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NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 23 DE MARZO DEL AÑO 2000 (23/03/2000)

CANTIDAD DE PAGINAS: 48

TEXTO PAGINA: 45

Pág. 184999 NORMAS LEGALES Lima, jueves 23 de marzo de 2000 Modifican ordenanzas sobre faculta- des otorgadas a alcalde para aceptar pago en especie de deuda tributaria y no tributaria ORDENANZA Nº 186-2000-CDSB-C San Borja, 20 de marzo de 2000 EL CONCEJO MUNICIPAL DE SAN BORJA VISTO, en su V-2000 Sesión Ordinaria de fecha 15.3.2000, el proyecto de modificación de las Ordenanzas Nº 147-99- CDSB-C y Nº 159-99-CDSB-C Normas que facultan al Alcalde aceptar el Pago en Especie de Deuda Tributaria; CONSIDERANDO: Que, el Artículo Primero de la ordenanza señalada en el visto faculta al Alcalde para aceptar del pago de las deudas "acumuladas al 31 de diciembre de 1998, sean superiores a dos (2) Unidades Impositivas Tributarias, vigentes para el ejerci- cio 1999 y las que se generen en el presente ejercicio previa evaluación y calificación de la Comisión Técnica", es necesario que se modifique el presente artículo para que la mencionada ordenanza siga generando beneficios a los contribuyentes rectificando el año de las deudas acumuladas así como el año de vigencia de la UIT; Que, con la dación del Edicto Nº 001-2000-CDSB- C se modificó la organización estructural de la Munici- palidad razón por la cual se hace indispensable modifi- car el Artículo Primero de la Ordenanza Nº 159-99- CDSB-C, adecuando el mismo a la nueva organiza- ción y reduciendo a la vez, el número de miembros procurando dar al procedimiento la mayor celeridad posible; Que, dada la recesión económica que viene sufriendo nuestro país y el creciente índice de morosidad, es nece- sario que el beneficio central de la Ordenanza Nº 147-99- CDSB-C sea extendido a todos los vecinos del distrito que mantengan deudas con la Municipalidad sean éstas tribu- tarias o no tributarias y que, el pago lo puedan ejecutar en especies; Que, excepcionalmente podrá otorgarse el beneficio del pago de la deuda tributaria o no tributaria con servi- cios, en los casos en que el deudor no pueda disponer de especies por pertenecer al sector público; cuando el monto de la deuda supere las 100 UIT y cuando el servicio en contraprestación de la deuda revista una trascendencia que represente un beneficio en el mejoramiento y desa- rrollo integral del distrito de San Borja orientados al bienestar de los vecinos; Estando a lo dispuesto, al Artículo 191º y 192º de la Constitución Política del Perú, a los Artículos 2º, 109º y 122º de la Ley Orgánica de Municipalidades Nº 23853, y al inciso b) de la Norma IV del Título Preliminar del Código Tributario por mayoría con el voto en contra del Reg. Teodomiro Vidal, se aprobó la siguiente: ORDENANZA MODIFICATORIA DEL ARTICULO 1º DE LA ORDENANZA Nº 147-99-CDSB-C Y ARTICULO 2º DE LA ORDENANZA Nº 159-99-CDSB-C NORMAS QUE FACULTAN AL ALCALDE ACEPTAR EL PAGO EN ESPECIE DE DEUDA TRIBUTARIA Y NO TRIBUTARIA Artículo Primero.- Aprobar la modificación del Artí- culo Primero de la Ordenanza Nº 147-99-CDSB-C que- dando redactado de la siguiente manera: "Artículo Primero .- Facultar al Alcalde de la Munici- palidad de San Borja, para aceptar, vía Resolución de Alcaldía, el pago de Deuda Tributaria y No Tributaria en Especies de aquellos vecinos cuyas deudas municipales se encuentren vencidas y sean superiores a Dos (2) UIT vigentes al año en el cual se solicita el beneficio. Excepcionalmente, podrá otorgarse el beneficio del pago de la deuda tributaria o no tributaria con servicios, en los casos en que el deudor no pueda disponer de especies por pertenecer al sector público: cuando el monto de la deuda supere las 100 UIT y cuando el servicio encontraprestación de la deuda revista una trascendencia que represente un beneficio en el mejoramiento y desa- rrollo integral del distrito de San Borja orientados al bienestar de los vecinos;" Artículo Segundo.- Aprobar la modificación del Ar- tículo Primero de la Ordenanza Nº 159-99-CDSB-C que- dando redactado de la siguiente manera: "Artículo Segundo .- Conformar la Comisión Técnica de Pago Tributario y No Tributario en Especies la misma que estará integrada de la siguiente manera: - Presidente: Director de Administración. - Secretario: Director de Presupuesto y Rentas. - Miembro: Jefe de la División de Contabilidad." Artículo Tercero.- Encargar el cumplimiento de la presente Ordenanza a la Comisión Técnica de Pago Tri- butario y No Tributario en Especies. Regístrese, comuníquese y cúmplase. JORGE LERMO RENGIFO Alcalde 3297 MUNICIPALIDAD DE SANTIAGO DE SURCO Incluyen regidor como miembro de la Comisión contra la Corrupción ACUERDO DE CONCEJO Nº 15-2000-ACSS Santiago de Surco, 16 de marzo de 2000 EL ALCALDE DE SANTIAGO DE SURCO; POR CUANTO: El Concejo Municipal de Santiago de Surco, en Sesión Ordinaria de la fecha, en atención al pedido del señor Alcalde Carlos Dargent Chamot, de ampliar la Comisión contra la Corrupción de Santiago de Surco incluyendo como miembro al regidor Juan Cevallos Ampuero, quien trabajó en la misma con dedicación y esmero en el año 1999, con dispensa del trámite de lectura y aprobación del Acta, adoptó por Unanimidad el siguiente: ACUERDO Incluir al señor regidor JUAN CEVALLOS AM- PUERO , como miembro de la Comisión contra la Corrup- ción de la Municipalidad de Santiago de Surco para el presente año, conformada mediante Acuerdo de Concejo Nº 13-2000-ACSS de fecha 2 de marzo último. POR TANTO: Mando se registre, publique y cumpla. CARLOS DARGENT CHAMOT Alcalde 3307 MUNICIPALIDAD DE BARRANCO FE DE ERRATAS ORDENANZA Nº 030-MDB Por Oficio Nº 232-2000-MDB/SG, la Municipalidad de Barranco solicita se publique Fe de Erratas de la Orde- nanza Nº 030-MDB, publicada en nuestra edición del día 19 de marzo de 2000, en la página 184851.