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NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 07 DE AGOSTO DEL AÑO 2001 (07/08/2001)

CANTIDAD DE PAGINAS: 12

TEXTO PAGINA: 11

Pág. 208445 NORMAS LEGALES Lima, martes 7 de agosto de 2001 ORDENANZA Artículo Primero.- Amplíese los alcances de la Amnistía Tributaria y Administrativa aprobada por la Ordenanza Nº 066-2001/MJM, por los días 8 y 9 de agosto del presente año. Artículo Segundo.- Póngase en conocimiento el presente Acuerdo a la Dirección de Rentas, Dirección de Administración para los fines pertinentes. Regístrese, comuníquese y cúmplase. FRANCISCA IZQUIERDO NEGRÓN Alcaldesa 28769 MUNICIPALIDAD DE PUEBLO LIBRE Amplían plazos de beneficios tributa- rios otorgados a favor de contribuyen- tes mediante las Ordenanzas Nºs. 55 y 62-MPL ORDENANZA Nº 65-MPL Pueblo Libre, 26 de julio de 2001 EL ALCALDE DE LA MUNICIPALIDAD DISTRITAL DE PUEBLO LIBRE POR CUANTO: El Concejo Distrital de Pueblo Libre, en Sesión Ordinaria de la fecha, aprobó por Unanimidad, el Dictamen Nº 105-2001-MPL/CPL-CPDE; y, CONSIDERANDO: Que, dentro del contexto de armonía y esfuerzo, la Municipalidad de Pueblo Libre promueve beneficios económicos para sus vecinos, disponiendo y regulando éstos, concediendo Facilidades Especiales a los Contribuyentes del distrito; así como la condonación del 100% del Interés Moratorio 2001 y la Rebaja del 50% del Factor de Ajuste sobre los montos que abonen los contribuyentes que tengan deudas pendientes de pago, así como la rebaja de las Multas Administrati- vas; Que, el Texto Unico Ordenado del Código Tributa- rio, aprobado mediante D.S. Nº 135-99-EF, en su Artí- culo 41º faculta a los Gobiernos Locales a condonar el interés moratorio y las sanciones de los tributos que administren; Que, mediante Ordenanza Nº 55-MPL de fecha 29 de marzo de 2001, se Conceden Facilidades Especiales a los Contribuyentes del distrito y mediante Ordenan- za Nº 62-MPL de fecha 26 de junio de 2001, se concede la condonación del 100% del Interés Moratorio y la Rebaja del 50% del Factor de Ajuste entre 1995 - 2000 sobre los montos que abonen los contribuyentes que tengan deudas pendientes de pago, así como la Rebaja del 50% de las Multas Administrativas, cuyos venci- mientos son el 31 de julio del año en curso; En uso de las atribuciones conferidas por la Ley Nº 23853 - Ley Orgánica de Municipalidades, con la aproba- ción del Concejo Municipal y con la dispensa del trámi- te de aprobación de Acta, se promulga lo siguiente: ORDENANZA Artículo Primero.- Ampliar el plazo de venci- miento de las Ordenanzas Nº 55-MPL y Nº 62-MPL hasta el 18 de agosto de 2001, aplicables a todos loscontribuyentes que tengan deudas pendientes de can- celación con la Municipalidad. Artículo Segundo.- Encargar el cumplimiento de la presente Ordenanza a la Dirección de Desarrollo Económico y a la Oficina de Informática y Catastro. Encargar su difusión a la Oficina de Comunicación Social y la publicación de la misma a la Oficina de Secretaría General y del Concejo y Oficina de Adminis- tración. Regístrese, comuníquese, publíquese y cúmplase. ANGEL M. TACCHINO D. Alcalde 28765 Aprueban ordenanza sobre la continui- dad de uso de la licencia de funciona- miento ORDENANZA Nº 66-MPL Pueblo Libre, 26 de julio de 2001 EL ALCALDE DE LA MUNICIPALIDAD DISTRITAL DE PUEBLO LIBRE POR CUANTO: Visto, en Sesión de Concejo Ordinaria de la fecha, el Dictamen Nº 107-2001-MPL/CPL-CPDE de la Comi- sión Permanente de Desarrollo Económico, con rela- ción a la modificación del Artículo Cuarto de la Orde- nanza Nº 23-2000-MPL del 12 de abril de 2000 sobre la Continuidad de Uso de la Licencia de Funcionamiento, así como acondicionar la normatividad vigente al D.L. Nº 776 y su modificatoria, la Ley Nº 27180; y, CONSIDERANDO: Que, el Artículo 191º de la Constitución Política del Perú, reconoce a los Gobiernos Locales, autonomía política, económica y administrativa en los asuntos de su competencia; Que, el Artículo 68º inciso 7) de la Ley Orgánica de Municipalidades Nº 23853, menciona que son funcio- nes de las Municipalidades en materia de abasteci- miento y comercialización de productos, el otorgar Licencias de Apertura de establecimientos comercia- les e industriales y de actividades profesionales y controlar su funcionamiento de acuerdo a ellas; Que, con fecha 5 de octubre de 1999, se promulgó la Ley Nº 27180 que modifica artículos del D.L. Nº 776 en materia de Licencias de Funcionamiento y es necesa- ria su adecuación a la misma; Que, con fecha 12 de abril de 2000, se publicó la Ordenanza Nº 23-2000-MPL en la cual se establece Normas para Promover el Desarrollo Económico de Comerciantes del distrito, dentro de las mismas sobre la continuidad de Uso de Licencia de Funcionamiento; Que, es política de la actual gestión, la promoción y el desarrollo económico - comercial del distrito, contan- do para ello con los elementos normativos adecuados para el cumplimiento de los objetivos trazados en este campo; En uso de las facultades conferidas en el Artículo 110º de la Ley Orgánica de Municipalidades Nº 23853, se aprobó la siguiente: ORDENANZA DE LA CONTINUIDAD DE USO DE LA LICENCIA DE FUNCIONAMIENTO Artículo Primero.- Modificar el Artículo Cuarto de la Ordenanza Nº 23-2000-MPL en el siguiente tér- mino: "Considérese aplicable a esta Ordenanza todas