TEXTO PAGINA: 9
Pág. 208443 NORMAS LEGALES Lima, martes 7 de agosto de 2001 CONSIDERANDO: Que, la citada empresa ha cumplido con presentar la documentación pertinente; Estando a lo informado por el Intendente del Departamento de Evaluación del Sistema Financiero "A", mediante Informe Nº DESF "A" 69-OT/01; De conformidad con lo dispuesto por el Artículo 30º de la Ley Nº 26702 - Ley General del Sistema Financie- ro y del Sistema de Seguros y Orgánica de la Superinten- dencia de Banca y Seguros-, con la Circular Nº B-1996- 97 y la Resolución SBS Nº 003-98. RESUELVE: Artículo Único.- Autorizar al Banco de Crédito del Perú, la apertura de dos oficinas temporales en el Instituto Cultural Peruano Norteamericano, ubicada en Av. Angamos Oeste Nº 120 - Miraflores y en Av. La Marina Nº 2469 - San Miguel. Regístrese, comuníquese y publíquese. SOCORRO HEYSEN ZEGARRA Superintendente Adjunta de Banca 28669 INADE Autorizan adquisición de combustible para el Proyecto Especial "Afianza- miento y Ampliación de los Recursos Hídricos de Tacna", mediante adjudi- cación de menor cuantía RESOLUCIÓN JEFATURAL Nº 149-2001-INADE-1100 Lima, 1 de agosto del 2001 VISTO: El Oficio Nº 791-2001-INADE-8601, del Director del Proyecto Especial "Afianzamiento y Ampliación de los Recursos Hídricos de Tacna", Ing. Edgar Acosta Pinto, quien solicita autorización para la adquisición de combustible bajo la modalidad de Adjudicación de Menor Cuantía; y, CONSIDERANDO: Que, mediante el Oficio del visto, el Proyecto Espe- cial "Afianzamiento y Ampliación de los Recursos Hí- dricos de Tacna", solicita la exoneración del proceso de selección de Licitación Pública, para la adquisición de combustible hasta por un monto de S/. 190,463.00, por el procedimiento de Adjudicación de Menor Cuantía, debido a la Situación de Urgencia presentada, ampa- rando su solicitud en lo establecido en los Artículos 19º y 21º del Texto Unico Ordenado de la Ley de Contrata- ciones y Adquisiciones del Estado, aprobado por De- creto Supremo Nº 012-2001-PCM; Que, mediante Oficios Nº 214-2001-PET-DIE y Nº 341-2001-PET-DIO, la Dirección de Estudios y la Di- rección de Obras, respectivamente, adjuntan Informes Técnicos Sustentatorios de su pedido, asimismo la Oficina de Asesoría Jurídica, mediante Informe Nº 185-2001-PET-OAJ, se pronuncia solicitando se decla- re la situación de Urgencia a fin de exonerar del proceso de selección de adquisición de combustible; Que, el pedido de declaratoria de Situación de Urgencia y exoneración del proceso de selección de Licitación Pública para la adquisición de combusti- ble, es sustentada en el hecho de que como conse- cuencia de haberse aprobado en el mes de junio elcambio en la modalidad de ejecución de un tramo de la obra Canal Calachaca - Chuapalca - Patapujo, se alteró el Plan Anual de Adquisiciones originando que el proceso para adquirir combustible deba ha- cerse por Licitación Pública, proceso de selección que va tomar un tiempo aproximado de 45 a 60 días, lapso en el cual se verían afectadas actividades y obras del Proyecto, tales como "Monitoreo y Evalua- ción Hidrológica Ambito PET", "Monitoreo Evalua- ción de Aguas Subterráneas Ambito PET", "Cons- trucción de Líneas de Transmisión Aricota - Vizca- chas" y "Operación y Mantenimiento"; Que, la paralización de dichas actividades y obras, no sólo significaría el incumplimiento de metas progra- madas oportunamente para el presente ejercicio presu- puestal, sino que adicionalmente se dejaría de usar maquinaria y equipos al no contarse con el combustible necesario para su operación, por el tiempo que dure la Licitación Pública convocada por el Proyecto; Que, el Artículo 19º del Texto Unico Ordenado de la Ley Nº 268560, aprobado por Decreto Supremo Nº 012- 2001-PCM contempla los supuestos de exoneración de Licitación Pública, Concurso Público o Adjudicación Directa, estableciendo en el inciso c) que están exonera- dos las adquisiciones y contrataciones que se realicen en Situación de Urgencia declarada de conformidad con dicha Ley; Que, el Artículo 20º del mismo dispositivo legal establece que, en dicho caso, la adquisición o contrata- ción se realizará mediante el proceso de Adjudicación de Menor Cuantía, debiendo ser aprobada por Resolu- ción del Titular del Pliego, requiriéndose de un Infor- me Técnico-Legal previo; Que, el Artículo 21º de la Ley acotada, define la Situación de Urgencia, como aquella ausencia extraordinaria e imprevisible de determinado bien o servicio que compromete en forma directa e inminente la continuidad de los servicios esenciales o de las operaciones productivas que la Entidad tiene a su cargo; Que, asimismo se debe concordar la norma citada con lo establecido en el Artículo 108º de su Reglamento, aprobado por Decreto Supremo Nº 013-2001-PCM, la que señala que la Situación de Urgencia debe enten- derse como un hecho de excepción que determina una acción rápida de adquisición o contratación como me- dida temporal, sin perjuicio de que se realice el proceso de selección correspondiente para las adquisiciones y contrataciones definitivas; Que, con los Informes señalados en el Segundo Considerando, el Proyecto Especial "Afianzamiento y Ampliación de los Recursos Hídricos de Tacna", cum- ple con acreditar los requisitos exigidos para la declaración de Situación de Urgencia lo cual permitirá dar la continuidad de los servicios esenciales y activi- dades productivas del Proyecto; Que, de acuerdo al Artículo 7º del Decreto Legisla- tivo Nº 599, Ley de Organización y Funciones del INADE, el Jefe es la más alta autoridad de la institu- ción y es el titular del Pliego Presupuestal, razón por la cual resulta ser la autoridad competente para aprobar la exoneración; Que, mediante Informe Legal Nº 181-2001-INADE- 3201-OGAJ, la Oficina General de Asesoría Jurídica emite opinión legal en el sentido que resulta proceden- te la declaración de situación de urgencia y consiguien- te exoneración en la adquisición de combustible, por encontrarse prevista en el inciso c) del Artículo 19º y 21º del Texto Unico Ordenado de la Ley de Contratacio- nes y Adquisiciones del Estado; Estando al Informe Nº 185-2001-PET-OAJ de la Oficina de Asesoría Jurídica del Proyecto Especial Tacna, Oficio Nº 341-2001-PET-DIO de la Dirección de Obras, conteniendo el Informe Técnico Sustentatorio, Oficio Nº 214-2001-PET-DIE de la Dirección de Estu- dios, que adjunta el respectivo Informe Técnico e Infor- me Legal Nº 181-2001-3201-OGAJ; Con las visaciones de Gerencia General, Gerencia de Proyectos en Costa y Oficina General de Asesoría Jurídica;