NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 09 DE SEPTIEMBRE DEL AÑO 2000 (09/09/2000)
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Pág. 192727 NORMAS LEGALES Lima, sábado 9 de setiembre de 2000 Autorizan e inscriben memorias de solo lectura que conforman programas de juego de máquinas tragamonedas, solicitadas por Recreativos Turísticos Franco Perú S.A. RESOLUCION DIRECTORAL Nº 571-2000-MITINCI/VMT/DNT Lima, 31 de agosto del 2000 Vistos, el Expediente Nº 022053-2000-MITINCI presen- tado por la empresa Recreativos Turísticos Franco Perú S.A. solicitando la autorización y registro de cuatro memorias de solo lectura y el Informe Nº 149-2000-DE-JCMT/CFS; CONSIDERANDO: Que, mediante la Ley Nº 27153 se reguló la explota- ción de los juegos de casino y máquinas tragamonedas, estableciéndose en su Artículo 11º que los programas de juego cuya explotación es permitida en el país son aque- llos que cuentan con autorización y registro otorgado por la autoridad competente; Que, el Artículo 11º del Reglamento para la explota- ción de los juegos de casino y máquinas tragamonedas, aprobado mediante el Decreto Supremo Nº 001-2000- ITINCI establece la información y documentación que debe presentar el interesado para obtener la autoriza- ción y registro de las memorias de solo lectura que conforman los programas de juego de las máquinas tragamonedas; Que, de la evaluación de la documentación e informa- ción presentada por la empresa Recreativos Turísticos Franco Perú S.A. en el Expediente Nº 022053-2000- MITINCI se advierte que ha cumplido con las disposicio- nes legales aplicables; Que, siendo la Dirección Nacional de Turismo la autoridad administrativa competente para autorizar y registrar las memorias de solo lectura que conforman los programas de juego de las máquinas tragamonedas, es de su injerencia adoptar las acciones de ley que corres- pondan; De conformidad con la Ley Nº 27153 y el Decreto Supremo Nº 001-2000-ITINCI y estando a lo opinado mediante el Informe Nº 149-2000-DE-JCMT/CFS; SE RESUELVE: Artículo Unico.- Autorizar e inscribir cuatro memo- rias de solo lectura, de acuerdo con el siguiente detalle: Nº Nº de Código de la Nombre del Fabricante País Registro memoria 01. A0001976 54199F Recreativos Franco S.A. España 02. A0001977 20600A Recreativos Franco S.A. España 03. A0001978 20600B Recreativos Franco S.A. España 04. A0001979 44399L Recreativos Franco S.A. España Regístrese, comuníquese y publíquese. MARIA DEL ROCIO VESGA GATTI Directora Nacional de Turismo 10301 Disponen inscribir a Gaming Equip- ment Services S.A.C. en el Registro de personas jurídicas autorizadas para reconstruir máquinas tragamonedas RESOLUCION DIRECTORAL Nº 582-2000-MITINCI/VMT/DNT Lima, 1 de setiembre del 2000Vistos, el Expediente Nº 022472-2000-MITINCI pre- sentado por la empresa GAMING EQUIPMENT SERVI- CES S.A.C. solicitando su inscripción en el registro de personas jurídicas autorizadas para reconstruir máqui- nas tragamonedas y el Informe Nº 150-2000-DE-JCMT/ CFS; CONSIDERANDO: Que, mediante la Ley Nº 27153 se reguló la explota- ción de los juegos de casino y máquinas tragamone- das, cuyo Reglamento, aprobado mediante el Decreto Supremo Nº 001-2000-ITINCI establece en el Artícu- lo 17º la información y documentación que debe pre- sentarse para la inscripción en el registro de perso- nas jurídicas autorizadas para reconstruir máquinas tragamonedas; Que, de la evaluación de la documentación e informa- ción presentada por la empresa GAMING EQUIPMENT SERVICES S.A.C. en el Expediente Nº 022472-2000- MITINCI se advierte que ha cumplido con las disposicio- nes legales aplicables; Que, siendo la Dirección Nacional de Turismo la autoridad administrativa competente para autorizar la inscripción en el registro de personas jurídicas autorizadas para reconstruir máquinas tragamone- das, es de su injerencia adoptar las acciones de ley que correspondan; De conformidad con la Ley Nº 27153 y el Decreto Supremo Nº 001-2000-ITINCI y estando a lo opinado mediante el Informe Nº 150-2000-DE-JCMT/CFS; SE RESUELVE: Artículo 1º.- Inscribir en el Registro de personas jurídicas autorizadas para reconstruir máquinas traga- monedas a la empresa GAMING EQUIPMENT SERVI- CES S.A.C. según el siguiente detalle: Nº de Registro R019 Nombre del Reconstructor GAMING EQUIPMENT SERVICES S.A.C. País de Origen Perú Lugar de operaciones Avda. Sáenz Peña 629, Ofs. 206-207 - Callao Identificación del César Augusto Nuñovero Briceño Representante Legal L.E. Nº 09927904 Domicilio Legal Avda. Sáenz Peña 629, Ofs. 206-207 - Callao Artículo 2º.- La presente autorización faculta a la empresa GAMING EQUIPMENT SERVICES S.A.C. a reconstruir, de acuerdo con el Artículo 10º de la Ley Nº 27153 y las demás disposiciones legales que sean aplicables, los siguientes modelos de máquinas traga- monedas: B0000002 al B0000003, B0000008 al B0000031, B0000038 al B0000045, y B0000051 al B0000068. Artículo 3º.- El plazo de vigencia de la autorización otorgada a la empresa GAMING EQUIPMENT SERVI- CES S.A.C. es desde la entrada en vigencia de la presente Resolución hasta el 15 de julio del 2003. Artículo 4º.- La presente Resolución entrará en vigencia el día de su publicación. Regístrese, comuníquese y publíquese. MARIA DEL ROCIO VESGA GATTI Directora Nacional de Turismo 10289 FE DE ERRATAS RESOLUCION DIRECTORAL Nº 488-2000-MITINCI/VMT/DNT Por Oficio Nº 238-2000-MITINCI/SG, el Ministerio de Industria, Turismo, Integración y Negociaciones Comer- ciales Internacionales solicita se publique Fe de Erratas de la Resolución Directoral Nº 488-2000-MITINCI/VMT/ DNT, publicada en nuestra edición del día 28 de agosto del 2000 en la página 192248.