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Pág. 184690 NORMAS LEGALES Lima, miércoles 15 de marzo de 2000 Artículo Quinto.- Requisitos: la Declaración Jura- da será presentada acompañado los siguientes documen- tos: Personas Naturales: 1.- Formato de Declaración Ju- rada emitido por la Municipal Distrital de Santa Rosa debidamente diligenciado (llenado). Artículo Sexto.- De la sanción por incumplimiento: El obligado que no presente la Declaración Jurada durante la presente campaña in- currirá en la infracción tipificada en el numeral 2) del Artículo 176º del Texto Unico Ordenado del Código Tributario, D.S. Nº 135-99, haciéndose acreedor a la multa correspondiente. POR TANTO: Mando se registre, comunique, cumpla y archive. LUIS GARCIA VILLACORTA Alcalde 3033 Aprueban Reglamento Interno del Pro- grama del Vaso de Leche EDICTO Nº 003-2000-MDSR. Santa Rosa, 1 de febrero de 2000 EL ALCALDE DE LA MUNICIPALIDAD DE SANTA ROSA POR CUANTO: El Concejo Municipal Distrital de Santa Rosa, en Sesión Ordinaria Pública de fecha 30 de enero del año 2000, aprobó el siguiente: EDICTO Artículo Primero.- APROBAR el Reglamento Inter- no del Programa del Vaso de Leche de la Municipalidad Distrital de Santa Rosa de la provincia de Lima, que consta de once capítulos y veintisiete artículos, y cuyo cuerpo normativo debidamente visado va anexo y forma parte integrante del presente dispositivo municipal. Artículo Segundo.- ENCARGAR al Comité de Admi- nistración del Programa del Vaso de Leche de la Munici- palidad Distrital de Santa Rosa el cumplimiento del pre- sente Reglamento que se aprueba. Regístrese, comuníquese, publíquese, cúmplase y ar- chívese. LUIS GARCIA VILLACORTA Alcalde 3034 MUNICIPALIDAD DE CARMEN DE LA LEGUA - REYNOSO Disponen ejecutar acuerdo de concejo referido a calles ilegalmente cerradas al libre tránsito vehicular y peatonal DECRETO DE ALCALDIA Nº 10-99-M.D.C.L.R Carmen de la Legua-Reynoso, 26 de noviembre de 1999VISTO: Mediante Acuerdo de Concejo Nº 058-99-MDCLR de fecha 23 de noviembre pasado, se aprobó en todos sus extremos el Informe Nº 001-99-CM-MDCLR, suscrita por la comisión especial investigadora de las calles que se encuentran cerradas al libre tránsito vehicular y peato- nal. CONSIDERANDO: Que, conforme a lo normado por el Artículo 111º de la Ley Orgánica de Municipalidades, se le concede la facultad al Alcalde de establecer normas de ejecución de las funciones de gobierno realizadas por los Conce- jos Municipales, mediante decretos, concordado ello con lo dispuesto por el numeral 47 incisos 3) y 6) de la misma ley; Que, conforme se ha podido determinar, el Acuerdo de Concejo Nº 058-99-MDCLR contiene una función de gobierno aprobada en forma unánime por los represen- tantes de la población o regidores distritales, como consecuencia de la necesidad y utilidad pública en la apertura de las calles cerradas, y siendo el acto adminis- trativo para los gobiernos locales toda aquella medida municipal que ordena ejecutar o sancionar una obliga- ción, de acuerdo a las facultades conferidas en la Ley Orgánica de Municipalidades, ésta debe efectuarse a través de un mecanismo rápido y eficaz que autotutele los intereses de la comuna; Que, siendo el citado acuerdo una norma genérica, resulta necesario indicar las especificaciones para su correcta ejecución de acuerdo a lo actuado por la Comisión Especial Investigadora con relación a la situación de las calles que se encuentran ilegalmente cerradas en el distrito de Carmen de La Legua-Reyno- so, a fin de no modificar en esencia el acuerdo de concejo antes mencionado, dirigido contra las perso- nas que lo ocupan indebidamente; Que, mediante el Informe Técnico Nº 01-99-JBRR- DDU-MDCLR, de fecha 15 de octubre pasado, emitido por la Dirección de Desarrollo Urbano de esta comuna, se ha determinado que se encuentran ilegalmente obstruidas, hacia el sur, en la intersección de las calles Micaela Bastidas y Daniel Alcides Carrión en un an- cho de 16 metros lineales y una longitud de 100 metros lineales, de igual forma hacia el oeste en las interseccio- nes de la avenida Pacífico y la avenida Maquinarias en un ancho de 20 metros lineales y una longitud de 164 metros lineales, conforme al plano catastral anexado a dicho informe; Que, conforme a lo dispuesto por el Artículo 120º de la Ley Orgánica de Municipalidades se faculta a la autoridad municipal a ordenar la demolición de obras e instalacio- nes que ocupen las vías públicas o mandar ejecutar la orden por cuenta del infractor; SE DECRETA: Artículo Primero.- Ejecutar el Acuerdo de Con- cejo Nº 058-99-MDCLR, debiendo demolerse las pare- des y/o instalaciones, hacia el sur, en la intersección de las calles Micaela Bastidas y Daniel Alcides Ca- rrión en un ancho de 16 metros lineales y una longitud de 100 metros lineales, de igual forma hacia el oeste en las intersecciones de la avenida Pacífico y la avenida Maquinarias en un ancho de 20 metros lineales y una longitud de 164 metros lineales. Artículo Segundo.- Remitir copia del presente decreto al Ejecutor Coactivo para la iniciación del procedimiento respectivo contra quienes ocupen la vía pública. Mando se registre, comunique y cumpla. FELIX MORENO CABALLERO Alcalde 3056