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NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 16 DE DICIEMBRE DEL AÑO 2001 (16/12/2001)

CANTIDAD DE PAGINAS: 28

TEXTO PAGINA: 27

Pág. 214025 NORMAS LEGALES Lima, domingo 16 de diciembre de 2001 INDECOPI Declaran de oficio la nulidad del Concur- so Público Nº 004-2001-INDECOPI para la contratación del servicio de seguridad RESOLUCIÓN DE LA GERENCIA GENERAL Nº 019-2001/INDECOPI-GEG Lima, 14 de diciembre de 2001 CONSIDERANDO: Que, en el Concurso Público Nº 004-2001-INDECOPI, cuyo objeto es la Contratación del Servicio de Seguridad Institucio- nal del INDECOPI, en la etapa de evaluación de la propuesta económica y otorgamiento de la Buena Pro, se presentaron observaciones formuladas por el Consorcio Seguridad Gene- ral S.A. - Procper S.A., y las empresas Protección Patrimonial Integral S.A., Sevige S.A.C., y PSP S.R.L., efectuadas respec- to del proceso de calificación y evaluación técnica; Que en ese sentido, esta Gerencia ha advertido que no se ha tomado en consideración, al momento de efectuar la calificación correspondiente al subrubro denominado "Incluye uso de me- dios tecnológicos", la absolución de la observación a las Bases formulada por el propio Comité Especial el cual determinó que dicho subrubro ameritaba el puntaje de 10 puntos únicamente cuando se incluya en la propuesta el empleo de al menos un medio tecnológico, y de 0 puntos cuando no se incluya ninguno; Que, asimismo, en lo referente al subrubro "Currículum vitae del supervisor", la calificación efectuada tampoco ha tomado en consideración la absolución de la observación efec- tuada a dicho subrubro efectuada por el propio Comité Espe- cial, mediante la cual se precisó que si el currículum vitae resultaba aceptable obtenga un puntaje de 4 puntos, y en caso contrario, es decir, de no resultar aceptable un puntaje de 0; Que en ese orden de ideas, la asignación de puntajes distintos no se encuentra justificada y por lo tanto, resulta necesario que se efectúe una nueva evaluación de estos subrubros, que garanticen una adecuada valoración de las propuestas presentadas; Por las consideraciones antes mencionadas, y en aplica- ción de lo dispuesto en el Artículo 57º del Decreto Supremo Nº 012-2001-PCM, Texto Único Ordenado de la Ley de Con- trataciones y Adquisiciones del Estado, y el Artículo 26º del Decreto Supremo Nº 013-2001-PCM, Reglamento de la Ley de Contrataciones y Adquisiciones del Estado, y en uso de las facultades y atribuciones conferidas por dichas normas; SE RESUELVE: Artículo 1º.- Declarar de Oficio la nulidad del Concurso Público Nº 004-2001-INDECOPI, para la Contratación del Servicio de Seguridad, disponiéndose que los actuados se retrotraigan a la etapa de evaluación de las propuestas téc- nicas, debiendo el Comité Especial efectuar una nueva eva- luación de conformidad con lo expresado en la parte con- siderativa de la presente Resolución. Regístrese, publíquese y archívese. FERNANDO ARRUNÁTEGUI MARTÍNEZ Gerente General 36388 GOBIERNOS LOCALES MUNICIPALIDAD DE PUNTA HERMOSA Aprueban el Presupuesto Institucional de Apertura y el Plan Operativo Institucio- nal de la Municipalidad para el año fiscal 2002 ACUERDO DE CONCEJO Nº 127-2001-MPH Punta Hermosa, 13 de diciembre de 2001 El CONCEJO DISTRITAL DE PUNTA HERMOSAVISTO: En Sesión Extraordinaria de la fecha, el Proyecto de Pre- supuesto Institucional de Apertura (PIA) y el Plan Operativo Institucional (POI) para el Ejercicio 2002, presentado por la Oficina de Contabilidad y Presupuesto para su debate y apro- bación correspondiente, con la dispensa de la lectura y apro- bación del Acta, adoptó por unanimidad el siguiente: ACUERDO 1. Aprobar el Presupuesto Institucional de Apertura (PIA) y el Plan Operativo Institucional (POI), de la Munici- palidad Distrital de Punta Hermosa para el año fiscal 2002, ascendente a S/. 4'400,000.00 (cuatro millones cuatrocien- tos mil y 00/100 Nuevos Soles) para el período comprendi- do entre el 1 de enero al 31 de diciembre de 2002. 2. Encargar a la Oficina de Contabilidad y Presupuesto el cumplimiento de los trámites correspondientes con arre- glo a Ley. POR TANTO: Mando se registre, publique y cumpla. GERALDO CASTRO GARCIA Alcalde 36361 MUNICIPALIDAD DE SAN MARTÍN DE PORRES Declaran improcedente aprobación de subdivisión de lote solicitada por empresa RESOLUCIÓN DE ALCALDÍA Nº 2637-2001-AL-MDSMP San Martín de Porres, 14 de diciembre de 2001 Visto, los Expedientes Administrativos Nºs. 7342-97, (Li- cencia de Construcción), I-412-98, G-600-98, I-7470 (Licen- cia de Construcción), G-635-98, I-284-98, I-372-98, A-2726- 98, G-1004-98, S-419-99, G-691-98 y otros, organizados por Industrias Automotriz Beta S.A., Domingo Guzmán Santan- der, Asentamiento Humano Los Portales de Fiori, Gustavo Ghezzi Giannoni, sobre Licencia de Construcción, Subdivi- sión de Lote y Nulidad de Resoluciones de Alcaldía; CONSIDERANDO: Que, con Resolución de Concejo Nº 128-2001-MDSMP, se ha procedido entre otros a declarar procedente la nulidad formulada por don Domingo Guzmán Santander de la Cruz, Secretario General del A.H. "Los Portales de Fiori", en con- secuencia declarar la nulidad de la Resolución de Alcaldía Nº 751-98-AL-MDSMP del 21-8-98 y R.A. Nº 857-98-AL-MDSMP del 28-8-98, reponiéndose el presente procedimiento al esta- do anterior de la expedición de la Resolución de Alcaldía del 21-8-98, encargando su cumplimiento de esta Resolución Superior a la Dirección de Desarrollo Urbano, Dirección de Asesoría Jurídica y Secretaría General; Que, con Resolución de Alcaldía Nº 751-98-AL/MDSMP, se ha procedido aprobar la subdivisión sin cambio de uso del sublote de terreno matriz 6-2-3-4-A-3 ubicado entre la inter- sección de la Carretera Panamericana Norte Km. 14.00 con la Prolongación de la Av. Tomás Valle, con un área total de 4,784.27 m2, el mismo que se dividirá en los Sublotes Nºs. G-2-3-4-A-3- 1 y G-2-3-4-A-3-2, distrito de San Martín de Porres, cuyas áreas medidas perimétricas rezan en esta Resolución; Que, con Resolución de Alcaldía Nº 857-98-AL/MSMP del 28-9-98 se ha procedido a modificar la R.A. Nº 751-98-AL/ MDSMP, por existir error en la descripción de los linderos de los sublotes mencionados en la Resolución modificada; Que, en vías de haberse declarado la Nulidad de las Re- soluciones de Alcaldía Nºs. 751-98-AL/MDSMP y 857-98-AL/ MDSMP, conforme es de ver de la Resolución de Concejo Nº 128-2001-MDSMP, ésta ha ordenado reponer el presente pro- cedimiento al estado anterior de la expedición de la Resolu- ción de Alcaldía Nº 751-98-AL/MDSMP del 21-8-98, signifi- cando que corresponde pronunciarse sobre si procede o no la subdivisión e independización del Sublote Nº G-2-3-4-A-3, solicitado mediante Expediente Nº I-284-98 por el represen- tante de la Industria Automotriz BETA S.A.;