Norma Legal Oficial del día 03 de octubre del año 2000 (03/10/2000)


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TEXTO DE LA PÁGINA 41

MORDAZA, martes 3 de octubre de 2000

NORMAS LEGALES

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se aprecia de la MORDAZA del acta que corre a fojas 71 y 72; dicha comision informa en fecha 19 de MORDAZA del 2000, que los documentos que se acompana al pedido de vacancia son falsificados, tal como consta de la MORDAZA del informe que obra a fojas 74 y 75; posteriormente, el citado concejo en sesion de fecha 19 de MORDAZA del 2000, en merito del informe elaborado por la comision en mencion, con el MORDAZA aprobatorio de la mayoria del numero legal de sus miembros, cinco votos a favor de un total de seis integrantes, acordo declarar improcedente la solicitud de vacancia presentada, por insuficiencia de medios probatorios y faculta al MORDAZA para iniciar las denuncias legales ante el Ministerio Publico, conforme consta de la MORDAZA del acta que obra de fojas 87 a 95; no obrando en autos, documento alguno que acredite la MORDAZA de denuncia ante el organo competente; Que, de conformidad con lo establecido por el Articulo 196º del Codigo Procesal Civil, la carga de la prueba corresponde a quien afirma hechos que configuran su pretension, o, en su caso, a quien los contradice alegando nuevos hechos, salvo disposicion legal diferente; Que, del analisis de autos se establece que: a) en la sesion de concejo de fecha 19 de MORDAZA del 2000, cuya MORDAZA del acta corre a fojas 87 a 95, el MORDAZA del concejo distrital de Tarica, Pele MORDAZA MORDAZA Meyhuay y el regidor MORDAZA MORDAZA MORDAZA niegan haber suscrito contrato de servicio de transporte de materiales para la municipalidad e indican que los documentos que se acompana al pedido de vacancia son falsos; ademas, el citado regidor manifiesta que no otorgo al municipio en mencion ningun comprobante de pago, toda vez que, al laborar como docente no cuenta con los referidos comprobantes; asimismo, el citado MORDAZA expresa que no MORDAZA contrato con ningun regidor ni tuvo a la vista boleta de venta alguna, otorgada por el regidor MORDAZA MORDAZA Tinoco; por lo tanto, existen indicios razonables de la presunta falsificacion de los documentos que se acompana para solicitar la vacancia del MORDAZA y regidor mencionado; y, b) en dicha sesion de concejo el regidor MORDAZA MORDAZA MORDAZA manifiesta que es falsa la declaracion jurada por la cual habria reconocido haber vendido a la municipalidad maderas, ademas senala que, ni su firma ni numero de libreta electoral coinciden con los que aparecen en su documento nacional de identidad; por lo que, respecto a dicho documento existen indicios razonables de la falsificacion del mismo; Que, ninguna autoridad puede avocarse a causas pendientes ante el organo jurisdiccional ni interferir en el ejercicio de sus funciones; de conformidad con lo dispuesto por el numeral 2) del Articulo 139º de la Constitucion Politica de 1993; y, en el caso de autos, existen indicios razonables de la falsificacion de documentos que sustenten el pedido de vacancia contra el MORDAZA y regidores mencionados, dicha responsabilidad debe ser determinada por el organo jurisdiccional correspondiente; El MORDAZA Nacional de Elecciones en uso de sus atribuciones; RESUELVE: Articulo Unico.- Remitir al Ministerio Publico MORDAZA del presente expediente a fin que ejerza sus atribuciones conforme a ley, con relacion a la presunta falsificacion de los documentos que sustentan el pedido de declaratoria de vacancia del MORDAZA Pele MORDAZA MORDAZA Meyhuay y de los regidores MORDAZA MORDAZA MORDAZA e MORDAZA MORDAZA Tinoco; en consecuencia, reservar el pronunciamiento del Pleno del MORDAZA Nacional de Elecciones respecto al recurso de revision interpuesto por el ciudadano Pepe MORDAZA Villafan contra el acuerdo del concejo distrital de Tarica de fecha 20 de MORDAZA del 2000, que declaro improcedente el pedido para que se declare la vacancia del MORDAZA y regidores citados, hasta que el organo jurisdiccional competente emita sentencia sobre la presunta falsificacion de documentos; y esta quede consentida o ejecutoriada. Registrese, comuniquese y publiquese. SS. MORDAZA DE OCA MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA MARQUILLO DE MORDAZA MORDAZA TRUJILLANO, Secretario General 11265

COMISION EJECUTIVA DEL MINISTERIO PUBLICO
Disponen remitir a la CEMP informes sobre procesos y/o denuncias en tramite contra fiscales supremos y produccion laboral de fiscales provisionales en los distritos judiciales del MORDAZA
RESOLUCION DE LA COMISION EJECUTIVA DEL MINISTERIO PUBLICO Nº 694-2000-MP-CEMP MORDAZA, 2 de octubre del 2000 VISTO Y CONSIDERANDO: El Oficio Nº 227-2000-P-CNM, de fecha 29 de setiembre del presente ano, cursado por el doctor MORDAZA MORDAZA MORDAZA, Presidente del Consejo Nacional de la Magistratura por el que solicita informe sobre los procesos y/o denuncias en tramite contra Fiscales Supremos y sobre la produccion real de las MORDAZA Provisionales creadas para atender diversos temas de derecho; y estando al Acuerdo Nº 7713 adoptado por unanimidad por la Comision Ejecutiva del Ministerio Publico en sesion extraordinaria de la fecha, con dispensa de la lectura del acta; y en uso de las atribuciones de las Leyes Nº 26623, Nº 26695, Nº 26738 y Nº 27009; SE RESUELVE: Articulo Primero.- El doctor MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA, Fiscal Supremo (P) Investigador debera remitir, en breve plazo, a la Comision Ejecutiva del Ministerio Publico, informe sobre los procesos y/o denuncias en tramite contra Fiscales Supremos. Articulo Segundo.- Los senores Fiscales Supremos Provisionales, doctores MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA, MORDAZA MORDAZA MORDAZA Chienda, MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA y MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA, deberan remitir a la brevedad posible a la Comision Ejecutiva del Ministerio Publico, informe sobre su produccion laboral en los despachos a su cargo durante el tiempo que vienen ejerciendo dicha funcion. Articulo Tercero.- Los senores Fiscales Superiores Encargados de la Gestion de Gobierno de los Distritos Judiciales de la Republica, deberan remitir en el termino de la distancia, a la Comision Ejecutiva del Ministerio Publico, informe sobre la produccion laboral de todos los Fiscales Superiores y Provinciales Provisionales de su Distrito Judicial, que tienen a su cargo Despachos Fiscales, durante el tiempo que vienen ejerciendo dicha funcion. Articulo Cuarto.- Hacer de conocimiento la presente resolucion a los senores, Presidente del Consejo Nacional de la Magistratura, Fiscales Supremos Provisionales y Fiscales Superiores Encargados de la Gestion de Gobierno Delegada por la Comision Ejecutiva del Ministerio Publico a nivel nacional. Registrese, comuniquese y publiquese. MORDAZA MORDAZA COLAN MAGUINO Fiscal de la Nacion y Presidenta de la Comision Ejecutiva del Ministerio Publico MORDAZA MORDAZA MORDAZA FERREYRA Fiscal Supremo - Miembro de la Comision Ejecutiva del Ministerio Publico MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA Fiscal Supremo (P) - Miembro de la Comision Ejecutiva del Ministerio Publico MORDAZA MORDAZA MORDAZA MARINAS Secretario Ejecutivo - Miembro de la Comision Ejecutiva del Ministerio Publico 11281

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