Norma Legal Oficial del día 04 de febrero del año 2001 (04/02/2001)


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NORMAS LEGALES

MORDAZA, MORDAZA 4 de febrero de 2001

tracion a traves de su Informe Nº 010-2001-OA/MVMT y por la Direccion Municipal a traves de su Proveido Nº 137-01DM/MVMT; Que, corresponde al Pleno del Concejo pronunciarse sobre esta Situacion como MORDAZA Organo de Gobierno Local; De conformidad con los Arts. 36º, Inc. 3) y 110º de la Ley Nº 23853 - Organica de Municipalidades; asi como Art. 21º de la Ley Nº 26850 - de Contrataciones y Adquisiciones del Estado y su Reglamento aprobado por D.S. Nº 039-98-PCM; con el MORDAZA Unanime de los senores Regidores; y con la dispensa de lectura y aprobacion del Acta; SE ACUERDA: Articulo Primero.- DECLARAR en Situacion de Urgencia la adquisicion de productos para el Programa Distrital del Vaso de Leche en MORDAZA MORDAZA del Triunfo, por el termino de 90 dias; por las razones expuestas en la parte considerativa de este Acuerdo. Articulo Segundo.- AUTORIZAR al MORDAZA distrital a adoptar todas las acciones y medidas administrativas que correspondan para que se cumpla el objetivo propuesto a traves de esta Disposicion. Articulo Tercero.- DISPONER que la administracion de cuenta al Concejo de las acciones realizadas durante la vigencia de la Situacion de Urgencia declarada, a la culminacion del plazo estipulado en el Articulo Primero del presente Acuerdo. Articulo Cuarto.- Poner en conocimiento este Acuerdo a la Comision de Presupuesto y Cuenta General del Congreso de la Republica, Ministerio de Economia y Finanzas y Contraloria General de la Republica; de acuerdo al Art. 189º de la Ley Nº 26850 - de Contrataciones y Adquisiciones del Estado; asi como a las instancias que correspondan. MORDAZA MORDAZA del Triunfo, 29 de enero del 2001 Registrese, comuniquese, publiquese y cumplase. MORDAZA IPENZA MORDAZA MORDAZA 17517

MUNICIPALIDAD PROVINCIAL DEL CALLAO
Inician procedimiento disciplinario a ex funcionarios de la municipalidad
RESOLUCION DE ALCALDIA Nº 000018 Callao, 1 de febrero de 2001 EL MORDAZA DE LA MUNICIPALIDAD PROVINCIAL DEL CALLAO VISTO, el Memorandum Nº 299-96-MPC/OGAI-OAA remitido por el Director General de Auditoria Interna, a traves del cual adjunta el Informe Nº 10-94-MPC-IG - Informe Largo de Auditoria sobre los Estados Financieros al 31.12.1994 de la Municipalidad Provincial del Callao, acerca de la presunta responsabilidad administrativa de ex funcionarios de esta Entidad Edil; el Acta de fecha 2 de diciembre de 2000 y el Informe Nº 005-2000-MPC/CEPAD de la Comision Especial de Procesos Administrativos Disciplinarios; y, CONSIDERANDO: Que, mediante el Memorandum de visto el Director General de Auditoria Interna, adjunta el Informe Nº 10-94MPC-IG - Informe Largo de Auditoria sobre los Estados Financieros al 31.12.1994 de la Municipalidad Provincial del Callao, el cual contiene una serie de observaciones que determina la presunta responsabilidad de ex funcionarios de esta Corporacion Edil; Que, en la Observacion 3.7. (Conclusion Nº 11.5) del citado Informe de Auditoria, se indica que mediante Adjudicacion Directa en base a la evaluacion de 3 propuestas economicas, se adjudico a las Empresas "Representaciones MORDAZA S.R.L." y "Servicios Logisticos Class S.R.L.", para que cubran el servicio temporal de recursos humanos, cuyos contratos han sido suscritos simultaneamente con fecha 3 de enero de 1994 por iguales conceptos y condiciones, sin embar-

go, teniendo en cuenta el monto y por ser un gasto previsible correspondia ser sometido al requisito de la Licitacion Publica para identificar la mejor oferta, lo cual constituye inobservancia de lo dispuesto en el Art. 6º de la Ley Nº 26268 del Presupuesto vigente para el ano 1994 y las exigencias contenidas en el Reglamento Unico de Adquisiciones (vigente a esa epoca), comprometiendo la presunta responsabilidad administrativa del ex Director General de Administracion MORDAZA MANCHEGO MORDAZA y el ex Director de Abastecimiento Sr. MORDAZA MORDAZA MATURRANO; por la falta administrativa tipificada en el Art. 28º Incs. a), d) y h), del Decreto Legislativo Nº 276, por el incumplimiento de las obligaciones inherentes a sus cargos, contenidas en el Art. 21º Incs. a), b) y d), y la triple responsabilidad que senala el Art. 25º, todos del mismo Texto Legal; siendo aplicables los Arts. 126º, 129º y 150º del Decreto Supremo Nº 005-90-PCM; Que, en la Observacion 3.8. (Conclusion Nº 11.6) del antedicho Informe de Auditoria, se indica que no se ha contado con el minimo de 3 cotizaciones de precios en la adquisicion directa de una computadora personal a la firma "Ingenieria Digital S.A.", por S/. 4,993.58 (C.P. Nº 24696 del 28/12/94 Partida 14.10), lo que no permite garantizar que dicha adquisicion se MORDAZA realizado en las mejores condiciones economicas para la Municipalidad Provincial del Callao, lo cual incumple lo senalado las exigencias de la Ley Anual de Presupuesto para 1994 y el Articulo 4.5.3 del Reglamento Unico de Adquisiciones; comprometiendo la presunta responsabilidad administrativa del ex Director de Abastecimiento Sr. MORDAZA MORDAZA MORDAZA, falta administrativa tipificada en el Art. 28º Incs. a), d) y h) del Decreto Legislativo Nº 276, por el incumplimiento de las obligaciones inherentes a su cargo, contenidas en el Art. 21º Incs. a), b) y d), y la triple responsabilidad que senala el Art. 25º, todos del mismo Texto Legal; siendo aplicables los Arts. 126º, 129º y 150º del Decreto Supremo Nº 00590-PCM; Que, en la Observacion 3.9. (Conclusion Nº 11.7) del antedicho Informe de Auditoria, se indica que la Contratacion del Servicio de Alquiler de Maquinaria Pesada para el Recojo de Residuos Solidos durante el ano 1994, fue llevado a cabo en base a 3 propuestas economicas, cuando por el monto (S/. 1.512.118.00), correspondia que su contratacion sea mediante Licitacion Publica, incumpliendo el Art. 6º de la Ley Nº 26268 de la Ley Anual de Presupuesto del ano 1994; comprometiendo la presunta responsabilidad Administrativa del ex Director General de Administracion Sr. MORDAZA MANCHEGO MORDAZA y los ex Directores de Abastecimiento y Servicios Auxiliares Sres. MORDAZA MORDAZA MORDAZA y MORDAZA MORDAZA MANFREDY VOUDER HEIDE; por el incumplimiento de las obligaciones inherentes a sus cargos, contenidas en el Art. 21º Incs. a), b) y d); falta administrativa tipificada en el Art. 28º Incs. a), d) y h) del Decreto Legislativo Nº 276, siendo aplicable el Art. 25º del mismo Texto Legal, y los Arts. 126º, 129º y 150º del Decreto Supremo Nº 00590-PCM; Que, de conformidad con el Articulo 16º Inc. f) de la Ley del Sistema Nacional de Control - Ley Nº 26162, "SON ATRIBUCIONES DEL SISTEMA CONSIDERAR QUE LOS INFORMES Y/O DICTAMENES RESULTADOS DE UNA ACCION DE CONTROL, CONSTITUYEN PRUEBA PRECONSTITUIDA PARA LA INICIACION DE LAS ACCIONES ADMINISTRATIVAS Y/O LEGALES A QUE HUBIERA LUGAR"; Estando a lo expuesto y a las recomendaciones de la Comision Especial de Procesos Administrativos Disciplinarios, de conformidad con el Articulo 167º del D.S. Nº 00590-PCM, y en ejercicio de las atribuciones que le confiere al MORDAZA el Art. 47º incisos 6) y 13) de la Ley Organica de Municipalidades - Ley Nº 23853; SE RESUELVE: Articulo Primero.- INSTAURAR MORDAZA Administrativo Disciplinario, por los fundamentos detallados en los considerandos de la presente Resolucion, a los siguientes ex funcionarios de esta Entidad Edil:
1. MORDAZA MANCHEGO MORDAZA, EX DIRECTOR GENERAL DE ADMINISTRACION - F-3. 2. SR. MORDAZA MORDAZA MORDAZA, EX DIRECTOR DE ABASTECIMIENTO - F-2. 3. SR. MORDAZA MORDAZA MORDAZA, EX DIRECTOR DE ABASTECIMIENTO - F-2. 4. SR. MORDAZA MORDAZA MANFREDY VOUDER HEIDE, EX DIRECTOR DE LA OFICINA DE ABASTECIMIENTO Y SERVICIOS AUXILIARES - F-2.

Articulo Segundo.- ENCARGAR a la Comision Especial de Procesos Administrativos Disciplinarios, el procesamiento de los ex funcionarios materia de la presente Resolucion, con estricta observancia de las normas legales y sujecion al debido MORDAZA, dentro del plazo MORDAZA que establece el Articulo 163º del D.S. Nº 005-90-PCM, bajo responsabilidad. Registrese, comuniquese y cumplase. MORDAZA M. KOURI BUMACHAR MORDAZA del Callao 17513

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