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NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 01 DE OCTUBRE DEL AÑO 2000 (01/10/2000)

CANTIDAD DE PAGINAS: 24

TEXTO PAGINA: 4

Pág. 193530 NORMAS LEGALES Lima, domingo 1 de octubre de 2000 Designan delegación que participará en reuniones de autoridades aeronáu- ticas con las Repúblicas de Brasil y Paraguay RESOLUCION SUPREMA Nº 470-2000-RE Lima, 29 de setiembre del 2000 Debiendo realizarse las Reuniones de Autorida- des Aeronáuticas con la República Federativa del Brasil, del 28 al 29 de setiembre del año 2000 y con la República del Paraguay, del 2 al 3 de octubre del mismo año; Considerando lo dispuesto en la Hoja de Trámite (GAC) Nº 2565, del Gabinete de Coordinación del señor Viceministro Secretario General de Relaciones Exterio- res, de 26 de setiembre del año 2000; De conformidad con el inciso b) del Artículo 12º del Decreto Legislativo Nº 894, Ley del Servicio Diplomático de la República, de 24 de diciembre de 1996; el inciso m) del Artículo 5º del Decreto Ley Nº 26112, Ley Orgánica del Ministerio de Relaciones Exteriores, de 24 de diciem- bre de 1992; el Artículo 1º del Decreto Supremo Nº 163- 81-EF, de 24 de julio de 1981 y su modificatoria, el Decreto Supremo Nº 031-89-EF, de 20 de febrero de 1989; el Decreto Supremo Nº 135-90-PCM, de 26 de octubre de 1990; y, el Decreto Supremo Nº 037-91-PCM, de 1 de febrero de 1991; SE RESUELVE: 1º.- Designar a la Delegación peruana que partici- pará en las Reuniones de Autoridades Aeronáuticas con la República Federativa del Brasil, del 28 al 29 de setiembre del año 2000 y con la República del Paraguay, del 2 al 3 de octubre del mismo año, la que estará conformada por las siguientes personas: · Doctor José Luis Harmes Bouroncle, Director Gene- ral de Aeronáutica Civil, quien la presidirá; · Ministro en el Servicio Diplomático de la República, don Raúl Rivera Maraví, Director de Asuntos Aéreos y del Espacio; y, · Doctor Eduardo Flores Del Castillo, Director (e) de la Oficina de Asesoría de Política Aérea de la Dirección General de Aeronáutica Civil. 2º.- El viaje del Ministro Raúl Rivera Maraví, se hará efectivo del 27 de setiembre al 3 de octubre del año 2000. Los gastos por concepto de pasajes US$ 994.20, viáticos US$ 1,600.00 y tarifa por uso de aeropuerto US$ 25.00, serán cubiertos por las parti- das del Pliego Presupuestal del Ministerio de Relacio- nes Exteriores. 3º.- Los gastos de los funcionarios de la Dirección General de Aeronáutica Civil, serán cubiertos por su respectivo sector. 4º.- La presente Resolución no da derecho a exone- ración o liberación de impuestos aduaneros de ninguna clase o denominación. Regístrese, comuníquese y publíquese. Rúbrica del Dr. Francisco Tudela Primer Vicepresidente de la República Encargado del Despacho Presidencial ALBERTO BUSTAMANTE BELAUNDE Ministro de Justicia Encargado de la Cartera de Relaciones Exteriores 11247M T C Otorgan concesiones a empresas para prestar servicio público de transporte terrestre interprovincial de pasajeros en las rutas Lima - Pucallpa, Lima - San Martín de Pangoa y Lima - Chalcos RESOLUCION DIRECTORAL Nº 1315-2000-MTC/15.18 Lima, 8 de agosto de 2000 VISTOS, el Expediente de Registro Nº 2000- 00630006, organizado por la EMPRESA DE TRANS- PORTES DE CARGA Y PASAJEROS "SANTO DO- MINGO DE GUZMAN S.R.LTDA." (ETCAPASD S.R.LTDA.), sobre concesión de ruta: Lima - Pucallpa y viceversa e Informe Nº 598-2000-MTC/ 15.18.04.1.ATR, de la Dirección de Transporte de Pasajeros y Carga Nacional e Internacional; CONSIDERANDO: Que, la EMPRESA DE TRANSPORTES DE CARGA Y PASAJEROS "SANTO DOMINGO DE GUZMAN S.R.LTDA." (ETCAPASD S.R.LTDA.), mediante el expe- diente indicado en vistos, solicita el otorgamiento de concesión de ruta: Lima - Pucallpa y viceversa, al amparo de lo establecido en el Reglamento del Servicio Público de Transporte Terrestre Interprovincial de Pasajeros por Carretera en Omnibus, aprobado por Decreto Supremo Nº 05-95-MTC; Que, mediante el Informe Nº 598-2000-MTC/ 15.18.04.1.ATR, se indica que la referida empresa ha cumplido con presentar los requisitos establecidos en el Artículo 13º del referido Reglamento, recomendándose la procedencia del pedido formulado; De conformidad con lo dispuesto en el Decreto Legisla- tivo Nº 640 y su Reglamento, aprobado por Decreto Supremo Nº 05-95-MTC, Ley Nº 25035 y su Reglamento, aprobado por Decreto Supremo Nº 070-89-PCM, Texto Unico de Procedimientos Administrativos (TUPA), apro- bado por Decreto Supremo Nº 029-2000-MTC y Decreto Ley Nº 25862; SE RESUELVE: Artículo Primero.- Otorgar a la EMPRESA DE TRANSPORTES DE CARGA Y PASAJEROS "SANTO DOMINGO DE GUZMAN S.R.LTDA." (ETCAPASD S.R.LTDA.), la concesión de la ruta: LIMA - PUCALLPA y viceversa, para prestar Servicio Público de Transporte Terrestre Interprovincial de Pasajeros por Carretera en Omnibus, por el período de diez (10) años, contados a partir de la fecha de expedición de esta Resolución, de acuerdo a los siguientes términos: RUTA :LIMA - PUCALLPA y viceversa ORIGEN :LIMA DESTINO :PUCALLPA ITINERARIO :OROYA - CERRO DE PASCO - AMBO - HUANUCO - TINGO MARIA - AGUAYTIA ESCALAS COMERCIALES :CERRO DE PASCO - AMBO - HUANUCO FRECUENCIAS :una diaria FLOTA VEHICULAR :tres ómnibus FLOTA OPERATIVA :dos ómnibus: UO-7111 (1995) y UO-7112 (1995). FLOTA DE RESERVA :un ómnibus: UO-2318 (1994) HORARIOS :salida de Lima: 18.00 horas salida de Pucallpa: 18.00 horas La tarjeta de circulación será expedida con relación al año de fabricación de los vehículos ofertados. Artículo Segundo.- La presente Resolución Directo- ral deberá ser publicada por la empresa en el Diario