Nº 001-99/MJM; Que, siendo ello asi, a efectos de dotar de plenas facultades al jefe de Personal en la emision de Resoluciones Jefaturales, de tal forma que no interfiera con las funciones del MORDAZA en el dictado de decretos y resoluciones, con sujecion a las leyes, ordenanzas y edictos vigentes, corresponde adecuar el Reglamento de Organizacion y Funciones aprobado por este Concejo Municipal mediante Edicto Nº 001-99/MJM otorgandole dicha facultad sancionadora acorde al Decreto Supremo Nº 005-90-PCM MORDAZA citado; En Sesion Ordinaria de la fecha y con dispensa del tramite de aprobacion del Acta, en uso de las atribuciones contenidas en el Articulo 36º numeral 3) de la Ley Organica de Municipalidades, aprobo el siguiente: EDICTO MODIFICA EL ARTICULO 73º DEL REGLAMENTO DE ORGANIZACION Y FUNCIONES DE LA MUNICIPALIDAD DE MORDAZA MORDAZA Articulo Unico.- Objeto de la MORDAZA Modifiquese el Articulo 73º literal c) del Reglamento de Organizacion y Funciones aprobado por Edicto Nº 001-99/ MJM en los terminos siguientes: ORDENANZA MUNICIPAL Nº 027-2000/ML Lurin, 20 de octubre del 2000 EL MORDAZA DE LA MUNICIPALIDAD DE LURIN POR CUANTO: El Concejo Municipal de la Municipalidad de Lurin en Sesion Ordinaria del 18 de octubre del 2000; y, CONSIDERANDO: Que, mediante Ordenanza Nº 001-2000-ALC/ML de fecha 14 de enero del 2000 se aprobo el Regimen Tributario y monto de Arbitrios de Limpieza Publica, Parques y Jardines y Seguridad Ciudadana 2000 del distrito de Lurin; Que, de acuerdo a lo establecido en el D.S. Nº 135-99-EF, que aprueba el TUO del Codigo Tributario, los Gobiernos Locales mediante Ordenanza pueden crear, modificar y suprimir sus contribuciones, arbitrios, derechos y licencia y/ o exonerar de ellos dentro de su jurisdiccion y con los limites que senala la Ley; En cumplimiento del Art. 36º, 109º y 110º de la Ley Organica de Municipalidades, Ley Nº 23853, en uso de sus atribuciones, el Concejo aprueba la siguiente Ordenanza: ORDENANZA MUNICIPAL Nº 027-2000/ML Articulo Unico.- MODIFICAR el Art. 3º y 7º de la Ordenanza Nº 001-2000-ALC/ML, en los siguientes terminos: Art. 3º.- Los arbitrios de Limpieza Publica, Parques y Jardines y Seguridad Ciudadana son de periodicidad mensual, al igual que su recaudacion. La emision de los recibos de pago, es independiente a la de cualquier otro tributo. Art. 7º.- De acuerdo a lo dispuesto en el articulo 69º del Decreto Legislativo N° 776, Ley de Tributacion Municipal, modificada por la Ley Nº 26725, los importes aprobados en la presente Ordenanza han sido calculados en funcion al costo efectivo del servicio a prestar, segun se especifica en cuadro resumen que como Anexo 03 forma parte de la presente Ordenanza. Registrese, comuniquese, publiquese y cumplase. MORDAZA WEBERHOFER VILDOSO MORDAZA 14150

MUNICIPALIDAD DE LURIN

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