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Pág. 195292 NORMAS LEGALES Lima, domingo 26 de noviembre de 2000 d) Los CD BCRP tienen valores nominales mínimos de S/. 100 000,00 cada uno y son emitidos en múltiplos de S/ . 100 000,00. e) El BCRP puede pactar compromisos de recompra en las adquisiciones de CD BCRP que efectúe, así como realizar las demás operaciones que considere necesarias. El procedi- miento de las operaciones de compra con pacto de recompra que efectúe el BCRP se detalla en el reglamento respectivo. f) Los CD BCRP son libremente negociables por sus titulares, debiendo el BCRP ser informado de cualquier transacción, para su correspondiente registro, según el pro- cedimiento descrito en este Reglamento. La negociación de los títulos puede realizarse una vez emitidos y hasta un día hábil antes de la fecha de su vencimiento. g) El derecho de propiedad de los CD BCRP consta en el registro que tiene a su cargo el BCRP. h) El BCRP emitirá un reporte sobre el estado de las tenencias de CD BCRP de las entidades participantes, por cuenta propia o de terceros. 2. DE LAS ENTIDADES PARTICIPANTES Pueden participar en la adquisición y negociación de los CD BCRP las siguientes entidades: 2.1 Por cuenta propia o de terceros: a) Empresas bancarias. b) Empresas financieras. c) Sociedades agentes de bolsa. Las entidades que participen representando a terceros deben suscribir un convenio con el BCRP por el que entre otras obligaciones, asuman las de realizar un adecuado registro de los titulares de los CD BCRP, canalizar el pago del valor de los CD BCRP, así como de su redención, y comunicar oportunamente al BCRP las transferencias de valores de sus clientes, el tipo de operación y el detalle de los precios de cada operación. 2.2 Sólo por cuenta propia: a) Empresas de seguros. b) Administradoras privadas de fondos de pensiones c) Sociedades administradoras de fondos mutuos de in- versión en valores. d) Sociedades administradoras de fondos mutuos de inversión. e) Fondo de Seguro de Depósitos. f) Corporación Financiera de Desarrollo (COFIDE) - Fideicomiso de Garantía. 3. DE LA COLOCACIÓN POR SUBASTA DE CD BCRP 3.1 Anuncio de la subasta El anuncio de la subasta se realiza mediante el servicio de mensajes de Datos Técnicos S.A. (DATATEC), REUTERS, BLOOMBERG, facsímil y por otros medios disponibles. El anuncio incluirá el monto de CD BCRP a subastar, el plazo, las fechas de emisión y de vencimiento, el número máximo de propuestas y la hora límite para su recepción. El monto anunciado no comprenderá lo que se adjudique al Fondo de Seguro de Depósitos ni a COFIDE - Fideicomiso de Garantía. Cualquier información adicional relativa a cada subasta, puede ser obtenida por las entidades participantes en la Gerencia de Crédito y Regulación Financiera. 3.2 Presentación de las propuestas Las propuestas pueden ser enviadas mediante el Módulo de Subastas Electrónicas (MSE) de DATATEC, o ser presen- tadas en sobres cerrados a la Gerencia de Crédito y Regula- ción Financiera. El importe total de las propuestas de una entidad parti- cipante, sea por cuenta propia o de terceros, no debe exceder el monto de CD BCRP anunciado. Si tal exceso ocurriese, el BCRP retirará el excedente, considerando para ello las propuestas de menor precio. Cada propuesta debe contener, además del monto, el precio de adquisición de los CD BCRP, expresado como porcentaje del valor nominal, con cuatro decimales. 3.2.1 Envío de propuestas mediante el MSE a) La presentación de propuestas mediante el MSE de DATATEC se efectúa de acuerdo con el procedimiento esta- blecido por esa empresa. La entidad participante debe adop- tar las medidas de seguridad que permitan un uso adecuado de las claves de acceso al MSE de DATATEC con arreglo a su régimen de poderes, pues queda obligada a comprar los CD BCRP así demandados.b) Los participantes pueden presentar, modificar o reti- rar sus propuestas hasta la hora de cierre de la recepción de propuestas. Llegada ésta, las propuestas que aparezcan vigentes tendrán el carácter de irrevocables y serán conside- radas en el proceso de adjudicación de los CD BCRP. c) En el caso de que la entidad participe por cuenta de terceros, debe detallar los datos relativos al cliente. 3.2.2 Envío de propuestas en sobre a) Las propuestas pueden ser presentadas en sobre cerra- do a la Gerencia de Crédito y Regulación Financiera, en el formulario que ella proporcione. Deben estar firmadas por funcionarios que cuenten con poderes suficientes. b) Cada sobre debe contener una (1) propuesta. c) En el caso de que la entidad participante actúe por cuenta de terceros, debe detallar los datos relativos al cliente. d) Las propuestas son irrevocables y la entidad partici- pante es responsable de su cumplimiento si fuese favorecida con la adjudicación. 3.3 Recepción de las propuestas a) El MSE de DATATEC dará conformidad a la recepción de las propuestas enviadas por su intermedio. El BCRP no será responsable de las fallas de comunicación en el envío de las propuestas o de los resultados de la subasta. b) Los sobres serán recibidos en la Gerencia de Crédi- to y Regulación Financiera hasta la hora señalada en el anuncio de la subasta. El personero de la entidad parti- cipante depositará el sobre en el ánfora disponible para el efecto y recibirá un comprobante de recepción sellado, procediendo luego a firmar el Registro de Recepción de Propuestas . 3.4 Procedimiento de adjudicación a) Los CD BCRP serán adjudicados, en primer lugar, a la propuesta por la que se ofrezca el más alto precio; siguiéndo- se luego un orden descendente, hasta cubrir el monto de la subasta. b) En el caso de que dos o más propuestas considerasen el mismo precio y el remanente de la cantidad subastada fuese insuficiente para atenderlas en su totalidad, se distribuirá el remanente en la proporción que corresponda a cada propues- ta sobre el total propuesto al mismo precio. Los montos así repartidos serán redondeados al múltiplo de S/. 100 000,00 superior o inferior, según corresponda. c) El BCRP está facultado para adjudicar un monto menor al anunciado para la subasta y también para declararla desierta. 3.5 Comunicación de los resultados a) Realizada la adjudicación, la Gerencia de Crédito y Regulación Financiera informará el resultado de la subasta a las entidades participantes mediante DATATEC, REU- TERS, BLOOMBERG y otros medios disponibles. b) El acta con los resultados de la subasta estará a disposición de las entidades participantes, en la Gerencia de Crédito y Regulación Financiera, a partir del día siguiente hábil al de la adjudicación. 3.6 Pago y registro de propiedad de los CD BCRP adjudicados El pago y el correspondiente registro de la propiedad de los CD BCRP se efectuará el mismo día de su adjudicación. a) Si el participante mantuviese cuenta corriente en el BCRP, luego de concluida la subasta o la colocación directa, su cuenta será debitada por el importe de CD BCRP que se le hubiese adjudicado. El cargo se efectuará mediante el Sistema de Liquidación Bruta en Tiempo Real (Sistema LBTR), de acuerdo con lo señalado en el reglamento opera- tivo. b) Tratándose de participantes que no mantienen cuenta corriente en el BCRP, el pago se realizará mediante órdenes de débito emitidas por una o más instituciones financieras. Las órdenes de débito deben ser enviadas hasta las 16:00 horas por las instituciones que mantienen cuenta, mediante facsímil dirigido a la Gerencia de Crédito y Regulación Financiera y serán ingresadas en el Sistema LBTR para su procesamiento. Si no se recibiese las órdenes de pago por el monto total de CD BCRP adjudicados, o si la cuenta de la institución financiera careciese de fondos disponibles, no se registrará los CD BCRP correspondientes a la parte impagada y se aplicará las sanciones que se detalla en el numeral 8 de este Reglamento.