TEXTO PAGINA: 6
Pág. 208440 NORMAS LEGALES Lima, martes 7 de agosto de 2001 Aprueban documento técnico "Sistema de Vigilancia de la Resistencia a Medica- mentos Antimaláricos en el Perú" RESOLUCIÓN MINISTERIAL Nº 447-2001-SA/DM Lima, 26 de julio del 2001 Visto el Oficio DGSP Nº 3297-07-2001 de la Direc- ción General de Salud de las Personas; CONSIDERANDO: Que es política del Ministerio de Salud contribuir a elevar el nivel de salud de la población; Que la malaria es un problema de salud pública prioritario en el país, por el impacto negativo que tiene sobre la calidad de vida de la población, la economía y el desarrollo sostenible; Que el desarrollo y expansión de la fármaco - resistencia a los medicamentos antimaláricos, es uno de los factores con implicancias negativas para el control de la malaria en el Perú; Que la Dirección General de Salud de las Personas, ha elaborado el documento técnico denominado: "Sis- tema de Vigilancia de la Resistencia a Medicamentos Antimaláricos en el Perú"; con participación de la Oficina General de Epidemiología, Instituto Nacional de Salud y la Dirección General de Medicamentos, Insumos y Drogas; Que siendo necesario poner en vigencia disposicio- nes técnico normativas, que garanticen una eficaz y eficiente atención integral de la población afectada por malaria, es conveniente aprobar el instrumento nor- mativo propuesto; De conformidad con la Ley de Organización y Funcio- nes del Ministerio de Salud, Decreto Legislativo Nº 584, y su Reglamento aprobado por Decreto Supremo Nº 002-92-SA; y, Con la opinión favorable del Viceministro de Salud; SE RESUELVE: 1º.- Aprobar el Documento Técnico denominado: "Sistema de Vigilancia de la Resistencia a Medicamen- tos Antimaláricos en el Perú". 2º.- Encargar a la Dirección General de Salud de las Personas a través de la Dirección Ejecutiva de Aten- ción Integral de Salud y a la Comisión Técnica Nacio- nal de Fármaco Vigilancia de la Resistencia a Medica- mentos Antimaláricos, la planificación, implementa- ción, supervisión y evaluación del cumplimiento del documento técnico aprobado en el numeral anterior. 3º.- Las Direcciones Regionales y Subregionales de Salud del país quedan encargadas de su cumplimiento. Regístrese y comuníquese. EDUARDO PRETELL ZÁRATE Ministro de Salud 28772 PODER JUDICIAL Incorporan miembros a la Comisión Es- pecial encargada de revisar ceses colec- tivos de personal administrativo y auxi- liar jurisdiccional del Poder Judicial RESOLUCIÓN ADMINISTRATIVA DE LA PRESIDENCIA DEL PODER JUDICIAL Nº 79-2001-P/PJ Lima, 6 de agosto del 2001CONSIDERANDO: Que, el Artículo 1º del Decreto Supremo Nº 022- 2001-TR, establece que concluida la primera etapa regulada en el Artículo 6º del Decreto Supremo Nº 021- 2001-TR, los Titulares de las entidades en un plazo de 6 días hábiles designarán a los representantes de los trabajadores o ex trabajadores afectados de acuerdo a criterios de representatividad, a fin de integrarlos a la Comisión Especial, pudiendo el titular de la entidad recomponer el número y los miembros de la citada Comisión; Que, habiendo concluido la primera etapa señala- da en el Artículo 6º del Decreto Supremo Nº 021- 2001-TR, modificado por el Artículo 4º del Decreto Supremo Nº 022-2001-TR, el día 26 de julio del presente año, es necesario recomponer la Comisión Especial encargada de la revisión de los ceses colec- tivos, incorporando a los trabajadores y ex trabaja- dores que se detallan en la parte resolutiva de la presente Resolución; De conformidad con las facultades previstas en el inciso 4) del Artículo 76º de la Ley Orgánica del Poder Judicial, modificado por la Ley Nº 27465; SE RESUELVE: Artículo Unico.- Incorporar a la Comisión Espe- cial encargada de revisar los ceses colectivos de perso- nal Administrativo y Auxiliar Jurisdiccional del Poder Judicial, a los trabajadores y ex trabajadores siguien- tes: Percy Capillo López, Analista de la Gerencia General Rodrigo Esteban Nole Zapata Analista de la Corte Superior de Lima Marino Escobar Avila Ex trabajador Justino Bravo Checcori Ex trabajador Regístrese, comuníquese y publíquese. OSCAR ALFARO ALVAREZ Presidente 28756 CORTES SUPERIORES DE JUSTICIA Disponen cierre temporal de turno de juzgados de paz letrados en diversos módulos corporativos manuales de la Corte Superior de Justicia de Lima RESOLUCIÓN ADMINISTRATIVA Nº 239-2001-P-CSJLI/PJ Lima, 6 de agosto del 2001 VISTOS: Los Informes números 001-2001-EERMCM-ANDJ- CSJLI/PJ y 004-2001-EERMCM-ANDJ-CSJL/PJ de fecha 27 de junio del presente año emitidos por el equipo designado por la Administración del Nuevo Despacho y Servicios Judiciales de la Corte Superior de Lima para el estudio y revalidación de los Módulos Corporativos Manuales de los Juzgados de Paz Letra- dos del Distrito Judicial de Lima; y, CONSIDERANDO: Que, el objeto de la creación de los Módulos Corpo- rativos Manuales de Paz Letrados, es el de facilitar a la población el acceso a la justicia, además de otorgar una respuesta oportuna a las necesidades del justiciable;