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Pág. 187583 NORMAS LEGALES Lima, domingo 4 de junio de 2000 norma está referida expresamente a modificar el Artículo 69º del Decreto Legislativo Nº 776 y en consecuencia al procedimien- to para aprobación de tasas por servicios públicos, esto es arbitrios, en tanto que el TUPA aprueba tasas por servicios administrativos, vale decir derechos; Que, adicionalmente, es necesario precisar que la Consti- tución Política del Perú en su Artículo 196º establece que la Capital de la República, entre otras capitales, tiene régimen especial en la Ley Orgánica de Municipalidades, ley de desa- rrollo constitucional, cuyo Artículo 132º preceptúa que las Municipalidades Distritales de la provincia integran la Muni- cipalidad Metropolitana; ACORDO: Reiterar a la Municipalidad Distrital de Jesús María: 1.- Que el 30 de junio vence el plazo para publicar el Texto Unico de Procedimientos Administrativos (TUPA). 2.- Que el TUPA debe ser ratificado por la Municipalidad Metropolitana de Lima, siendo de aplicación el procedimiento establecido en la Ordenanza Nº 211, cuyo ámbito es metropolitano conforme al Artículo 134º, inciso 4) de la Ley Orgánica de Munici- palidades Nº 23853, sin cuyo requisito carece de vigencia. Regístrese, comuníquese y cúmplase. GERMAN APARICIO LEMBCKE Teniente Alcalde de Lima Encargado de la Alcaldía 6224 Otorgan a empresa buena pro de ruta de acceso restringido RESOLUCION DIRECTORAL MUNICIPAL Nº 473-2000-MML/DMTU Lima, 31 de mayo de 2000 Visto el Informe Nº 07-2000-MML/DMTU-CC del 29 de mayo del 2000, de los señores miembros de la Comisión Calificadora de la Licitación Pública Nº 001-2000-MML/DMTU - Segunda Convocatoria para otorgar autorizaciones de servi- cio en las rutas licitables que comprenden en su recorrido vías de acceso restringido; CONSIDERANDO: Que con Resolución Directoral Municipal Nº 282-2000- MML/DMTU, del 10 de febrero del 2000, se convocó al proceso denominado "Licitación Pública Nº 001-2000-MML/DMTU" y se nombró a la Comisión Calificadora; Que por Resolución Directoral Municipal Nº 401-2000- MML/DMTU, del 31 de marzo del 2000, se declaró desierta la Licitación Pública Nº 001-2000-MML/DMTU, aprobada por Resolución Directoral Municipal Nº 282-2000-MML/DMTU; Que por Resolución Directoral Municipal Nº 409-2000- MML/DMTU, del 5 de abril del 2000, se dispuso la realización de la "Licitación Pública Nº 001-2000-MML/DMTU - Segunda Convocatoria"; Que por Resolución Directoral Municipal Nº 429-2000- MML/DMTU, del 28 de abril del 2000, se modificó la Comisión Calificadora del citado proceso de licitación; Que acorde al Informe Nº 07-2000-MML/DMTU-CC del 29 de mayo del 2000, de los señores miembros de la Comisión Calificadora de la Licitación Pública Nº 001-2000-MML/DMTU - Segunda Convocatoria, procede otorgar la BUENA PRO de la ruta de acceso restringido de código E.O.-101 a la Empresa de Servicios de Transporte Santa Catalina S.A.; De conformidad con la Ley Orgánica de Municipalidades, la Ordenanza Municipal Nº 104, la Ordenanza Municipal Nº 131, el D.S. Nº 02-94-JUS, el D.S. Nº 12-95-MTC, la Resolución Directoral Municipal Nº 409-2000-MML/DMTU y demás nor- mas modificatorias y complementarias; SE RESUELVE: Artículo 1º.- Otorgar la BUENA PRO de la ruta de acceso restringido de código E.O.-101 dentro de la Licitación Pública Nº 001-2000-MML/DMTU - Segunda Convocatoria a la Em- presa de Servicios de Transporte Santa Catalina S.A. Artículo 2º.- Encargar a la Dirección General de Trans- porte, el cumplimiento de la presente resolución. Regístrese, comuníquese y cúmplase. ELVIRA MOSCOSO CABRERA Directora Municipal Dirección Municipal de Transporte Urbano 6305MUNICIPALIDAD DE SAN JUAN DE LURIGANCHO Aprueban el Texto Unico de Procedi- mientos Administrativos de la Munici- palidad ORDENANZA Nº 002 San Juan de Lurigancho, 27 de enero de 2000 EL ALCALDE DE LA MUNICIPALIDAD DISTRITAL DE SAN JUAN DE LURIGANCHO; POR CUANTO: El Concejo Distrital de San Juan de Lurigancho; VISTO: En Sesión Ordinaria de Concejo el Dictamen Nº 028-99-CEPP de la Comisión de Economía, Presupuesto y Planeamiento; y, CONSIDERANDO: Que, por Decreto Legislativo Nº 757 - Ley Marco para el Crecimiento de la Inversión Privada, se ha establecido la obligatoriedad para todas las entidades de la Administración Pública, de aprobar y publicar su correspondiente Texto Unico de Procedimientos Administrativos; Que, por Decreto Supremo Nº 094-92-PCM se ha aprobado el Reglamento de las Disposiciones sobre Seguridad Jurídica en materia administrativa contenidas en la Ley Marco para el crecimiento de la Inversión Privada; Que, el Texto Unico de Procedimientos Administrativos ha sido creado con la finalidad de unificar, reducir y simplificar drásticamente los procedimientos administrativos que se si- guen ante las distintas entidades de la Administración Públi- ca, dentro de los cuales se encuentran los gobiernos locales; Que, las entidades de la Administración Pública sólo podrán exigir a los particulares el cumplimiento de los procedimientos administrativos, tal y como conste en su respectivo TUPA; en consecuencia, la Municipalidad Distrital de San Juan de Lurigan- cho no podrá requerir la realización de procedimientos administra- tivos, la presentación de información, ni documentación, el cumpli- miento de requisitos, ni el pago de derechos administrativos que no estén expresamente previstos en el TUPA; Que, la presente Ordenanza recoge los principios establecidos en la Ley de Simplificación Administrativa, tales como el de presunción de veracidad, eliminación de exigencias y formalidades costosas y la desconcentración de los procesos decisorios; Que, la presente Ordenanza establece los procedimientos administrativos y requisitos razonables y necesarios para producir el pronunciamiento, atendiendo a sus costos y bene- ficios; Que, el Texto Unico de Procedimiento Administrativos (TUPA) es un documento de gestión que va permitir a la actual administración establecer sus procedimientos de manera sim- ple y simplificada, lo que redundará en beneficio de los contri- buyentes del distrito de San Juan de Lurigancho; En uso de las facultades conferidas por el Artículo 36º numeral 3 de la Ley Orgánica de Municipalidades y por unanimidad aprobó la siguiente: ORDENANZA APROBATORIA DEL TEXTO UNICO DE PROCEDIMIENTOS ADMINISTRATIVOS DE LA MUNICIPALIDAD DISTRITAL DE SAN JUAN DE LURIGANCHO Artículo Primero.- Aprobar el Texto Unico de Procedi- mientos Administrativos de la Municipalidad Distrital de San Juan de Lurigancho, el mismo que forma parte integrante de la presente Ordenanza. Artículo Segundo.- La Secretaría General, a través de la Unidad de Trámite Documentario, verificará el cumplimiento de los requisitos establecidos en el documento aprobado me- diante la presente Ordenanza, en los procedimientos que se sigan ante esta entidad; sin perjuicio del control posterior que corresponde a las unidades orgánicas pertinentes. POR TANTO: Mando se registre, publique y cumpla. RICARDO CHIROQUE PAICO Alcalde