Norma Legal Oficial del día 18 de enero del año 2001 (18/01/2001)


Si dese vizualizar el documento entero como pdf click aqui.

TEXTO DE LA PÁGINA 90

Pag. 197458

NORMAS LEGALES

MORDAZA, jueves 18 de enero de 2001

e) Organizar reuniones periodicas relacionados a su labor, con los vecinos en coordinacion con los dirigentes de sus organizaciones vecinales a fin de escuchar sus problemas y sugerencias, con la finalidad de programar acciones con la colaboracion de los mismos. Articulo 13º.- Verificado la Comision de la infraccion e individualizado y ubicado el infractor conforme al inciso "c", del Articulo precedente se aplicara la sancion y/o multa correspondiente. Articulo 14º.- Los Inspectores Vecinales debera conducirse con pleno respeto a la Ley, a los derechos de las personas y a los principios eticos de la comunidad. Articulo 15º.- Cualquier exceso y/o abuso, debidamente comprobados, en las funciones del cargo de Inspector Vecinal, traera como consecuencia la suspension del cargo comunicandose esta a la organizacion de donde procede para que adopten las medidas correspondientes. De igual modo los aciertos que obtenga el Inspector Vecinal seran reconocidos por la Autoridad Municipal. Articulo 16º.- INCENTIVO Y/O PROMOCION A LA LABOR DEL INSPECTOR VECINAL Como incentivo y/o promocion a la labor del Inspector Vecinal del monto de la multa cancelada se otorgara: * 25% = Al Inspector o Inspectores Vecinales que informen sobre la infraccion. * 5% = Para Fondos del Consejo de Gobierno Zonal. Valor de hasta 03 fotos tomadas para acreditar infraccion cometida. Equivalente al 2,50 por cada foto. Articulo 17º.- Constituye obligacion ineludible de los Inspectores Vecinales asistir a todos los cursos de capacitacion que organice la Direccion de Saneamiento Ambiental y Ecologia. DISPOSICIONES TRANSITORIAS Primera.- La Oficina Municipal Zonal, en el termino de 30 a 120 dias promovera la convocatoria y eleccion de Inspectores Vecinales, en coordinacion con las Organizaciones de Pobladores (Conforme al inciso "e" del Articulo 4º de la presente) de la jurisdiccion. Segunda.- Para efectos de cautelar la limpieza publica, el ornato y la defensa y cuidado de las areas verdes y la ecologia, mientras se desarrolle el MORDAZA de convocatoria y eleccion, referido en la disposicion que antecede, la Direccion de Saneamiento Ambiental y Ecologia de la Municipalidad de Comas, en coordinacion con las Oficinas Municipales Zonales y los Consejos de Gobierno Zonal que correspondan, designara inspectores vecinales con las mismas atribuciones establecidas en la presente Ordenanza. DISPOSICIONES FINALES Primera.- Encargar a la Direccion de Saneamiento Ambiental y Ecologia la evaluacion mensual sobre el cumplimiento de la presente Ordenanza y las recomendaciones de las modificatorias que la aplicacion de la misma lo requiera. Segunda.- Incluyese a la presente el Reglamento de Aplicacion de Sanciones Administrativas aprobado por la Ordenanza Nº 023-99-C/MC, en todo lo relacionado a Limpieza Publica y Parques y Jardines . Tercera.- Establecer con el 35% del monto total de la multa cancelada impuestas en aplicacion de la presente Ordenanza, el fondo especial para el cumplimiento del Articulo 16º de la presente. POR TANTO: Mando se registre, publique y cumpla. MORDAZA MORDAZA CRUCES MORDAZA

INFRACCIONES Y SANCIONES RELATIVAS A LA LIMPIEZA PUBLICA DE COMAS ORDENANZA Nº 02-96- C/MC
INFRACCIONES a) Sacar la basura MORDAZA o despues del horario establecido para el paso del vehiculo recolector. b) Arrojar basura, desmonte o poda de jardines a la via publica. c) Ensuciar las vias publicas como resultado de las actividades que se realicen en el comercio ambulatorio el transporte y otras actividades urbanas. d) No, limpiar el techo, fachada y vereda fronteriza de la vivienda o locales comerciales, industriales y/o servicios. e) Quemar basura en la via publica f) Arrojar aguas servidas a la via publica g) Abandonar en la via publica por mas de dos dias los desmontes provenientes de obras, aperturas de zanjas y materiales de construccion. h) Abandonar en la via publica el material proveniente de la limpieza de las redes publicas de desague. i) Incinerar en el interior de edificios o viviendas j) Inundar la via publica con aguas servidas, provenientes del sistema de alcantarillado. k) Almacenar basura y desechos solidos urbanos en areas ubicadas dentro del perimetro MORDAZA, asi como su transporte para su comercializacion. l) Arrojar o dejar desperdicios en las riberas del rio Chillon. *Las personas que utilicen triciclos, carretillas, para arrojar desmonte o basura, seran sancionados con retencion del vehiculo hasta el pago de la multa. *Las personas que utilicen, camiones volquetes, etc, arrojen desmonte o basura seran sancionados con una multa, sin perjuicio de recogerlo y encargarse de su disposicion final. SANCIONES 1.% U.I.T. 2.% U.I.T. 2% U.I.T.

1.% U.I.T. 2.% U.I.T. 1.% U.I.T. 2.% U.I.T.

5.% U.I.T. 2.% U.I.T. 15.% U.I.T. 5.% U.I.T.

4% U.I.T. 3% U.I.T.

15% U.I.T.

15563

Aprueban estructura y establecen funciones del Consejo de Desarrollo Distrital de Comas - CODEDICO
ORDENANZA Nº 023-2000-C/MC Comas, 3 de noviembre de 2000 EL MORDAZA DE LA MUNICIPALIDAD DISTRITAL DE COMAS. POR CUANTO: EL CONCEJO DISTRITAL DE COMAS EN SESION EXTRAORDINARIA DE CONCEJO DE LA FECHA Y, VISTO: En sesion extraordinaria de la fecha, el Dictamen de la Comision de Promocion Social y Cultural el Proyecto de Ordenanza de Regulacion del Consejo de Desarrollo Distrital de Comas (CODEDICO). CONSIDERANDO: Que, el Consejo de Desarrollo Distrital de Comas (CODEDICO), constituye el modelo de Gestion del Desarrollo del distrito que debe permitir la articulacion de los espacios de participacion y concertacion para la Planificacion y Gestion del Desarrollo Integral del distrito de Comas; Que, igualmente a traves de dicho mecanismo se expresa la participacion integral de las Autoridades Municipales, como de los representantes de las Organizaciones Sociales, economicas y culturales, de los representantes de Instituciones Publicas y Privadas del distrito, de las Organizaciones No Gubernamentales de Desarrollo y de los Concejos de Gobierno y Desarrollo zonal; Que, el Consejo de Desarrollo Distrital de Comas, es el Organismo Ejecutivo y de Direccion del modelo de Gestion, que debe permitir entre otros la formulacion, gestion y evaluacion del Plan Integral de Desarrollo;

Deseo borrar mis datos personales que aparecen en esta página.