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Pág. 187774 NORMAS LEGALES Lima, jueves 8 de junio de 2000 MUNICIPALIDAD DEL RIMAC Autorizan realización de matrimonio civil comunitario en el distrito DECRETO DE ALCALDIA Nº 011-2000/MDR Rímac, 1 de junio del 2000 LA ALCALDESA DE LA MUNICIPALIDAD DISTRITAL DEL RIMAC CONSIDERANDO: Que, es política de la Municipalidad brindar las facili- dades necesarias a todos los ciudadanos del distrito que deseen regularizar y/o formalizar su Estado Civil, de conformidad con lo preceptuado en el Código Civil; Que, la Parroquia "Natividad de María" dirigida por el párroco Miguel Simon, ha organizado la celebración del Matrimonio Religioso - Civil Comunitario, que se realizará el día 10 de junio del presente año, quien cuenta con el apoyo de la Sra. Alcaldesa ECO. GLORIA JARAMILLO AGUILAR; Que, de conformidad a las atribuciones conferidas por el Art. 47º numeral 6 de la Ley Orgánica de Municipali- dades Nº 23853; DECRETA: 1º.- AUTORIZAR la realización del MATRIMONIO CIVIL COMUNITARIO, en coordinación con la Parroquia "Natividad de María", en el distrito del Rímac, para los vecinos rimenses, el mismo que se llevará a cabo el 10 de junio del 2000, con un único pago de S/. 25.00 (veinticinco y 00/100 nuevos soles) por gastos administrativos, expe- diente matrimonial y ceremonia, así como la exoneración de la dispensa de publicación de edictos matrimoniales. Sin incluir los derechos de pago por examen médico. 2º.- ESTABLECER, que los ciudadanos se adecuarán a lo dispuesto por la Ley de Simplificación Administrativa Nº 25035 y su Reglamento, Decreto Supremo Nº 070-89-PCM, señalándose como requisitos mínimos los siguientes: - Partida de Nacimiento original o dispensa judicial de ambos contrayentes. - Fotocopia simple del documento de identidad de ambos contrayentes. - Certificado médico. - Dos testigos mayores de edad. - Asistencia a las charlas de prevención de enfermeda- des de transmisión sexual. 3º.- Encargar, a la Oficina de Administración, Direc- ción de Servicios Sociales, a la Secretaría General el cumplimiento de la presente disposición municipal. Regístrese, comuníquese y cúmplase. GLORIA JARAMILLO AGUILAR Alcaldesa 6478 MUNICIPALIDAD DE SANTA ANITA Sancionan con destitución a servidora de la municipalidad RESOLUCION DE ALCALDIA Nº 00946 Santa Anita, 5 de junio de 2000Visto, el Informe Nº 07-2000/CPPAD/MDSA, de la Comisión Permanente de Procesos Administrativos Disci- plinarios; CONSIDERANDO: Que, mediante Resolución de Alcaldía Nº 00673 de fecha 19 de abril del 2000, se dispuso la apertura de proceso administrativo disciplinario a la servidora María Luz Guar- dia Rodríguez, por incumplimiento de funciones, negligen- cia en el desempeño de los trabajos asignados, reiterada resistencia al cumplimiento de las órdenes impartidas por su Jefe inmediato superior; El Director de la Oficina de Auditoría Interna, a través del Memorándum Nº 260-99-OAI/MDSA, remite al Jefe de la Unidad de Personal las Actas de Constatación de fechas 30 de octubre de 1999 y 3 de noviembre de 1999. Igualmente, el Jefe de la División de la Policía Municipal, Seguridad Ciudadana y Defensa Civil, remite el Acta de Constatación de fecha 23 de noviembre de 1999 al Jefe de la Unidad de Personal. En dichas Actas se ha constatado que la servidora María Luz Guardia Rodríguez, no se encontró en el lugar donde fue designada por el Jefe de la División de Policía Municipal, Seguridad Ciudadana y Defensa Civil, para que efectúe sus trabajos encomenda- dos en forma adecuada y oportuna, dichos actos incurri- dos en reiteradas oportunidades por la servidora procesa- da, evidencia el abandono de trabajo durante el horario establecido para el ejercicio de sus labores, incumpli- miento de las funciones asignadas, desobediencia reite- rada a las órdenes impartidas por su Jefe inmediato superior y negligencia en el desempeño de sus funciones, lo que coadyuvó a que comerciantes informales se insta- len en la calle Las Alondras Cuadras 1 y 2 de la juris- dicción del distrito de Santa Anita, por no haber efectua- do las medidas preventivas pertinentes y no comunicar oportunamente sobre estos hechos al Jefe de la División de Policía Municipal, Seguridad Ciudadana y Defensa Civil; La servidora María Luz Guardia Rodríguez, durante el proceso administrativo disciplinario no ha desvirtuado los cargos que le han sido imputados, estableciéndose que la referida servidora ha incumplido con lo dispuesto en el Artículo 21º incisos a) y normas conexas del Decreto Legislativo Nº 276, incurriendo la mencionada servidora en faltas de carácter disciplinario estipuladas en el Artícu- lo 28º incisos a), b), d) y normas concordantes del Decreto Legislativo Nº 276; Que, conforme lo establece el Artículo 27º del Decreto Legislativo Nº 276, los grados de sanción corresponden a la magnitud de las faltas, según su menor o mayor gravedad; sin embargo, su aplicación no será necesariamente corre- lativa ni automática, debiendo contemplarse en cada caso, no sólo la naturaleza de la infracción sino también los antecedentes del servidor, constituyendo reincidencia se- rio agravante. En el presente caso la servidora María Luz Guardia Rodríguez, registra antecedentes relacionados con las faltas disciplinarias que le han sido imputadas en el presente proceso administrativo disciplinario. Que, estando al Informe Nº 07-2000-CPPAD/MDSA, de la Comisión Permanente de Procesos Administrativos Disciplinarios, Artículo 26º inciso d) del Decreto Legislati- vo Nº 276 en concordancia con lo dispuesto en el Artículo 155º inciso d) del Decreto Supremo Nº 005-90-PCM y Ley Orgánica de Municipalidades Nº 23853; SE RESUELVE: Artículo Primero.- Imponer la sanción de Desti- tución a la servidora María Luz Guardia Rodríguez, por haber incurrido en la comisión de las faltas administrati- vas de carácter disciplinario tipificados en el Artículo 28º incisos a), b) y d) del Decreto Legislativo Nº 276 y por incumplimiento de obligaciones establecido en el Artículo 21º inciso a) y normas concordantes del Decreto Legislativo Nº 276. Artículo Segundo.- Remitir la presente Resolución a la Presidencia del Consejo de Ministros. Regístrese, comuníquese y archívese. OSIRIS FELICIANO MUÑOZ Alcalde 6480