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NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 01 DE OCTUBRE DEL AÑO 2000 (01/10/2000)

CANTIDAD DE PAGINAS: 24

TEXTO PAGINA: 2

Pág. 193528 NORMAS LEGALES Lima, domingo 1 de octubre de 2000 cargos imputados y por los cuales se le instauró proceso administrativo disciplinario mediante R.M. Nº 0781- 2000-IN/1300 de 23.JUN.2000; por la presunta comisión de falta grave. Regístrese, comuníquese y publíquese. WALTER CHACON MALAGA Ministro del Interior 10543 Inician procedimiento disciplinario a ex funcionario de la Dirección General de Gobierno Interior RESOLUCION MINISTERIAL Nº 1158-2000-IN/0901 Lima, 8 de setiembre de 2000 Vista el Acta Nº 016-2000-IN-1300 de 14.AGO.2000 de la Comisión Permanente de Procesos Administrativos Disciplinarios del Ministerio del Interior, relacionada con la instauración de proceso administrativo disciplina- rio al ex funcionario Cirilo OLARTE GAVANCHO de la Dirección General de Gobierno Interior, ex Subprefecto de la provincia de Antabamba del departamento de Apurímac; por presunta inconducta funcional. CONSIDERANDO: Que, mediante Informe Nº 020-2000-IN/OCI.OINV, la Oficina de Control Interno del Ministerio del Interior estableció la presunta inconducta funcional del indicado ex funcionario, al no haber rendido cuenta de los giros que recibió por concepto de viáticos asignados a los gobernadores de la jurisdicción de la provincia de Anta- bamba - Apurímac, correspondiente a los meses de marzo a diciembre de 1997; Que, los hechos así descritos, además de constituir delito contra el patrimonio en agravio del Estado en la modalidad de peculado, previsto y sancionado en el Artículo 387º del Código Penal, constituye falta de carác- ter administrativo prevista en el Artículo 28º inciso h) del Decreto Legislativo Nº 276 - Ley de Bases de la Carrera Administrativa y de Remuneraciones del Sector Público; Que, en razón de haber sido denunciados estos hechos ante la autoridad competente, en este caso el Director General de Gobierno Interior, el 4.JUN.1999, la indicada falta ha prescrito administrativamente a tenor de lo dispuesto en el Artículo 173º del Decreto Supremo Nº 005-90-PCM, que aprueba el Reglamento de la Ley de Bases de la Carrera Administrativa y de Remuneracio- nes del Sector Público; Que, el referido ex funcionario también ha incurrido en presunta inconducta funcional al haber abandonado el cargo de Subprefecto de la provincia de Antabamba - Apurímac, sin haber cumplido con hacer entrega formal del cargo a su sucesor, según se desprende del Radiogra- ma Nº 195-99-IN/1508.P.APUR, dirigido por la Prefectu- ra del departamento de Apurímac a la Dirección General de Gobierno Interior; Que, este último hecho, además de constituir un delito cometido por funcionario público - abuso de autoridad, sancionado y previsto en el Artículo 380º del Código Penal, constituye falta de carácter administrativo, aún no prescrita, prevista en el Artículo 28º inciso a) Ley de Bases de la Carrera Administrativa y de Remuneraciones del Sector Público y que infringe las obligaciones establecidas en el Artículo 21º inciso a) del mismo dispositivo legal; Estando a lo previsto en los Artículos 150º, 151º, 152º, 163º, 166º, 167º y 173º del Decreto Supremo Nº 005-90- PCM, que aprueba el Reglamento del Decreto Legisla- tivo Nº 276 - Ley de Bases de la Carrera Administrativa y de Remuneraciones del Sector Público y lo dispuesto en el Decreto Ley Nº 17537 - Ley de Representación y Defensa del Estado en Juicio; Lo propuesto por la Comisión Permanente de Proce- sos Administrativos Disciplinarios del Ministerio del Interior; y,Lo opinado por la Oficina General de Asesoría Jurídi- ca del Ministerio del Interior en su Informe Nº 2405- 2000-IN-0202 de 31.AGO.2000; SE RESUELVE: Artículo 1º.- Declarar prescrita la posibilidad de instaurar proceso administrativo disciplinario al ex fun- cionario Cirilo OLARTE GAVANCHO de la Dirección General de Gobierno Interior, ex Subprefecto de la provincia de Antabamba - Apurímac, respecto a la rendi- ción de cuentas de los giros por concepto de viáticos a los gobernadores de la indicada provincia correspondiente a los meses de marzo a diciembre de 1997; debiendo estar a resueltas del proceso penal que por delito contra el patrimonio - peculado, se le sigue en agravio del Estado. Artículo 2º.- Autorizar al señor Procurador Público a cargo de los Asuntos Judiciales del Ministerio del Interior, para que en nombre y representación del Esta- do, interponga las acciones legales correspondientes contra el ex funcionario Cirilo OLARTE GAVANCHO tendientes a efectivizar la rendición de cuentas de los giros por concepto de viáticos a los gobernadores de la provincia de Antabamba - Apurímac, de los meses de marzo a diciembre de 1997, que recibiera en su condición de Subprefecto de dicha provincia; y consecuentemente, su reversión al Tesoro Público. Artículo 3º.- Instaurar Proceso Administrativo Dis- ciplinario al ex funcionario Cirilo OLARTE GAVANCHO de la Dirección General de Gobierno Interior, ex Subpre- fecto de la provincia de Antabamba - Apurímac, por haber hecho abandono del cargo y no haber efectuado formal entrega del mismo a su sucesor; facultándolo para que presente su descargo escrito y pruebas que estime pertinentes para su defensa ante la Comisión Perma- nente de Procesos Administrativos Disciplinarios del Ministerio del Interior en el plazo que estipula la Ley, a partir del día siguiente de notificada la presente resolu- ción o de su publicación en el Diario Oficial El Peruano. Artículo 4º.- Remitir estos actuados a la Procuradu- ría a cargo de los Asuntos Judiciales del Ministerio del Interior y, copia certificada de los mismos, a la Comisión Permanente de Procesos Administrativos Disciplinarios del Ministerio del Interior; para los fines a que se contrae la presente resolución. Regístrese, comuníquese y publíquese. WALTER CHACON MALAGA Ministro del Interior 10544 Autorizan viaje de Subprefecto de la provincia de Sullana para participar en evento de integración fronteriza ecua- toriana-peruana RESOLUCION MINISTERIAL Nº 1177-2000-IN-1501 Lima, 11 de setiembre del 2000 Visto el Oficio Nº 089-2000-302-PDF-S-SUL. de fecha 29 de agosto del 2000, mediante el cual el señor Manuel Antonio DIEZ BURGA, Subprefecto de Sullana del de- partamento de Piura, solicita autorización para viajar a la ciudad de Loja de la República del Ecuador a partir del 4 al 6 de setiembre del 2000; CONSIDERANDO: Que, dicho viaje lo efectuará en su condición de Subprefecto de la provincia de Sullana del departamento de Piura, para participar en la XIV Feria de Integración Fronteriza Ecuatoriana Peruana de la ciudad de Loja de la República del Ecuador, a invitación del Comité Perma- nente de la Feria de Loja, que se realizará los días 4 al 6 de setiembre del 2000; De conformidad con lo dispuesto en el Decreto Supre- mo Nº 26 de 25 de agosto de 1956; y,