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NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 18 DE DICIEMBRE DEL AÑO 2001 (18/12/2001)

CANTIDAD DE PAGINAS: 28

TEXTO PAGINA: 14

Pág. 214072 NORMAS LEGALES Lima, martes 18 de diciembre de 2001 Mariñas De La Peña, como Procurador Público Adjunto de la Procuraduría Pública de la Superintendencia Nacional de Aduanas; Que, mediante Oficio de visto, se comunica que resulta necesario dar por concluida dicha designación; De conformidad con lo dispuesto en el Artículo 47º de la Constitución Política del Perú, en los Decretos Leyes Nºs. 17537 y 25993, y en el Decreto Supremo Nº 002-2001- JUS; y, Estando a lo acordado; SE RESUELVE: Artículo 1º.- Dar por concluida a partir de la fecha, la designación del doctor DAMASO MARIÑAS DE LA PEÑA, como Procurador Público Adjunto de la Procuraduría Pú- blica de la Superintendencia Nacional de Aduanas, dándo- sele las gracias por los servicios prestados. Artículo 2º.- La presente Resolución Suprema será refren- dada por los Ministros de Justicia y de Economía y Finanzas. Regístrese, comuníquese y publíquese. Rúbrica del Dr. ALEJANDRO TOLEDO Presidente Constitucional de la República FERNANDO OLIVERA VEGA Ministro de Justicia PEDRO PABLO KUCZYNSKI Ministro de Economía y Finanzas 36527 Encargan funciones de Director de Pro- grama Sectorial II de la Escuela Nacio- nal de Conciliación Extrajudicial RESOLUCIÓN MINISTERIAL Nº 439-2001-JUS Lima, 17 de diciembre de 2001 CONSIDERANDO: Que se encuentra vacante el cargo de Director de Pro- grama Sectorial II de la Escuela Nacional de Conciliación Extrajudicial de la Secretaría Técnica de Conciliación del Ministerio de Justicia; Que en consecuencia es necesario encargar las fun- ciones de Director de Programa Sectorial II de la Escuela Nacional de Conciliación Extrajudicial de la Secretaría Téc- nica de Conciliación del Ministerio de Justicia, en tanto se designe al funcionario que desempeñará dicho cargo; De conformidad con lo establecido en el Decreto Ley Nº 25993, Decreto Legislativo Nº 276 y su Reglamento aprobado por Decreto Supremo Nº 005-90-PCM; SE RESUELVE: Artículo Único.- Encargar, a partir de la fecha, a la se- ñora abogada MARIA DEL CARMEN GONZALEZ-ORBE- GOSO BERNALES, Secretaria Técnica de Conciliación, las funciones de Director de Programa Sectorial II de la Escue- la Nacional de Conciliación Extrajudicial de la Secretaría Técnica de Conciliación del Ministerio de Justicia, en tanto se designe al funcionario que desempeñará dicho cargo. Regístrese, comuníquese y publíquese. FERNANDO OLIVERA VEGA Ministro de Justicia 36496 FE DE ERRATAS RESOLUCIÓN SUPREMA Nº 494-2001-JUS Mediante Oficio Nº 2105-2001-JUS-SG el Ministerio de Justicia solicita se publique Fe de Erratas de la Resolución Suprema Nº 494-2001-JUS publicada en nuestra edición del 16 de diciembre de 2001, página 214015. DICE: "Artículo 1º.- Aceptar, a partir de la fecha, la renuncia formulada por el señor abogado IVAN ORMACHEA CHO-QUE, al cargo de Director de Programa Sectorial II de la Escuela Nacional de Conciliación Extrajudicial de la Se- cretaría Técnica de Conciliación del Ministerio de Justicia." DEBE DECIR: "Artículo 1º.- Aceptar, a partir del 1 de diciembre de 2001, la renuncia formulada por el señor abogado IVAN ORMA- CHEA CHOQUE, al cargo de Director de Programa Secto- rial II de la Escuela Nacional de Conciliación Extrajudicial de la Secretaría Técnica de Conciliación del Ministerio de Jus- ticia, dándosele las gracias por los servicios prestados." 36529 P R E S Autorizan a procurador transigir en di- versos procesos judiciales relativos a inmuebles de propiedad del Gobierno Regional de Arequipa RESOLUCIÓN SUPREMA Nº 325-2001-PRES Lima, 17 de diciembre de 2001 Visto el Oficio Nº 1595-2001-CTAR/PE-ST-GRAJ del Pre- sidente Ejecutivo del CTAR Arequipa y el Informe Nº 732- 2001-CTAR-PE-ST-GRAJ del Gerente Regional de la Ase- soría Jurídica; y, CONSIDERANDO: Que, con fecha 18 de octubre de 1993, el Gobierno Re- gional de Arequipa, suscribió con la Empresa de Transporte Urbano - EPTUR S.A. un contrato de arrendamiento res- pecto del inmueble de 4 479,95 metros cuadrados, propie- dad del Gobierno Regional de Arequipa, ubicado en la calle Nº 5 de la urbanización César Vallejo, fijándose como renta mensual la suma de S/. 1 000,00 y un plazo de duración de seis meses, el mismo que venció el 30 de abril de 1994; Que, no obstante haberse cumplido el plazo del contra- to de arrendamiento y pese a los requerimientos de des- ocupación, la empresa arrendataria no desocupó el inmue- ble, tomando además posesión del inmueble contiguo pro- piedad del Gobierno Regional de Arequipa, de un área de 10 980,05 metros cuadrados; Que, una vez iniciados los procesos correspondientes y con la finalidad de determinar la situación del terreno materia de litis, con fecha 27 de diciembre de 2000, el Fiscal Provin- cial de Paucarpata efectuó una inspección ocular del terreno, constatándose que éste se encontraba lotizado y que exis- tían viviendas, construidas con material noble, pertenecien- tes a la Asociación de Vivienda Villa Católica, los mismos que señalaron haber adquirido la propiedad de los mismos del Sr. Venturo Delgado Ringas, representante de la Asociación de Vivienda Los Canarios - ex ENATRU y ex Representante de Empresa de Transporte Urbano - EPTUR S.A.; Que, con fecha 3 de setiembre de 2001, se llevó a cabo la Audiencia de Saneamiento Procesal, durante la cual y en vía incidental, la Asociación de Vivienda Villa Católica, en su calidad de litis consorte necesario pasivo, formuló una propuesta conciliatoria consistente en la compra del terreno que ocupan por S/. 238 215,00; Que, conforme establece el Artículo 336º del Código Procesal Civil, los Gobiernos Regionales, entre otros, sólo pueden transigir previa autorización expresa de la autori- dad o funcionario competente; siendo entonces aplicable lo dispuesto por el Artículo 15º del Decreto Ley Nº 17537; Con la opinión favorable de la Oficina de Asesoría Jurí- dica del Ministerio de la Presidencia; De conformidad con el Artículo 47º de la Constitución Política del Perú, concordado con la Ley Nº 17537 de Re- presentación de Defensa del Estado en Juicio, modificado por el Decreto Ley Nº 17667, Ley Nº 26922 y el Decreto Supremo Nº 011-2001-PRES; SE RESUELVE: Artículo 1º.- Autorizar al Procurador Público a cargo de los Asuntos Judiciales del Ministerio de la Presidencia, para que en los procesos civiles Nº 1998-0996 y Nº 1998- 1806, seguidos ante el Segundo y Octavo Juzgado Espe-