Norma Legal Oficial del día 11 de julio del año 2000 (11/07/2000)


Si dese vizualizar el documento entero como pdf click aqui.

TEXTO DE LA PÁGINA 25

MORDAZA, martes 11 de MORDAZA de 2000

NORMAS LEGALES

Pag. 190099 Pag. 19099

RELACIONES EXTERIORES
Autorizan viaje de Director de la Academia Diplomatica para participar en evento que se realizara en los EE.UU.
RESOLUCION SUPREMA Nº 333-2000-RE MORDAZA, 10 de MORDAZA del 2000 Vista la carta de 15 de MORDAZA del ano 2000, cursada por el Director de la Academia Diplomatica de MORDAZA, quien en su calidad de Copresidente del Foro Internacional de Capacitacion Diplomatica, invita al Director de la Academia Diplomatica del Peru, para que participe en la 28 Reunion de Directores de las Academias Diplomaticas e Institutos de Relaciones Internacionales, a realizarse en la MORDAZA de MORDAZA D.C., Estados Unidos de MORDAZA, del 18 al 20 de setiembre del ano 2000; Considerando lo dispuesto en la Hoja de Tramite (GAC) Nº 1605, del Gabinete de Coordinacion del senor Viceministro Secretario General de Relaciones Exteriores, de 31 de MORDAZA del ano 2000; De conformidad con el inciso m) del Articulo 5º del Decreto Ley Nº 26112, Ley Organica del Ministerio de Relaciones Exteriores, de 24 de diciembre de 1992; el Articulo 1º del Decreto Supremo Nº 163-81-EF, de 24 de MORDAZA de 1981 y su modificatoria, el Decreto Supremo Nº 031-89-EF, de 20 de febrero de 1989; el Decreto Supremo Nº 135-90-PCM, de 26 de octubre de 1990; y, el Decreto Supremo Nº 037-91-PCM, de 1 de febrero de 1991; SE RESUELVE: 1º.- Autorizar el viaje del Licenciado Estuardo Marrou MORDAZA, Director de la Academia Diplomatica del Peru para que participe en la 28 Reunion de Directores de las Academias Diplomaticas e Institutos de Relaciones Internacionales, a realizarse en la MORDAZA de MORDAZA D.C., Estados Unidos de MORDAZA, del 18 al 20 de setiembre del ano 2000. 2º.- Los gastos que ocasione la presente Resolucion por concepto de pasajes US$ 1,026.00, viaticos US$ 880.00 y tarifa por uso de aeropuerto US$ 25.00, seran cubiertos por el Programa 029, Subprograma 0077 y Actividad 00621 Especializacion y Perfeccionamiento del Pliego Presupuestal del Ministerio de Relaciones Exteriores. 3º.- La presente Resolucion no da derecho a exoneracion o liberacion de impuestos aduaneros de ninguna clase o denominacion. Registrese, comuniquese y publiquese. Rubrica del Ing. MORDAZA Fujimori Presidente Constitucional de la Republica MORDAZA DE TRAZEGNIES GRANDA Ministro de Relaciones Exteriores 7893

PODER JUDICIAL
Inician procedimiento disciplinario a ex funcionarios comprendidos en examen especial efectuado por el Organo de Control Interno Institucional
RESOLUCION ADMINISTRATIVA DEL TITULAR DEL PLIEGO DEL PODER JUDICIAL Nº 233-SE-TP-CME-PJ MORDAZA, 10 de MORDAZA de 2000 VISTO: El "Examen Especial sobre Pagos de Remuneraciones y Pensiones correspondientes a los Ejercicios 1992 a 1995", practicado por el Organo de Control Interno Institucional en su Informe Nº 022-99-PJ-SE-OIG y el Informe Nº 002-00-CEPAD/PJ, de la Comision Especial de Procesos Administrativos Disciplinarios del Poder Judicial; y, CONSIDERANDO: Que, el "Examen Especial sobre Pago de Remuneraciones y Pensiones correspondientes a los Ejercicios 1992 a 1995", se efectuo en cumplimiento a una accion no Programada en el Plan Anual de Control de 1999 de la Oficina de Inspectoria General, con

el objetivo de verificar si se observo las disposiciones emitidas en relacion al Pago de Remuneraciones y Pensiones del personal activo y cesante del Poder Judicial y determinar si se efectuaron depositos en cuenta de ahorros o emitidos cheques a nombre de personas que fallecieron; y, si existieron personas a las cuales se les abono montos mensuales por concepto de remuneraciones y pensiones en forma simultanea y si el personal que renuncio a la entidad continuo siendo considerado en las planillas de pago, como si estuviesen en actividad; Que, el Examen Especial consistio en la verificacion y comparacion de la informacion levantada por la Comision de Contraloria General de la Republica, en la revision selectiva efectuada a nivel nacional de las planillas de remuneraciones y pensiones correspondientes a los ejercicios de 1992 a 1995, y comunicada a la Oficina de Inspectoria General del Poder Judicial a traves del Oficio Nº 016-99-GG/ACE, del 24 de febrero de 1999, encargando la realizacion de la presente accion; Que, el presente Examen Especial comprendio a las siguientes personas: MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA, (ex Director General del Personal y ex Gerente de Personal y Escalafon), MORDAZA MORDAZA MORDAZA (ex Jefa de la Unidad de Personal y ex Directora Ejecutiva de Remuneraciones y Pensiones), a los ex Directores Ejecutivos de Personal y Recursos Humanos: MORDAZA MORDAZA Tonder MORDAZA, MORDAZA MORDAZA Capurro y MORDAZA MORDAZA Ancharaico, ex Jefe de la Unidad de Planillas; MORDAZA MORDAZA MORDAZA Robles; y, a los ex Delegados Administrativos: MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA (Corte Superior de Justicia de Lima), Marthita del MORDAZA MORDAZA de MORDAZA (Corte Superior de Justicia de Cajamarca), MORDAZA MORDAZA MORDAZA Zaconeta (Corte Superior de Justicia de Ica), MORDAZA MORDAZA MORDAZA (Corte Superior de Justicia de Amazonas), MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA (Corte Superior de Justicia del MORDAZA Norte), MORDAZA MORDAZA Parihuana MORDAZA (Corte Superior de Justicia de Tacna-Moquegua), MORDAZA MORDAZA MORDAZA (Corte Superior de Justicia de Cusco-Madre de Dios), MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA (Corte Superior de Justicia de Junin), MORDAZA MORDAZA Mollares (Corte Superior de Justicia de Huancavelica), MORDAZA MORDAZA de la MORDAZA (Corte Superior de Justicia de Ayacucho), MORDAZA MORDAZA MORDAZA (Corte Superior de Justicia de San Martin), MORDAZA MORDAZA MORDAZA (Corte Superior de Justicia de Apurimac), MORDAZA MORDAZA MORDAZA (Corte Superior de Justicia de Huancavelica), MORDAZA Goicochea MORDAZA (Supervisor de Tesoreria) y a la senora MORDAZA MORDAZA MORDAZA, ex Secretaria General de la Oficina de Control de la Magistratura (OCMA); Que de conformidad con el parrafo 2 del Articulo 165º del Reglamento de la Ley de Bases de la MORDAZA Administrativa y de Remuneraciones del Sector Publico, la Comision Especial de Procesos Administrativos Disciplinarios del Poder Judicial tiene competencia para calificar y emitir pronunciamiento respecto a la presunta comision de faltas administrativas de caracter disciplinario cometidas por los funcionarios comprendidos en el Regimen Laboral del Decreto Legislativo Nº 276; Que, del analisis y evaluacion de los documentos que obran en autos se aprecia que los senores MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA, MORDAZA MORDAZA MORDAZA, MORDAZA MORDAZA Tonder MORDAZA, MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA, MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA, MORDAZA MORDAZA Capurro, MORDAZA MORDAZA, Ancharaico, Marthita del MORDAZA MORDAZA de MORDAZA, MORDAZA MORDAZA MORDAZA Zaconeta, MORDAZA MORDAZA MORDAZA, MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA, MORDAZA MORDAZA Parihuana MORDAZA, MORDAZA MORDAZA MORDAZA, MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA, MORDAZA MORDAZA Mollares, MORDAZA MORDAZA de la MORDAZA, MORDAZA MORDAZA MORDAZA, MORDAZA MORDAZA MORDAZA, MORDAZA MORDAZA MORDAZA e MORDAZA MORDAZA MORDAZA, se encontraban comprendidos en el Regimen Laboral, del Decreto Legislativo Nº 276; por lo que existiendo elementos de juicio que harian presumir la comision de faltas administrativas previstas en los incisos a), d) y l) del Articulo 28º del Decreto Legislativo Nº 276, Ley de Bases de la MORDAZA Administrativa y de Remuneraciones del Sector Publico; y, de conformidad con el inciso f) del Articulo 16º de la Ley del Sistema Nacional de Control, la misma que establece que los informes o dictamenes constituyen prueba preconstituida para el inicio de las acciones administrativas y/o legales a que hubiere lugar; resulta procedente instaurar MORDAZA administrativo disciplinario a los ex funcionarios MORDAZA mencionados, para que dentro de un debido MORDAZA y haciendo uso de su derecho de defensa deslinden su grado de responsabilidad administrativa; Que, en el citado Examen Especial se determino que para el ejercicio de 1992 a 1995 se habria consignado en la Planillas de Remuneraciones y Pensiones, personal fallecido por los cuales se habria pagado la suma de S/. 215,510.88, inobservando lo prescrito en el inciso a) del Articulo 182º del Reglamento de la Ley de Bases de la MORDAZA Administrativa y de Remuneraciones del Sector Publico, aprobado por Decreto Supremo Nº 005-90-PCM, lo que deviene en presunta responsabilidad administrativa y civil de los senores MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA, ex Gerente de Personal y Escalafon Judicial, MORDAZA MORDAZA MORDAZA, ex Directora Ejecutiva de Remuneraciones y Pensiones, MORDAZA MORDAZA Tonder MORDAZA, ex Director Ejecutivo de Personal y Recursos Humanos, y MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA, ex Jefe de la Unidad de Planillas, por los montos senalados en el Cuadro Nº 02 del Anexo Nº 03 (Observacion Nº 01 del Informe de Inspectoria que forma parte de la presente Resolucion); Que, asimismo en el citado informe se determino que durante el periodo comprendido del ano 1992 a 1995 se habrian efectuado pagos simultaneos de remuneraciones y pensiones a ex servidores del Poder Judicial, hasta por un monto de S/. 169,736.16, contraviniendo lo dispuesto por el Decreto Legislativo Nº 276, Ley de Bases de la MORDAZA Administrativa y de Remuneraciones del Sector Publico del 6 de marzo de 1984; determinandose presunta responsabilidad administrativa y civil por parte de los senores: MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA, ex Gerente de Personal y Escala-

Deseo borrar mis datos personales que aparecen en esta página.