Norma Legal Oficial del día 07 de agosto del año 2001 (07/08/2001)


Si dese vizualizar el documento entero como pdf click aqui.

TEXTO DE LA PÁGINA 8

Pag. 208442

NORMAS LEGALES

MORDAZA, martes 7 de agosto de 2001

del Estado establece que se encuentran exoneradas de los procesos de Licitacion Publica, Concurso Publico o Adjudicacion Directa, las adquisiciones que se realicen en Situacion de Emergencia o Urgencia declaradas de conformidad con la Ley; Que, el Articulo 21º del Texto Unico Ordenado de la Ley de Contrataciones y Adquisiciones del Estado, senala que se considera situacion de urgencia cuando la ausencia extraordinaria e imprevisible de determinado bien o servicio compromete en forma directa e inminente la continuidad de los servicios esenciales o de las operaciones productivas que la entidad tiene a su cargo, situacion que faculta a la entidad a la adquisicion o contratacion de los bienes, servicios u obras solo por el tiempo o cantidad, segun sea el caso, necesarios para llevar a cabo el MORDAZA de seleccion que corresponda; Que, asimismo, el Articulo 20º del citado dispositivo establece que las adquisiciones o contrataciones exoneradas de Licitacion Publica, Concurso Publico o Adjudicacion Directa se realizaran mediante el procedimiento de Adjudicacion de Menor Cuantia, debiendo ser aprobadas mediante Resolucion del Titular del Pliego de la Entidad, la cual sera publicada en el Diario Oficial El Peruano y MORDAZA de MORDAZA junto con los informes que la sustentan, debera remitirse a la Contraloria General de la Republica dentro de los diez dias calendario siguientes a la fecha de su publicacion; Que, los Articulos 105º y 116º del Reglamento de la Ley de Contrataciones y Adquisiciones del Estado establecen los procedimientos a que se deben someter las contrataciones y adquisiciones exoneradas de los procesos de seleccion MORDAZA aludidos precisando que, una vez aprobada la exoneracion, la contratacion debera realizarse mediante acciones inmediatas sobre la base de la obtencion de una cotizacion que cumpla los requisitos establecidos en las Bases, debiendo indicarse en la resolucion exoneratoria el organo que se encargara de llevar a cabo la contratacion; Que, el 28 de noviembre del 2000 se declaro desierto el Concurso Publico Nº 002-2000/DP "Contratacion del servicio de seguridad y vigilancia", en los items Nºs. 2, 3 y 4 por no haberse presentado la cantidad minima de postores requeridos para el MORDAZA de seleccion, de conformidad con lo establecido por el Articulo 32º de la Ley de Contrataciones y Adquisiciones del Estado, Ley Nº 26850, MORDAZA aplicable en ese concurso; Que, mediante Resolucion Defensorial Nº 05-2001/ DP se declaro en Situacion de Urgencia la contratacion del servicio de seguridad y vigilancia para los locales de las Representaciones Defensoriales con sede en las ciudades de MORDAZA, MORDAZA y MORDAZA, con efectividad al 1 de diciembre del 2000 y, asimismo, se autorizo al Gerente General a llevar a cabo la respectiva contratacion mediante el MORDAZA de Adjudicacion Directa de Menor Cuantia, por el periodo comprendido entre el 1 de diciembre del 2000 y el 28 de febrero del 2001 y dispuso que el organo u organos encargados, bajo responsabilidad, realicen las acciones dirigidas a efectuar el MORDAZA de seleccion correspondiente; Que, segun los documentos de Vistos, la Oficina de Administracion y Finanzas en su Informe Tecnico ha senalado los motivos que justifican la propuesta de regularizacion contractual y ha expresado que la ausencia del servicio de seguridad y vigilancia, comprometeria el normal desarrollo de las actividades y funciones institucionales de las Oficinas Regionales con sede en las ciudades de MORDAZA, MORDAZA y MORDAZA, con lo que se habria configurado una Situacion de Urgencia; Que, el Informe Legal senala la adecuacion de la Declaracion de Urgencia al MORDAZA normativo vigente; Que, lo expresado en los informes tecnico y legal justifican la contratacion del servicio de seguridad y vigilancia para las Oficinas Regionales con sede en las ciudades de MORDAZA, MORDAZA y MORDAZA, mediante la exoneracion del respectivo MORDAZA de seleccion, cumpliendose asi con lo estipulado en el Articulo 113º del Reglamento MORDAZA mencionado; Que, por consiguiente, producida una Situacion de Urgencia en los terminos del Articulo 21º del Texto

Unico Ordenado de la Ley de Contrataciones y Adquisiciones del Estado, es procedente autorizar en via de excepcion, la contratacion del servicio de seguridad y vigilancia para las Oficinas Regionales con sede en las ciudades de MORDAZA, MORDAZA y MORDAZA, bajo la modalidad de Adjudicacion de Menor Cuantia, de acuerdo con lo dispuesto por el Articulo 20º de la citada ley y el Articulo 14º inciso 4) literal b) de su Reglamento aprobado por Decreto Supremo Nº 013-2001-PCM; Con el visto MORDAZA del Jefe de la Oficina de Asesoria Juridica y del Jefe de la Oficina de Administracion y Finanzas; En uso de las facultades conferidas por la Ley Organica de la Defensoria del Pueblo y por la Resolucion Defensorial Nº 66-2000/DP; de conformidad con la Ley de Gestion Presupuestaria del Estado, Ley Nº 27209, la Ley de Presupuesto del Sector Publico para el Ano Fiscal 2001, Decreto Legislativo Nº 909-2000, los Articulos 19º inciso c), 20º y 21º del Texto Unico Ordenado de la Ley de Contrataciones y Adquisiciones del Estado, el Articulo 14º numeral 4 inciso b) del Reglamento de la Ley de Contrataciones y Adquisiciones del Estado, aprobado mediante el Decreto Supremo Nº 013-2001-PCM y los Articulos 6º y 7º del Reglamento de Organizacion y Funciones aprobado mediante Resolucion Defensorial Nº 12-2001/DP; SE RESUELVE: Articulo Primero.- DECLARAR, en Situacion de Urgencia la contratacion del servicio de seguridad y vigilancia para los locales de las Oficinas Regionales con sede en las ciudades de MORDAZA, MORDAZA y MORDAZA, con efectividad al 1 de marzo del 2001. Articulo Segundo.- AUTORIZAR, al Jefe de la Oficina de Administracion y Finanzas a llevar a cabo la respectiva contratacion mediante el MORDAZA de Adjudicacion de Menor Cuantia por el periodo comprendido entre el 1 de marzo del 2001 y el 31 de agosto del 2001, debiendose realizar durante el mismo periodo, el MORDAZA de seleccion correspondiente para la contratacion definitiva del servicio. Articulo Tercero.- DISPONER que la Oficina de Administracion y Finanzas remita MORDAZA de la presente resolucion y de los informes que sustentan esta exoneracion a la Contraloria General de la Republica, en un plazo no mayor de diez (10) dias calendario siguientes a la fecha de su aprobacion, conforme a ley. Registrese, comuniquese y publiquese. MORDAZA MORDAZA MORDAZA Defensor del Pueblo en Funciones 28753

SBS
Autorizan al Banco de Credito del Peru la apertura de oficinas temporales en los distritos de Miraflores y San MORDAZA, provincia de MORDAZA
RESOLUCION SBS Nº 569-2001 MORDAZA, 31 de MORDAZA de 2001 LA SUPERINTENDENTE ADJUNTA DE BANCA VISTA: La solicitud presentada por el Banco de Credito del Peru, para que se le autorice la apertura de dos oficinas temporales en el Instituto Cultural Peruano Norteamericano, ubicada en Av. Angamos Oeste Nº 120 Miraflores y en Av. La MORDAZA Nº 2469 - San Miguel;

Deseo borrar mis datos personales que aparecen en esta página.