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DIARIO OFICIAL FUNDADO EN 1825 POR EL LIBERTADOR SIMÓN BOLÍVAR NORMAS LEGALES Lima, domingo 26 de noviembre de 2000 AÑO XVIII - Nº 7461 Pág. 195283Director: Manuel Jesús Orbegozo http://www.editoraperu.com.pe "AÑO DE LA LUCHA CONTRA LA VIOLENCIA FAMILIAR" CONGRESO DE LA REPÚBLICA LEY Nº 27370 EL PRESIDENTE DE LA REPÚBLICA POR CUANTO: El Congreso de la República ha dado la Ley siguiente: EL CONGRESO DE LA REPÚBLICA; Ha dado la Ley siguiente: DISPONE PROCEDIMIENT O ESPECIAL PARA EL NOMBRAMIENT O DEL JEFE DE LA OFICINA NACIONAL DE PROCESOS ELECT ORALES Artículo Único .- Del objeto de la ley Déjase en suspenso por única vez el texto del Artículo 8º de la Ley Nº 26487, Orgánica de la Oficina Nacional de Procesos Electorales (ONPE), en lo que atañe al nombra- miento del Jefe del indicado organismo y con carácter tran- sitorio y especial, con arreglo al procedimiento siguiente: Para el nombramiento del Jefe de la Oficina Nacional de Procesos Electorales (ONPE), el Congreso de la Repú- blica presentará una terna al Consejo Nacional de la Magistratura entre personas honorables de reconocido prestigio moral y profesional que no se encuentren incur- sas en los impedimentos del Artículo 9º de la Ley Nº 26487, Orgánica de la Oficina Nacional de Procesos Electorales (ONPE), y el Artículo 12º de la Ley Nº 26486, Orgánica del Jurado Nacional de Elecciones. Comuníquese al señor Presidente de la República para su promulgación. En Lima, a los diecisiete días del mes de noviembre de dos mil. VALENTÍN PANIAGUA CORAZAO Presidente del Congreso de la República LUZ SALGADO RUBIANES DE PAREDES Primera Vicepresidenta del Congreso de la República AL SEÑOR PRESIDENTE CONSTITUCIONAL DE LA REPÚBLICA POR TANTO: Mando se publique y cumpla. Dado en la Casa de Gobierno, en Lima, a los veinticinco días del mes de noviembre del año dos mil. VALENTÍN PANIAGUA CORAZAO Presidente Constitucional de la República JAVIER PEREZ DE CUELLAR Presidente del Consejo de Ministros DIEGO GARCIA SAYAN LARRABURE Ministro de Justicia 13452LEY Nº 27371 EL PRESIDENTE DE LA REPÚBLICA POR CUANTO: El Congreso de la República ha dado la Ley siguiente: EL CONGRESO DE LA REPÚBLICA; Ha dado la Ley siguiente: LEY QUE EST ABLECE EL PROCEDIMIENT O PARA ELEGIR A LOS JURIST AS DE LOS CONSEJOS TRANSIT ORIOS DEL PODER JUDICIAL Y DEL MINISTERIO PÚBLICO Artículo 1º .- Modificación del Artículo 3º de la Ley Nº 27367 Agrégase al Artículo 3º de la Ley Nº 27367, el siguiente párrafo final: "Artículo 3º .- Composición del Consejo Transitorio del Poder Judicial (...) Los tres juristas de reconocido prestigio moral que con- forman el Consejo Transitorio del Poder Judicial a que se refiere el primer párrafo de este artículo serán nombrados por Resolución Suprema, a propuesta expresa del Congreso de la República." Artículo 2º .- Modificación del Artículo 5º de la Ley Nº 27367 Agrégase al Artículo 5º de la Ley Nº 27367, el siguiente párrafo final: "Artículo 5º .- Composición del Consejo Transitorio del Ministerio Público (...) Los dos juristas de reconocido prestigio moral que confor- man el Consejo Transitorio del Ministerio Público a que se refiere el primer párrafo de este artículo serán nombrados por Resolución Suprema, a propuesta expresa del Congreso de la República." Comuníquese al señor Presidente de la República para su promulgación. En Lima, a los diecisiete días del mes de noviembre de dos mil. VALENTÍN PANIAGUA CORAZAO Presidente del Congreso de la República LUZ SALGADO RUBIANES DE PAREDES Primera Vicepresidenta del Congreso de la República AL SEÑOR PRESIDENTE CONSTITUCIONAL DE LA REPÚBLICA POR TANTO: Mando se publique y cumpla.