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NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 15 DE MARZO DEL AÑO 2000 (15/03/2000)

CANTIDAD DE PAGINAS: 28

TEXTO PAGINA: 24

Pág. 184686 NORMAS LEGALES Lima, miércoles 15 de marzo de 2000 Alcaldía Nº 081-97 del 30 de octubre de 1997, la Ordenan- za Nº 133 del 19 de diciembre de 1997 y la Ley Orgánica de Municipalidades Nº 23853. SE RESUELVE: Artículo Primero.- DECLARESE, cumplidas por LA ASOCIACION DE VIVIENDA DE LOS SERVIDORES DE LA POLICIA DE INVESTIGACIONES DEL PERU "HO- NOR Y LEALTAD" - ASVISERPIP, la ejecución de las Obras de Habilitación Urbana para Uso Residencial de Densidad Media "R4" del terreno de DIECISIETE MIL CIENTO CUA- RENTA Y NUEVE METROS CUADRADOS (17,149.00 m2) correspondiente a la Manzana "D" constituida por la 2da. Etapa de la Urbanización Residencial "Honor y Lealtad", la cual forma parte de un área mayor de 239,137.15 m2 denomina- da Parcela Nº 2 del ex Fundo San Eduardo, ubicada en el distrito de Santiago de Surco, provincia y departamento de Lima, de conformidad con el Plano adjunto signado con el Nº 002-2000-MML-DMDU-DHU, y en consecuencia autorízase a la LIBRE ADJUDICACION de los lotes que lo constituyen de acuerdo con el siguiente cuadro de áreas: Del área bruta de la manzana "D" con 17,149.00 m2 corresponde 12,256.94 m2 a área útil de Vivienda y Co- mercio Local, distribuido de la siguiente manera: MANZANA Nº LOTE NUMERACION AREA VIVIENDA COMERCIO (m2) D1 36 1 al 16 17 al 36 3,656.03 D2 11 1 al 11 -------- 1,052.21 D3 12 1 al 12 -------- 1,092.00 D4 11 1 al 11 -------- 1,002.00 D5 13 1 al 13 -------- 1,182.00 D6 13 1 al 13 -------- 1,182.00 D7 32 1 al 16 17 al 32 3,090.70 TOTAL 128 12,256.94 m2 La diferencia de 4,892.06 m2 corresponde a Area de Vías Públicas Artículo Segundo.- EL PROPIETARIO de la pre- sente Habilitación, en los contratos de Adjudicación que celebre, deberá insertar una cláusula que establezca la indivisibilidad de los lotes los cuales estarán destinados al uso de Vivienda, a excepción de los lotes 17 al 36 de la Manzana "D1" y del 17 al 32 de la manzana "D7", los cuales están destinados al Uso de Comercio Local. Artículo Tercero.- DISPONER, la publicación de la presente Resolución en el Diario Oficial El Peruano en un plazo máximo de 30 días calendario, contados a partir de la fecha de notificación de la presente, la cual estará a cargo de los interesados. Artículo Cuarto.- TRANSCRIBASE, la presente Resolución al Registro Predial Urbano Zonal Sur, para su Inscripción correspondiente, a la Municipalidad Distrital de Santiago de Surco para que incorpore al radio de su jurisdicción de Habilitación que se recepciona y a la Superintendencia Nacional de Administración Tributaria (SUNAT) para su conocimiento y fines. Regístrese y comuníquese. SUSANA RAMIREZ DE LA TORRE Directora Municipal Dirección Municipal de Desarrollo Urbano 3032 MUNICIPALIDAD DE CHACLACAYO Incluyen las funciones de auxiliar coacti- vo en el Reglamento de Organización y Funciones de la municipalidad EDICTO MUNICIPAL Nº 002/MDCH Chaclacayo, 11 de febrero del 2000LA ALCALDESA DE LA MUNICIPALIDAD DE CHACLACAYO Por Cuanto: El Concejo, en Sesión Ordinaria de la fecha, analizó el Proyecto de modificación del Reglamento de Organización y Funciones (R.O.F.) en concordancia a lo establecido en la Ley Nº 26979 - Ley de Procedimien- to de Ejecución Coactiva y con el voto unánime aprobó lo siguiente: 1. Aprobar la inclusión en el Reglamento de Organi- zación y Funciones (ROF), lo correspondiente a las funcio- nes que le compete al Auxiliar Coactivo, en concordancia a lo normado por la Ley de Procedimientos de Ejecución Coactiva Nº 26979, anexo el cual forma parte integrante del presente Edicto. 2. El presente Edicto entrará en vigencia a partir del presente Período Fiscal. Regístrese, comuníquese y cúmplase. MARIA DELIA VERGARA PEREZ Alcaldesa ANEXO EDICTO MUNICIPAL Nº 002-MDCH FACULTADES Y FUNCIONES DEL AUXILIAR COACTIVO DE CONFORMIDAD CON EL ARTICULO 5º DE LA LEY Nº 26979 1.- Tramitar y custodiar el expediente a su cargo. 2.- Elaborar los diferentes documentos que sean nece- sarios para impulsar el procedimiento. 3.- Realizar las diligencias ordenadas por el Ejecutor. 4.- Suscribir las notificaciones, actas de embargo y demás documentos que lo ameriten, conjuntamente con el Ejecutor Coactivo. 5.- Emitir los informes pertinentes. 6.- Dar fe de los actos en los que interviene, en el ejercicio de sus funciones. 2562 Incluyen cargo de auxiliar coactivo en el Cuadro para Asignación de Personal ACUERDO DE CONCEJO Nº 004-2000 Chaclacayo, 17 de febrero del 2000 Reunido el Honorable Concejo Distrital de Chaclaca- yo, en Sesión Ordinaria de fecha 11 de febrero del 2000 bajo la Presidencia de la señora Alcaldesa y el quórum reglamentario; CONSIDERANDO: Que, mediante Acuerdo de Concejo Nº 001-97 de fecha 17 de enero, se aprobó el Cuadro de Asignación de Perso- nal - CAP de la Municipalidad de Chaclacayo; Que, mediante Ley Nº 26979/Ley de Procedimiento de Ejecución Coactiva, se establece la designación del Auxi- liar Coactivo de conformidad con lo normado por la Ley Nº 26979; Estando a lo expuesto y en uso de las atribuciones conferidas por la Ley de Municipalidades Nº 23853; con el voto unánime del Honorable Concejo Municipal; ACORDO: Artículo Unico.- Incluir en el Cuadro para Asigna- ción de Personal de la Municipalidad Distrital de Chacla-