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NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 29 DE ENERO DEL AÑO 2000 (29/01/2000)

CANTIDAD DE PAGINAS: 64

TEXTO PAGINA: 63

Pág. 183265 NORMAS LEGALES Lima, sábado 29 de enero de 2000 Que, siendo los servicios antes referidos parte del servicio esencial que preste la Municipalidad, cuya interrupción, en tanto se convoca y lleva a cabo un Concurso Público para su contrata- ción, pondría en serio riesgo por falta de riego los parques y jardines que preserva el municipio, así como se pondría en inminente peligro la salud de la población por falta de limpieza pública, por lo que resulta necesario declarar en situación de urgencia dichos servicios de conformidad con lo establecido en el precitado Artículo 21º de la Ley Nº 26850, hasta que culmine el proceso de selección que se convoque para su contratación; Que, en consecuencia, debe aprobarse la exoneración a Concur- so Público y autorizarse a la Oficina de Administración como órgano encargado de los Procesos de Adjudicación Directa de la Municipa- lidad, la selección de los contratistas que brinden los servicios de (1) Riego de Areas Verdes, (2) Recolección y Eliminación de Residuos Sólidos Domiciliarios, (3) Transferencia y Eliminación de Residuos Sólidos y (4) Disposición Final de Residuos Sólidos en Relleno Sanitario, de conformidad con lo dispuesto, en la Ley de Contrata- ciones y Adquisiciones del Estado y su Reglamento; y, En uso de las facultades que confiere al Artículo 20º de la Ley Nº 26850 y el Artículo 47º, inciso 6) de la Ley Orgánica de Municipalidades; RESUELVE: Artículo Primero.- Declarar en Situación de Urgencia, los Servicios de (1) Riego de Areas Verdes, (2) Recolección y Elimina- ción de Residuos Sólidos Domiciliarios, (3) Transferencia y Elimi- nación de Residuos Sólidos y (4) Disposición Final de Residuos Sólidos en Relleno Sanitario en el distrito de Santiago de Surco, por un plazo de 91 (noventiún) días calendario, a partir del 1 de enero hasta el 31 de marzo del año 2000. Artículo Segundo.- Aprobar la exoneración del requisito de Concurso Público para la contratación de los servicios antes anotados para el distrito de Santiago de Surco, en aplicación de la Ley Nº 26850 Ley de Contrataciones y Adquisiciones del Estado y su Reglamento aprobado por D.S. Nº 039-98-PCM. Artículo Tercero.- Autorizar al Jefe de la Oficina de Admi- nistración de la Municipalidad para que, de conformidad con la Ley Nº 26850 y su Reglamento aprobado por el D.S. Nº 039-98- PCM, proceda a la selección de los contratistas que brinden los referidos servicios y suscriba los contratos correspondientes. Artículo Cuarto.- Poner en conocimiento la presente Reso- lución a la Comisión de Presupuesto y Cuenta General del Congreso de la República, al Ministerio de Economía y Finanzas, y Contraloría General de la República. Artículo Quinto.- Publíquese la presente Resolución en el Diario Oficial El Peruano. Regístrese, comuníquese y cúmplase. CARLOS DARGENT CHAMOT Alcalde 1152 MUNICIPALIDAD SANTISIMO SALVADOR DE PACHACAMAC Aprueban cuadro de infracciones y escala de multas de la municipalidad ORDENANZA Nº 0001-2000-MDSSP/A Pachacámac, 18 de enero de 2000 EL ALCALDE DE LA MUNICIPALIDAD DISTRITAL SANTISIMO SALVADOR DE PACHACAMAC POR CUANTO: En Sesión Extraordinaria de Concejo Municipal de fecha 15 de enero del 2000 se discutió y aprobó por consenso el Cuadro de Infracciones y la Escala de Multas de la Municipalidad Distrital Santísimo Salvador de Pachacámac, formulado y revisado por el Despacho de Alcaldía; Que, por tales consideraciones y en uso de las facultades que confiere el Artículo 17º, 47º, 109º y siguientes de la Ley Orgánica de Municipalidades Nº 23853, con dispensa de trámite de aproba- ción del Acta y por mayoría aprobó la siguiente: ORDENANZA Artículo Primero.- APROBAR el Cuadro de Infracciones y la Escala de Multas de la Municipalidad Distrital Santísimo Salvador de Pachacámac que consta de dieciséis (16) Folios, considerando los siguientes ITEMS: División de Policía Munici- pal, Dirección de Desarrollo Urbano, Medio Ambiente y Turismo,Oficina de Rentas, Sanidad y Educación, Cultura y Deporte, aprobado en sesión Extraordinaria del 15.1.2000. Artículo Segundo.- La Escala de Multas de la Municipali- dad Distrital Santísimo Salvador aprobada, tendrá vigencia a partir el día siguiente de su aprobación. Artículo Tercero.- Disponer su distribución a las Unidades Orgánicas de la Municipalidad para su estricto cumplimiento. Regístrese, comuníquese y cúmplase. CARLOS ARDILES SAL Y ROSAS Alcalde 1219 Establecen monto de dieta que percibi- rán regidores por asistencia a sesio- nes de concejo ACUERDO DE CONCEJO Nº 01-2000-MDSSP-C Santísimo Salvador de Pachacámac, 20 de enero de 2000 Visto en Sesión Extraordinaria de Concejo del día 10 de enero del 2000, la propuesta del Regidor Sr. Julián Barriga Hurtado para la Aprobación de Dietas por Asistencia a Sesiones de Concejo; CONSIDERANDO: Que, el Artículo 21º de la Ley Orgánica de Municipalidades, modificado por el Artículo Primero de la Ley Nº 26317, establece que los Alcaldes y Regidores son rentados; Que, asimismo la norma antes citada establece que el monto de las Dietas que corresponde percibir a los Regidores, se encuen- tra condicionado a la factibilidad presupuestal, a la disponibili- dad de los recursos propios de cada Municipalidad y la adopción del Acuerdo respectivo; Que, mediante Acuerdo de Concejo Nº 018-99-MDSSP/A de fecha 9-12-99 se aprueba el Presupuesto de Apertura de la Muni- cipalidad Distrital Santísimo Salvador de Pachacámac, Ejercicio Fiscal del 2000, en el que se ha considerado la previsión Presupuesta- ria para atender las Dietas de Concejo para el presente año; Que, la propuesta del Regidor Sr. Julián Barriga Hurta- do, considera mantener para el Ejercicio 2000 el monto total de S/. 1,750.00 Nuevos Soles por concepto de Dieta que corresponde percibir a los señores Regidores del Concejo, por Asistencia Efectiva a Sesiones conforme a Ley; Que, debatida la propuesta se acordó fijar en 875.00 Nuevos Soles por concepto de Dieta por cada Sesión debiéndose abonar hasta 2 Sesiones siempre y cuando la asistencia sea efectiva; Por las consideraciones expuestas, al amparo de las atribucio- nes otorgadas en la Constitución, Ley Orgánica de Municipalida- des y Reglamento Interno del Concejo; ACORDO: Artículo Primero.- Fijar para el Ejercicio 2000 la suma de S/. 875.00 Nuevos Soles el monto de la Dieta que percibirá cada Regidor por Sesión, abonándose hasta Dos Sesiones de Concejo al mes, siempre y cuando su asistencia sea efectiva y cumpliendo el Artículo 54º del Reglamento Interno; pudiendo celebrarse más de Dos Sesiones según las necesidades de la Municipalidad. Artículo Segundo.- Encárguese a la Dirección Municipal, Dirección de Planificación Presupuesto y Racionalización el cum- plimiento del presente Acuerdo. Regístrese, comuníquese, publíquese y cúmplase. CARLOS ARDILES SAL Y ROSAS Alcalde 1218 MUNICIPALIDAD DISTRITAL DE HUAYLLAY Sancionan con destitución y cese tem- poral a ex alcalde y ex regidores de la municipalidad RESOLUCION DE ALCALDIA Nº 062-A-MDH-99 Huayllay, 30 de diciembre de 1999