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Pág. 195936 NORMAS LEGALES Lima, miércoles 13 de diciembre de 2000 Documento Fecha Monto pagado Monto adulterado C/I 63972 24-6-98 8.76 338.79 C/P 26032 24-6-98 3.66 113.66 Así mismo en el Parte Diario elaborado en esa fecha por la Dirección de Rentas se ha encontrado el Comprobante de Pago N° 26030 como pagado, por concepto de Tasa de Licencia de Funcionamiento 1997 por el monto de S/. 305.52 , sin embargo la Unidad de Tesorería con el Informe N° 97- 2000-UTES-DA/MDSA da conocer que el mencionado com- probante habría sido adulterado en la forma siguiente: Documento Fecha Monto pagado Monto adulterado C/P 26030 25-6-98 5.52 300.00 Que el Gerente de la Empresa de Transportes y Servicios Almirante Miguel Grau S.A., con carta de 13-10-2000 comu- nica que el Comprobante de Pago N° 26030, fue confiado el llenado y pago a la persona de don Julián Menacho Cancho- cajo, cuando este último se desempeñaba como Jefe de la División de Fiscalización Tributaria; respecto al Compro- bante de Pago N° 26032, la empresa le encargó a un personal suyo de nombre Fredy Durand, quien manifiesta haber confiado al referido ex funcionario, porque éste tenia expe- riencia en el cálculo de impuestos, que efectivamente lo hizo así, entregando un día después el Comprobante de Pago debidamente cancelado y con sellos de la Municipalidad. Que con el Informe de visto, la Comisión Especial de Procesos Administrativos Disciplinarios para Funcionarios encuentra indicios razonables que el citado ex funcionario habría cometido faltas descritas en los literales a) y h) del Artículo 28 del Decreto Legislativo 276 y, de conformidad con los Arts. 166º y 167º del Decreto Supremo Nº 005-90-PCM, recomendando que se disponga la apertura de Proceso Admi- nistrativo Disciplinario al ex Jefe de la División de Fiscaliza- ción Tributaria Julián Menacho Canchocajo. Estando en uso de las facultades conferidas por la Ley Orgánica de Municipalidades N° 23853; SE RESUELVE: Artículo Primero.- Instaurar Proceso Administrativo Disciplinario al ex Jefe de la División de Fiscalización Tributaria don JULIÁN MENACHO CANCHOCAJO, otor- gándole el término de CINCO DIAS hábiles para que efectúe su descargo correspondiente. Artículo Segundo.- PUBLÍQUESE la presente Resolu- ción en el Diario Oficial El Peruano para conocimiento del procesado. Artículo Tercero.- Encargar a la Dirección Municipal, Secretaría General y la Unidad de Personal el cumplimiento de lo dispuesto en la presente Resolución Regístrese, comuníquese y cúmplase. OSIRIS FELICIANO MUÑOZ Alcalde 14257 Sancionan con destitución a ex funcio- narios de la municipalidad RESOLUCIÓN DE ALCALDÍA N° 02199-2000-ALC/MDSA Santa Anita, 11 de diciembre de 2000 Visto el Informe Nº 11-2000-CEPADF/MDSA de la Comi- sión Especial de Procesos Administrativos Disciplinarios para Funcionarios, recomendando la aplicación de sanción administrativa a los ex funcionarios comprendidos en la Resolución de Alcaldía N° 01900-2000-ALC/MDSA CONSIDERANDO: Que con Resolución de Alcaldía Nº 01900-2000-ALC/ MDSA del 9 de noviembre de 2000 se instaura Proceso Administrativo Disciplinario a los ex funcionarios Roberto Solano Torres, Wilfredo Orellana Palomino, Pedro Alván Aliaga y Rodolfo Castro Retes. Que el Jefe de la Unidad de Personal mediante los Oficios Nºs. 422, 423, 424 y 425-2000-UPER-DA/MDSA notificó a los ex funcionarios comprendidos en la Resolu ción de Alcaldía Nº 01900-2000-ALC/MDSA y habiendo transcurri- do el término de Ley establecido en el Art. 169º del Decreto Supremo Nº 005-90-PCM, apersonándose y presentando sudescargo sólo el ex funcionario Alberto Teodoro Solano Torres y no Roberto Solano Torres como se le señala erróneamente en la Resolución precitada; igualmente el Jefe de la Unidad de Personal con el Oficio Nº 450-2000-UPER-DA/MDSA, refiere que conforme a la copia simple de la Partida de Defunción que se acompaña, el ex funcionario Wilfredo Víctor Orellana Palomino habría fallecido el 30 de mayo de 1996. Que conforme a la documentación y actuados adminis- trativos relacionados con el presente proceso disciplinario, se tiene que se imputa a los procesados que en su calidad de Directores de Administración quienes desarrollaron labores para esta Municipalidad entre los períodos de enero hasta abril de 1994 y de enero hasta setiembre de 1995, no cumplieron con disponer el pago oportuno las retenciones efectuadas por rentas de cuarta y quinta categoría , las cuales fueron advertidas en su situación impaga en virtud de las Ordenes de Pago Nº 021-1-99536 hasta 021-1-99543 que fue notificada a la Municipalidad de Santa Anita por la SUNAT en la suma S/. 17,524.00, conjuntamente con las Resoluciones de Multa del 021-2-20852 hasta 021-2-20864 por la suma de S/. 28,112.00 por no pagar dichas obligaciones oportunamente. Que conforme a lo expuesto en el Oficio Nº 128-2000-OAI/ MDSA de la Oficina de Auditoría Interna y, el Informe N° 016-99-UPER/DA/MDSA de la Unidad de Personal se des- prende: a. Don Rodolfo Castro Retes se desempeñó como Director de Administración desde el 22.NOV.1993 hasta el 31.OCT.1994, b. Don Alberto Teodoro Solano Torres se desempeñó en este cargo desde el 7.NOV.1994 hasta el 3.ABR.1995, c. Don Wilfredo Orellana Palomino se desempeñó en este cargo desde el 4.ABR.1995 hasta el 22.MAY.1995 y luego desde el 29.SET.1995 hasta el 31.DIC.1995 y, d. Don Pedro Alván Aliaga se desempeñó en este cargo desde el 22.MAY.1995 hasta el 29.AGO.1995, relacionándose sus periodos de función con el tiempo de las retenciones efectuadas y no dispuestas para su pago en forma y tiempo oportunos. Que en el único descargo presentado por don Alberto Teodoro Solano Torres, el citado adjunta documentación en copia simple que no se refiere directamente a los actos que se le imputan en el presente proceso, refiriendo que no se habrían cumplido con el pago de las obligaciones de dichos períodos en virtud de que los ingresos recaudados no cubrían los gastos operativos, alegación que no desvirtúa su respon- sabilidad en los presentes hechos habida cuenta que en virtud del cargo que ejercía debió mínimamente informarse de las obligaciones pendientes de la entidad que administra- ba y exponer las mismas a la Alta Dirección para su atención correspondiente y deslindar así su responsabilidad de las mismas, lo cual no se demuestra haber sucedido y por el contrario no haber reparado en dichas obligaciones en forma oportuna ha generado para la Institución Municipal asumir un pago actual de las mismas con intereses tributarios y sanciones de multa ya expuestas en las líneas precedentes. Que la exposición del párrafo anterior resulta extensiva también a los otros ex funcionarios Wilfredo Orellana Palo- mino, Pedro Alván Aliaga y Rodolfo Castro Retes quienes en su oportunidad se desempeñaron en el cargo de Director de Administración en la Municipalidad y que no cumplieron con las funciones que les exige el servicio público y que por el contrario se han desempeñado negligentemente respecto del cumplimiento de las obligaciones precisadas llevando a la Municipalidad asumir obligaciones y multas administrati- vas, por lo cual la infracción cometida reviste significativa gravedad. Sin embargo para efectos de la sanción correspon- diente debe repararse en el hecho de que don Wilfredo Orellana Palomino se encuentra fallecido desde el 30.MAY.1996. SE RESUELVE: Artículo Primero.- Corríjase la Resolución de Alcaldía Nº 01900-2000-ALC/MDSA a efectos de entender comprendi- do en la misma a don Alberto Teodoro Solano Torres y no a Roberto Solano Torres. Artículo Segundo.- Imponer la sanción de DESTITU- CIÓN a don Alberto Teodoro Solano Torres, Pedro Alván Aliaga y Rodolfo Castro Retes. Regístrese, comuníquese y cúmplase. OSIRIS FELICIANO MUÑOZ Alcalde 14258