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Pág. 194991 NORMAS LEGALES Lima, martes 14 de noviembre de 2000 RELACIONES EXTERIORES Autorizan viaje de funcionario diplomáti- co a Panamá para participar en la X Cum- bre Iberoamericana de Jefes de Estado y de Gobierno y reuniones previas RESOLUCIÓN SUPREMA Nº 546-2000-RE Lima, 11 de noviembre del 2000 Debiendo realizarse la X Cumbre Iberoamericana de Jefes de Estado y de Gobierno y reuniones previas, en la ciudad de Panamá, República de Panamá, del 14 al 18 de noviembre del año 2000; Considerando lo dispuesto en la Hoja de Trámite (GAC) Nº 2930, del Gabinete de Coordinación del señor Viceministro Secretario General de Relaciones Exteriores, de 7 de noviembre del año 2000; De conformidad con el inciso b) del Artículo 12º del Decreto Legislativo Nº 894, Ley del Servicio Diplomático de la República, de 24 de diciembre de 1996; el inciso m) del Artículo 5º del Decreto Ley Nº 26112, Ley Orgánica del Ministerio de Relaciones Exterio- res, de 24 de diciembre de 1992; el Artículo 1º del Decreto Supremo Nº 163-81-EF, de 24 de julio de 1981 y su modificatoria, el Decreto Supremo Nº 031-89-EF, de 20 de febrero de 1989; el Decreto Supremo Nº 135-90-PCM, de 26 de octubre de 1990; y, el Decreto Supremo Nº 037-91-PCM, de 1 de febrero de 1991; SE RESUELVE: 1º.- Autorizar el viaje del Primer Secretario en el Servicio Diplomático de la República, don Ricardo Silva-Santisteban Ben- za, Director (e) de Coordinación y Archivo de la Subsecretaría para Asuntos de América, para que participe en la X Cumbre Iberoamericana de Jefes de Estado y de Gobierno y reuniones previas, a realizarse en la ciudad de Panamá, República de Panamá, del 14 al 18 de noviembre del año 2000. 2º.- Los gastos que ocasione el cumplimiento de la presente Resolución, por concepto de pasajes US$ 388.22, viáticos US$ 1,200.00 y tarifa por uso de aeropuerto US$ 25.00, serán cubiertos por el Pliego Presupuestal del Ministerio de Relaciones Exteriores. 3º.- La presente Resolución no da derecho a exoneración o liberación de impuestos o derechos aduaneros de ninguna clase o denominación.Regístrese, comuníquese y publíquese. Rúbrica del Ing. Alberto Fujimori Presidente Constitucional de la República ALBERTO BUSTAMANTE BELAUNDE Ministro de Justicia Encargado de la Cartera de Relaciones Exteriores 13057 Nombran miembros del Capítulo Pe- ruano del Plan Binacional de Desarro- llo de la Región Fronteriza RESOLUCIÓN SUPREMA Nº 547-2000-RE Lima, 11 de noviembre del 2000 Vista la Resolución Suprema Nº 0274-RE, de 18 de junio de 1999, que nombró a los miembros del Capítulo Peruano del Plan Binacional de Desarrollo de la Región Fronteriza; CONSIDERANDO: Que por Resolución Suprema Nº 480-2000-RE, de 5 de octubre del año 2000, se nombra al Embajador en el Servicio Diplomático de la República, don César Castillo Ramírez, Director Nacional de Desarro- llo Fronterizo y Límites, como nuevo Presidente del Capítulo Peruano del Plan Binacional de Desarrollo de la Región Fronteriza; Que a fin de ampliar la representatividad del Capítulo Perua- no del Plan Binacional de Desarrollo de la Región Fronteriza, el Ministerio de Relaciones Exteriores propuso a la Confederación Nacional de Instituciones Empresariales Privadas (CONFIEP) que integre dicho Capítulo y por ende su Directorio; Que mediante carta CONFIEP-PRE-912/00, de 25 de octubre pasado la citada Confederación comunicó que en la sesión del Comité Ejecutivo de 24 de octubre del año en curso acordó que su Presidente, el ingeniero Roque Benavides Ganoza integre el mencionado Capítulo y consecuentemente su Directorio; Que es necesario, por lo tanto, actualizar la composición del Capítulo Peruano del Plan Binacional de Desarrollo de la Región Fronteriza; Teniendo en cuenta lo dispuesto en la Hoja de Trámite (GAC) Nº 2866, del Gabinete de Coordinación del señor Viceministro Secretario General de Relaciones Exteriores, de 30 de octubre del año 2000, en la cual da su conformidad;Las instrucciones que se presentan a continuación son claras y precisas, por favor léalas con detenimiento antes de llenar la Declaración Jurada; así evitaremos errores. (1)Consignar el código de pago asignado a la embarcación pesquera (ver publicación del diario EL PERUANO). (2)Consignar la capacidad de bodega establecida en la Resolución Ministerial Nº500-98-PE. Aquellas embarcaciones que obtuvieron su permiso de pesca con fecha posterior a la publicación de la R.M.Nº 500-98-PE, considerar la capacidad de bodega expresada en metros cúbicos (m3) de su respectiva Resolución autoritativa. (3)Colocar una aspa (x) en la casilla que corresponda al tipo de embarcación pesquera. Asimismo, se indica el monto en US $ Dólares americanos por metro cúbico (m3) de capacidad de bodega que correspondería a esta embarcación según el artículo 1 de la Resolución Ministerial Nº209-2000-PE. (4)Consignar el valor en US $ Dólares americanos según corresponda para esta embarcación pesquera de acuerdo a la casilla (3). (5)Indicar el 25% del monto resultante de la multiplicación de las casillas (2) y (4). (6)Colocar el monto en US $ Dólares americanos de los pagos mensuales efectuados por concepto del servicio del Sistema de Seguimiento Satelital deducido el Impuesto General a las Ventas (IGV). (7)En caso haya obtenido un saldo a su favor en la liquidación de la 1era Cuota - 2000, dicho monto podrá ser utilizado como crédito a favor en la 2da cuota - 2000. (8)Colocar el resultado de la suma de los valores de las casillas (6) + (7). (9)En esta casilla se consignará el valor que resulte de la resta de las casillas (5) - (8). En caso que el resultado de esta casilla resulte negativo, podrá arrastrarse a la siguiente cuota hasta agotarlo. (10)Indicar las especies que la embarcación pesquera ha capturado entre setiembre-octubre del 2000. (11)Colocar el total capturado en toneladas métricas del período comprendido de setiembre-octubre del 2000 de las especies que se indican en la casilla (10). Consultar : Teléfonos 224-3254 - 224-3229 - 224-3330 (Anexo 450) Fax 224-3338CARTILLA DE INSTRUCCIONES 12984