NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 09 DE SEPTIEMBRE DEL AÑO 2000 (09/09/2000)
CANTIDAD DE PAGINAS: 40
TEXTO PAGINA: 6
Pág. 192724 NORMAS LEGALES Lima, sábado 9 de setiembre de 2000 Regístrese, comuníquese y publíquese. Rúbrica del Ing. Ricardo Márquez Segundo Vicepresidente de la República Encargado del Despacho Presidencial JORGE CHAMOT SARMIENTO Ministro de Energía y Minas 10395 Otorgan autorización de generación de energía eléctrica térmica para consumo propio a Freno S.A. RESOLUCION MINISTERIAL Nº 213-2000-EM/VME Lima, 9 de mayo de 2000 Visto el Expediente Nº 33103100 que incluye los documentos con Registros Nºs. 1270725 y 1273214, sobre otorgamiento de autorización para generación de ener- gía eléctrica de acuerdo con el Artículo 4º del Decreto Ley Nº 25844 presentado por la empresa FRENO S.A., perso- na jurídica inscrita a fojas 257 del tomo 291 del Libro de Sociedades del Registro Mercantil de Lima; CONSIDERANDO: Que, la empresa FRENO S.A., ha solicitado, autoriza- ción para desarrollar actividades de generación de ener- gía eléctrica para su propio consumo en la central térmi- ca existente Frenosa, de propiedad de la solicitante, la que tiene una capacidad instalada de 0,65 MW; Que, la petición se halla amparada en las disposicio- nes contenidas en el Artículo 38º del Decreto Ley Nº 25844 y Artículo 67º de su Reglamento aprobado por Decreto Supremo Nº 009-93-EM, habiendo cumplido con los requisitos legales de presentación; Que, la Dirección General de Electricidad, luego de haber verificado y evaluado que la peticionaria ha cum- plido con los requisitos estipulados en el Decreto Ley Nº 25844 y su Reglamento aprobado por Decreto Supremo Nº 009-93-EM, ha emitido el Informe favorable Nº 064- 2000-EM/DGE; Estando a lo dispuesto por el Artículo 6º del Decreto Ley Nº 25844; Con la opinión favorable del Director General de Electricidad y del Viceministro de Energía; SE RESUELVE: Artículo 1º.- Otorgar autorización por tiempo inde- finido, a la empresa FRENO S.A., que se identificará con Código Nº 33103100, para desarrollar actividades de generación de energía eléctrica para su propio consumo, en las instalaciones existentes de la central térmica Frenosa, de propiedad de la solicitante, que está ubicada en la Av. Bocanegra Nº 149, Callao 1, Provincia Consti- tucional del Callao, con una capacidad instalada de 0,65 MW. Artículo 2º.- La Empresa autorizada está obligada a operar cumpliendo las normas técnicas y de seguridad; preservando el medio ambiente y salvaguardando el Patrimonio Cultural de la Nación; así como a remitir la información estadística y los requisitos establecidos en el Decreto Ley Nº 25844, su Reglamento aprobado por Decreto Supremo Nº 009-93-EM y otras normas legales pertinentes. Artículo 3º.- La presente resolución entrará en vi- gencia el día de su publicación. Regístrese, comuníquese y publíquese. JORGE CHAMOT Ministro de Energía y Minas 5310Otorgan autorización de generación de energía eléctrica para consumo pro- pio a Corporación del Mar S.A. RESOLUCION MINISTERIAL Nº 340-2000-EM/VME Lima, 18 de agosto de 2000 Visto el Expediente Nº 33111800, que incluye los documentos con Registros Nºs. 1287539 y 1288433, sobre otorgamiento de autorización para generación de ener- gía eléctrica de acuerdo con el Artículo 4º del Decreto Ley Nº 25844, presentado por CORPORACION DEL MAR S.A., persona jurídica inscrita en el Tomo 7°, Fojas 439, Asiento 1 del Registro Mercantil de Tumbes; CONSIDERANDO: Que, CORPORACION DEL MAR S.A., ha solicitado autorización para desarrollar actividades de generación de energía eléctrica para su propio consumo en las instalaciones existentes de la Central Térmica COR- MAR, de propiedad de la solicitante, la que tiene una capacidad instalada de 1,64 MW; Que, la petición se halla amparada en las disposicio- nes contenidas en el Artículo 38º del Decreto Ley Nº 25844 y Artículo 67º de su Reglamento aprobado por Decreto Supremo Nº 009-93-EM, habiendo cumplido con los requisitos legales de presentación; Que, la Dirección General de Electricidad, luego de haber verificado y evaluado que la peticionaria ha cumplido con los requisitos estipulados en el Decreto Ley Nº 25844 y su Reglamento aprobado por Decreto Supremo Nº 009-93-EM, ha emitido el Informe favorable Nº 146-2000-EM/DGE; Estando a lo dispuesto por el Artículo 6º del Decreto Ley Nº 25844; Con la opinión favorable del Director General de Electricidad y del Viceministro de Energía; SE RESUELVE: Artículo 1º.- Otorgar autorización por tiempo inde- finido a CORPORACION DEL MAR S.A., que se identifi- cará con Código Nº 33111800, para desarrollar activida- des de generación de energía eléctrica para su propio consumo en las instalaciones existentes de la Central Térmica CORMAR, de propiedad de la empresa solici- tante, que operará en la Provincia Constitucional del Callao, con una capacidad instalada de 1,64 MW. Artículo 2º.- La Empresa autorizada está obligada a operar cumpliendo las normas técnicas y de seguridad; preservando el medio ambiente y salvaguardando el Patri- monio Cultural de la Nación; así como a remitir la informa- ción estadística y los requisitos establecidos en el Decreto Ley Nº 25844, su Reglamento aprobado por Decreto Supre- mo Nº 009-93-EM y otras normas legales pertinentes. Artículo 3º.- La presente resolución entrará en vi- gencia el día de su publicación. Regístrese, comuníquese y publíquese. JORGE CHAMOT Ministro de Energía y Minas 9972 MITINCI Declaran infundadas apelaciones inter- puestas por Inversiones Bulgaria S.A. y Digab S.R.Ltda. contra resoluciones referidas a autorizaciones para explo- tar juegos de máquinas tragamonedas RESOLUCION VICEMINISTERIAL Nº 55-2000-MITINCI/VMT Lima, 5 de setiembre del 2000