Norma Legal Oficial del día 18 de enero del año 2001 (18/01/2001)


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TEXTO DE LA PÁGINA 91

MORDAZA, jueves 18 de enero de 2001

NORMAS LEGALES

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Que, es conveniente establecer la regulacion del Consejo de Desarrollo Distrital de Comas, de definir los roles y funciones de cada uno de sus componentes; En uso de las facultades conferidas por la Ley Organica de Municipalidades Nº 23853, el Pleno de Concejo por unanimidad acuerda aprobar la siguiente: ORDENANZA DE REGULACION DEL CONSEJO DE DESARROLLO DISTRITAL DE COMAS CAPITULO I DEFINICION Y ESTRUCTURA DEL CONSEJO DE DESARROLLO DISTRITAL DE COMAS Articulo 1º.- El Consejo de Desarrollo Distrital de Comas, llamado CODEDICO es el modelo de gestion del distrito que define la creacion y/o reconocimiento de los espacios de concertacion para la planificacion y gestion del desarrollo integral del distrito de Comas y la forma en que participan en dicha gestion. Asimismo, regula la formulacion, gestion y evaluacion del Plan Integral de Desarrollo. Articulo 2º.- Las instituciones reguladas por este modelo de gestion, en todo lo concerniente a su participacion en la formulacion, gestion y evaluacion del Plan Integral de Comas, son: a) La Municipalidad. b) Las Organizaciones sociales, vecinales, economicas, culturales y deportivas c) Las Instituciones publicas y privadas. d) Las Empresas privadas del distrito. Articulo 3º.- Los niveles organizativos del modelo de gestion participan de la siguiente estructura organica: 1. Asamblea Distrital de Desarrollo 2. Consejo de Desarrollo Distrital de Comas (CODEDICO) 3. Comite Ejecutivo 4. Comite Asesor 5. Consejos por lineas estrategicas distritales y mesas de concertacion 6. Consejos de Gobierno y Desarrollo Zonal. CAPITULO II ASAMBLEA DISTRITAL DE DESARROLLO Articulo 4º.- La Asamblea Distrital de Desarrollo se constituye como la MORDAZA instancia de gobierno y concertacion del modelo de gestion, en donde se articulan y participan el conjunto de las organizaciones e instituciones que se encuentran en los espacios de concertacion sectoriales y territoriales. Articulo 5º.- Se compone de la siguiente manera: a) El Alcalde. b) Los regidores de la Municipalidad. c) Representantes de las organizaciones sociales, vecinales, economicas, culturales y deportivas, que participan en los espacios de concertacion del modelo de gestion. d) Representantes de instituciones publicas y privadas del distrito, que intervienen en los espacios de concertacion del modelo de gestion. e) Organizaciones no gubernamentales de desarrollo. f) Miembros de los Consejos de Gobierno y Desarrollo Zonal g) Ciudadanos interesados en el desarrollo del distrito. Articulo 6º.- El MORDAZA preside la Asamblea Distrital la que es convocada por el pleno del CODEDICO dos veces al ano. Articulo 7º.- Las funciones y atribuciones de la Asamblea Distrital de Desarrollo son las siguientes: a) Aprobar el Plan Integral de Desarrollo, balances y Planes Anuales en concordancia con el Presupuesto Anual y Funcional de la Municipalidad de Comas.

b) Aprobar modificaciones al Plan Integral, formuladas por los espacios de concertacion. c) Aprobar el Informe Anual del Plan Integral de Desarrollo. CAPITULO III CONSEJO DE DESARROLLO DISTRITAL DE COMAS (CODEDICO) Articulo 8º.- El Consejo de Desarrollo Distrital de Comas (CODEDICO) es el organo ejecutivo y de direccion del modelo de gestion, siendo su composicion organica la siguiente: a) Alcalde. b) Los Presidentes de los Consejos de Gobierno y Desarrollo Zonal c) Un representante elegido en cada una de las Comisiones de las lineas estrategicas identificadas en el Plan Integral de Desarrollo. d) Un representante elegido en cada uno de los espacios de concertacion que trabajan con el Plan Integral de Desarrollo. e) Nueve regidores elegidos en el Concejo Municipal en concordancia con los nueve espacios de concertacion. Articulo 9º.- El MORDAZA preside y convoca a las reuniones en forma ordinaria. Se realizaran reuniones ordinarias cada 3 meses y extraordinarias cuando el MORDAZA o un MORDAZA de los miembros del CODEDICO lo soliciten, por escrito y con agenda especifica. Articulo 10º.- Son funciones y atribuciones del CODEDICO las siguientes: a) Formulacion, gestion y evaluacion del Plan Integral de Desarrollo. b) Coordinar y supervisar los planes por lineas estrategicas, mesas de concertacion y consejos de desarrollo zonal, en funcion de la vision, lineas y objetivos del Plan Integral. c) Convocar y concertar con otros agentes y actores del distrito para el desarrollo local. d) Gestionar recursos para la implementacion de los programas y proyectos asi como el cumplimiento de sus funciones. e) Participar con voz en las sesiones del Concejo Municipal cuando se apruebe el Presupuesto y el Plan de Inversiones Anual a traves de un representante designado para tal fin por el CODEDICO, en concordancia al Reglamento Interno de Concejo. f) Formular propuestas normativas y administrativas para la implementacion del Plan Integral de Desarrollo a traves de un representante designado para tal fin por el CODEDICO, en concordancia al Reglamento Interno de Concejo. g) Presentar y sustentar ante el Concejo Municipal las propuestas de programas y proyectos a ejecutar a traves de un representante designado para tal fin por el CODEDICO, en concordancia con el Reglamento Interno de Concejo. h) Presentar un Informe Anual para exponer los avances del Plan Integral de Desarrollo ante la Asamblea Distrital. i) Sistematizar y coordinar los presupuestos de las instituciones que participan en el Plan Integral de Desarrollo. Articulo 11º.- La temporalidad de las personas miembros del CODEDICO esta en relacion directa a cada espacio de concertacion o institucion de la que es representante. CAPITULO IV COMITE EJECUTIVO Articulo 12º.- El Comite Ejecutivo es el organo encargado de la coordinacion del Plan Integral de Desarrollo,

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