Norma Legal Oficial del día 26 de junio del año 2000 (26/06/2000)


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TEXTO DE LA PÁGINA 44

Pag. 188610

NORMAS LEGALES

MORDAZA, lunes 26 de junio de 2000

ANEXO C
EMPRESA: ................................................................................................................................. CODIGO: ..................................... ANEXO Nº 5-B

INFORME DE CLASIFICACION DE LOS DEUDORES DE LA CARTERA TRANSFERIDA SEGUN EL D.S. Nº 099-99-EF AL ............ DE ...................................... DE ................ (En MORDAZA de Nuevos Soles) 1. INFORME POR TIPOS DE CREDITOS
A LA TRANSFERENCIA Tipos de Creditos1 COMERCIALES Monto Tabla 1 Monto Tabla 2-a Monto Tabla 2-b Provision 2 Garantias Preferidas Garantias Preferidas de muy rapida realizacion Numero de Deudores MICROEMPRESAS Monto Tabla 1 Monto Tabla 2-a Monto Tabla 2-b Provision 2 Garantias Preferidas Garantias Preferidas de muy rapida realizacion Numero de Deudores HIPOTECARIO VIVIENDA Monto Tabla 1 Monto Tabla 2-a Monto Tabla 2-b Provision 2 Garantias Preferidas Garantias Preferidas de muy rapida realizacion Numero de Deudores CONSUMO Monto Provision 2 Numero de Deudores TOTAL DE PROVISIONES 3 REASIGNACION DE PROVISIONES 4 PROVISIONES GENERICAS PROVISIONES ESPECIFICAS PROV. ESPECIF. POR RECOMPRA5 Normal C.P.P. Deficiente Dudoso TOTAL Normal C.P.P. A LA FECHA DEL REPORTE Deficiente Dudoso Perdida Total

2. INFORME DE LA CARTERA RECOMPRADA
A LA TRANSFERENCIA CATEGORIA DE DEUDORES N º DE DEUDORES MONTO6 PROVISIONES6 Nº DE DEUDORES MONTO7 PROVISION REQUERIDA (a) PROVISION CONSTITUIDA PARA RECOMPRA DE CARTERA 8 (b) RECOMPRA DE CARTERA PROVISION REQUERIDA A CONSTITUIR9 (c) = (a) - (b) SUPERAVIT / DEFICIT DE PROVISIONES (e) = (d) ­ (c) FECHA DE RECOMPRA

PROVISIONES CONSTITUIDAS10 (d)

Normal C.P.P. Deficiente Dudoso Perdida Total * PERIODICIDAD MENSUAL

FUNCIONARIO RESPONSABLE

GERENTE GENERAL

CONTADOR GENERAL

-----------------------------------------------------1

2

3 4

5

6 7 8 9 10

Solo se considera los creditos correspondientes a la cartera transferida segun el D.S. Nº 099-99-EF. Consignar en la fila Tabla 2-a la informacion referente al monto de la cartera cubierto por garantias preferidas y en la fila Tabla 2-b la informacion referente al monto cubierto con garantias preferidas de muy rapida realizacion. En la columna concerniente a provisiones a la transferencia se debera considerar las provisiones constituidas al momento de la transferencia de la cartera; y en la correspondiente a provisiones a la fecha del reporte se considerara las requeridas de acuerdo a las disposiciones de la Resolucion SBS Nº 572-97 y normas complementarias a la fecha que corresponde el informe de la clasificacion de los deudores. Se considerara la sumatoria de las provisiones correspondiente a los creditos comerciales, micro empresas, hipotecario vivienda y consumo. Consignar el monto de las reasignaciones de las provisiones que se hubiere realizado despues de la fecha de la transferencia de la cartera, el cual debera ser igual a la suma de los montos reasignados en provisiones genericas y especificas. En las columnas correspondientes a la transferencia se debera consignar la diferencia entre el monto anotado en la fila "Total Provisiones" y la fila ¨Reasignacion" de Provisiones. En las columnas a la fecha de reporte, se considerara el saldo que resulte despues de realizar las reasignaciones posteriores a la fecha de la transferencia. Se debera considerar el monto de la cartera segun categoria de deudores y las provisiones constituidas al momento de la transferencia de la cartera MORDAZA de haber realizado las correspondientes reasignaciones. Senalar el monto nominal de la cartera transferida que hubiere sido recomprada. Anotar el monto de las provisiones especificas por la recompra de la cartera transferida. Consignar el monto que resulta de la diferencia entre la provision requerida por el ingreso de la cartera recomprada y la provision especifica constituida para la recompra de la cartera transferida. Se consignara las provisiones que efectivamente tuvieron que constituirse por la recompra de la cartera.

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