Norma Legal Oficial del día 21 de febrero del año 2000 (21/02/2000)


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TEXTO DE LA PÁGINA 13

MORDAZA, lunes 21 de febrero de 2000

NORMAS LEGALES

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rrestre y al Ing. MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA, actual Director Ejecutivo de la citada Direccion Ejecutiva, de la Direccion Regional de Transportes, Comunicaciones, Vivienda y Construccion de Loreto; Que, el aludido MORDAZA se sustento en que, en el cumplimiento de sus funciones, han desarrollado una gestion deficiente y carente de transparencia, pues permitieron que se emitan licencias de conducir de manera irregular en base a suplantaciones y enmendaduras de datos, perjudicando al Ministerio de Transportes, Comunicaciones, Vivienda y Construccion; asimismo, por no haber supervisado, ni adoptado las acciones necesarias para preservar los bienes y recursos de la Entidad; Que, con Memorandum Nº 191-99-CTAR-L-GRCI, de fecha 25 de octubre de 1999, el Gerente Regional de Control Interno, remitio a la Comision Especial de Procesos Administrativos Disciplinarios del CTAR - MORDAZA, la Carta S/N y el Oficio Nº 755-99-CTAR-L-DRTCVC, sobre las aclaraciones y explicaciones senaladas por el Ing. MORDAZA Romel MORDAZA MORDAZA e Ing. MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA, ex y actual Director Regional de la Direccion Regional acotado, los que fueron recepcionados con posterioridad a la emision del Informe Nº 008-99-CTAR-L-GRCI, para ser considerados los descargos de los indicados rindentes, estableciendose que con fecha 18 de diciembre de 1998, se MORDAZA un Acta de Reunion de Trabajo suscrita de una parte, por el Director General de Circulacion Terrestre, Un Representante de la Oficina de Inspectoria General y el Director de MORDAZA Automotor y Circulacion Vial, respectivamente, del Ministerio de Transportes, Comunicaciones, Vivienda y Construccion; y de la otra parte, Un Representante de la Oficina de Inspectoria General del Ministerio de la Presidencia, el Presidente Ejecutivo, el Gerente Regional de Control Interno y el Director Regional del citado Sector del CTAR - MORDAZA, con la finalidad de determinar la responsabilidad sobre irregularidades detectadas en la Direccion de Circulacion Terrestre, en el MORDAZA de otorgamiento de Licencias de Conducir; Que, del descargo presentado por el Lic. MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA, ex Director Regional de Transportes, Comunicaciones, Vivienda y Construccion, se ha podido establecer que, en su condicion de tal, formulo la denuncia policial correspondiente y que en merito de ello se llego a detectar que las Licencias se emitian en MORDAZA del Ing. MORDAZA ABREU MORDAZA, la cual fue intervenida, encontrandose que existian numerosas licencias en MORDAZA y listas para ser entregadas, copias de libretas electorales, sello de agua y otros bienes pertenecientes a la Entidad, por lo que se les aperturo el MORDAZA penal correspondiente; Que, en el descargo presentado por el Sr. MORDAZA MORDAZA MORDAZA PEREYRA, senala que en el mes de noviembre de 1994, el Sr. MORDAZA MORDAZA MORDAZA, Director de Circulacion Terrestre en ese entonces, trajo de la MORDAZA de Tarapoto al Sr. Romel MORDAZA MORDAZA, para que funja de Subdirector de dicha Direccion, pese a que, el rindente ocupaba el citado cargo desde el 2 de setiembre de 1994, accion que contaba supuestamente con la venia de la Presidencia Ejecutiva del CTAR-Loreto, a cargo del Ing. MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA, razon por la cual, emitio el Informe Nº 00194-GRL-DRTCVC-SDLC, de fecha 16 de diciembre de 1994, en donde da cuenta que se han detectado irregularidades administrativas en la expedicion de Licencias de Conducir; Que, en el descargo presentado por el Ing. MORDAZA Romel MORDAZA MORDAZA, se ha podido establecer que, su gestion estaba condicionada al resultado del Examen Especial que se estaba practicando en la Direccion Regional a su cargo, por parte de la Gerencia Regional de Control Interno, como resultado del Acta de Trabajo efectuada entre funcionarios del Ministerio de Transportes, Comunicaciones, Vivienda y Construccion y el CTAR-Loreto; Que, en el descargo presentado por el Ing. MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA, se ha podido establecer que, no se encuentra comprendido en el periodo del Examen, por cuanto, no ostentaba cargo alguno en el periodo 1990 a MORDAZA de 1999; Que, existe una denuncia penal en donde estan comprendidos los funcionarios y servidores de la Direccion Regional de Transportes, Comunicaciones, Vivienda y Construccion que tuvieron que ver con la expedicion irregular de las Licencias de Conducir y que actualmente, el expediente se encuentra en la Sala Permanente de Delitos Tributarios y Aduaneros de la Corte Suprema de Justicia; Estando a lo recomendado por la Comision Especial de Procesos Administrativos Disciplinarios y con las visaciones de la Secretaria Tecnica, Gerencia Regional de Aseso-

ria Juridica y Gerencia Regional de Administracion del CTAR - Loreto; y, En uso de las atribuciones conferidas por el Reglamento de Organizacion y Funciones del Consejo Transitorio de Administracion Regional de MORDAZA, aprobado por Resolucion Ejecutiva Regional Nº 289-99-CTAR-L-P, de fecha 14 de MORDAZA de 1999; SE RESUELVE: Articulo Primero.- EXIMIR, de responsabilidad administrativa al Lic. MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA e Ing. MORDAZA Romel MORDAZA MORDAZA, ex Directores Regionales, al Sr. MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA y al Ing. MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA, ex - y actual Directores Ejecutivos de la Direccion Ejecutiva de Circulacion Terrestre de la Direccion Regional de Transportes, Comunicaciones, Vivienda y Construccion de MORDAZA, por los fundamentos expuesto en la parte considerativa de la presente Resolucion. Articulo Segundo.- IMPONER, la sancion de DESTITUCION, prevista en el inciso d) del Articulo 26º de la Ley de Bases de la MORDAZA Administrativa y de Remuneraciones del Sector Publico, aprobado por Decreto Legislativo Nº 276, al Ing. MORDAZA ABREU MORDAZA y al Sr. MORDAZA MORDAZA PINEDO. Articulo Tercero.- Remitir, el Informe de la Gerencia Regional de Control Interno al Director de Circulacion Terrestre de la Direccion Regional de Transportes, Comunicaciones, Vivienda y Construccion, para que proceda a regularizar todos los brevetes otorgados irregularmente. Registrese, comuniquese y cumplase. MORDAZA H. MORDAZA MORDAZA Presidente Consejo Transitorio de Administracion Regional Region MORDAZA 2047

MUNICIPALIDAD DE SAN MORDAZA
Modifican el Texto Unico de Procedimientos Administrativos de la municipalidad
ORDENANZA Nº 183-2000-CDSB-C San MORDAZA, 8 de febrero de 2000 EL CONCEJO MUNICIPAL DE SAN MORDAZA VISTO, en su III-2000 Sesion Ordinaria de fecha 7.2.2000 el Dictamen Nº 009-2000-CDSB-CE de la Comision de Economia referente al Memorandum Nº 006-2000CDSB-DPV y Memorandum Nº 003-2000-CDSB-DGPV, sobre modificacion del Cuadro de Precios del Texto Unico de Procedimientos Administrativos de la Municipalidad de San MORDAZA en los precios de la Cuna Municipal "SOLDADITOS". CONSIDERANDO: Que, es proposito de la siguiente solicitud de modificacion del Cuadro de Precios del Texto Unico de Procedimientos Administrativos del Pliego Presupuestario de la Municipalidad Distrital de San MORDAZA, el actualizar los precios que la Cuna Municipal "Soldaditos" cobra por los servicios que brinda a la Comunidad en el cuidado y atencion a los ninos, ya que el incremento de los costos de operacion de la Cuna, hace necesaria la variacion de los precios, cuyo detalle se indica en los Memoranda de vistos, en donde se especifica la estructura de costos que sustenta la actualizacion MORDAZA referida; Estando a lo expuesto y, a lo dispuesto en el Art. 109 de la Ley Organica de Municipalidades Nº 23853; por unanimidad aprueba la siguiente:

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