Norma Legal Oficial del día 04 de junio del año 2000 (04/06/2000)


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TEXTO DE LA PÁGINA 47

MORDAZA, MORDAZA 4 de junio de 2000

NORMAS LEGALES

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Articulo Cuarto.- Encargar el cumplimiento del presente Decreto, a la Direccion de Infraestructura MORDAZA y la Oficina de Imagen Institucional. Registrese, comuniquese, publiquese y cumplase. MORDAZA MORDAZA NEGRON Alcaldesa 6310

Establecen disposiciones relativas a construcciones que carecen de autorizacion municipal
ACUERDO DE CONCEJO Nº 015-2000/MJM MORDAZA MORDAZA, 18 de MORDAZA de 2000 Visto, en Sesion Ordinaria de Concejo de la fecha, el dictamen presentado por la Comision de Desarrollo MORDAZA y Vial, sobre la existencia de construcciones en el distrito de MORDAZA MORDAZA, que no cuentan con autorizacion municipal, carecen de las condiciones necesarias de seguridad y normas tecnicas establecidas en las disposiciones legales vigentes. CONSIDERANDO: Que, las Municipalidades tienen como funcion primordial, promover y conducir el desarrollo social y economico de su distrito, de acuerdo a una adecuada y calificada priorizacion y planificacion de sus necesidades, procurando proporcionar al ciudadano el ambiente adecuado para la satisfaccion de esas necesidades vitales de vivienda, salubridad, abastecimiento, educacion, recreacion, seguridad, transporte y comunicacion; Que, de acuerdo a lo indicado en el inciso 11) del Articulo 65º de la Ley Organica de Municipalidades - Ley Nº 23853, compete a las municipalidades distritales reglamentar, otorgar licencias y controlar las construcciones, remodelaciones y demoliciones de las areas urbanas, de acuerdo con las normas establecidas en el Reglamento Nacional de Construcciones; Que, existe en el distrito de MORDAZA MORDAZA un gran numero de predios con construcciones en las azoteas, retiros municipales y/o patios de los mismos, sin contar con autorizacion municipal y que carecen de las necesarias condiciones de seguridad, no ajustandose a los requisitos y normas tecnicas establecidas en las disposiciones legales vigentes; Que, siendo objetivo de la actual gestion municipal, la regulacion de las areas urbanas, es necesario preservar el ornato, el orden y la seguridad en la jurisdiccion del distrito de MORDAZA Maria; Estando a lo expuesto, en uso de las facultades conferidas por la Ley Organica de Municipalidades - Ley Nº 23853, el Reglamento Interno de Concejo - Edicto Nº 00299/MJM y con el MORDAZA UNANIME de los miembros del Concejo en pleno; ACUERDA: Articulo Primero.- Establecer una clasificacion de los predios con construcciones referidas en los considerandos precedentes, a fin de establecer las medidas correctas, conducentes a la subsanacion de las irregularidades que presentan las mismas. Articulo Segundo.- La clasificacion sera la siguiente: CONSTRUCCION MORDAZA I.- Aquella que se encuentra en areas sobre las cuales esta terminantemente prohibido realizar construcciones de cualquier MORDAZA, debido a que pueden afectar areas y servicios comunes o por alterar los margenes de seguridad de una edificacion, en casos de emergencia o desastres naturales. CONSTRUCCION MORDAZA II.- Aquella que por sus caracteristicas estructurales y los materiales utilizados en su construccion, no se adecuan a las disposiciones del Reglamento Nacional de Construcciones y normas municipales vigentes. CONSTRUCCION MORDAZA III.- Aquella que se construye respetando criterios tecnicos y reglamentarios, pero no se solicito la licencia respectiva a la Municipalidad.

Articulo Tercero.- La Direccion de Infraestructura MORDAZA remitira una modificacion a los propietarios de predios con construcciones de MORDAZA I, otorgandoles un plazo de tres (3) meses para que efectuen la demolicion respectiva, sin perjuicio de la aplicacion de la sancion correspondiente, de conformidad con el Regimen de Aplicacion de Sanciones de la Municipalidad de MORDAZA MORDAZA, aprobado por Ordenanza Nº 02-99/MJM. Si vencido dicho plazo, los propietarios no hubieren realizado la demolicion, la Municipalidad de oficio, procedera a efectuarla, con la consiguiente aplicacion del doble de la sancion impuesta inicialmente. Articulo Cuarto.- Los propietarios de predios con construcciones MORDAZA II, podran presentar un proyecto de reformas estructurales y arquitectonicas, en un plazo de treinta (30) dias e iniciar el tramite regular de obtencion de la licencia respectiva. De no presentar el proyecto o este ser denegado, se procedera a aplicar la correspondiente sancion, de conformidad a lo dispuesto en el Regimen de Aplicacion de Sanciones, sin perjuicio de ordenar se efectue la demolicion de acuerdo a ley. Articulo Quinto.- Otorgar a los propietarios con construcciones MORDAZA III, un plazo de siete (7) meses contados a partir de la publicacion del presente Acuerdo de Concejo, a fin que cumplan con subsanar dicha infraccion, beneficiandolos con el pago del cincuenta por ciento (50%) de la sancion correspondiente, de acuerdo al Regimen de Aplicacion de Sanciones. Si vencido el plazo otorgado, los propietarios no hubieren efectuado la regularizacion correspondiente, la Municipalidad procedera a efectuar la demolicion de lo irregularmente construido, sin perjuicio del cobro del integro de la sancion que les correspondia pagar inicialmente. Articulo Sexto.- Encargar a la Direccion de Infraestructura MORDAZA la implementacion de una intensa MORDAZA, destinada a dar cumplimiento al presente Acuerdo de Concejo, conformando para tal fin un equipo tecnico, que se dedique a realizar las notificaciones correspondientes, y a hacer un estricto seguimiento de los predios ubicados en el distrito de MORDAZA MORDAZA, que se encuentren comprendidos dentro de la clasificacion a que se refiere el Articulo MORDAZA del presente Acuerdo de Concejo. Registrese, comuniquese y cumplase. MORDAZA MORDAZA NEGRON Alcaldesa 6308

MUNICIPALIDAD DE SURQUILLO
Amplian plazo de beneficio de regularizacion tributaria y administrativa aprobado mediante la Ordenanza Nº 057/MDS
DECRETO DE ALCALDIA Nº 008-2000/SG-MDS Surquillo, 31 de MORDAZA de 2000 EL MORDAZA DE LA MUNICIPALIDAD DISTRITAL DE SURQUILLO; El Concejo Distrital de Surquillo, en Sesion Ordinaria de fecha 28 de MORDAZA del 2000, faculta al Sr. MORDAZA para que mediante Decreto de Alcaldia pueda prorrogar la vigencia de la Ordenanza Nº 057/MDS; CONSIDERANDO: Que, mediante Ordenanza Nº 057/MDS, se aprobo el Beneficio de Regularizacion Tributaria y Administrativa a favor de los contribuyentes del distrito de Surquillo; Que, mediante Informe Nº 019-00/OR-MDS, de la Direccion de Rentas, de fecha 31 de MORDAZA del ano en curso, la Direccion de Rentas informa sobre las diversas solicitudes de los contribuyentes quienes manifiestan su voluntad de poder cumplir con sus obligaciones tributarias, por lo que solicita la prorroga del Beneficio de Regularizacion Tributaria y Administrativa hasta el 17 de junio del 2000;

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