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Pág. 198194 NORMAS LEGALES Lima, domingo 4 de febrero de 2001 tración a través de su Informe Nº 010-2001-OA/MVMT y por la Dirección Municipal a través de su Proveído Nº 137-01- DM/MVMT; Que, corresponde al Pleno del Concejo pronunciarse so- bre esta Situación como máximo Organo de Gobierno Local; De conformidad con los Arts. 36º, Inc. 3) y 110º de la Ley Nº 23853 - Orgánica de Municipalidades; así como Art. 21º de la Ley Nº 26850 - de Contrataciones y Adquisiciones del Estado y su Reglamento aprobado por D.S. Nº 039-98-PCM; con el Voto Unánime de los señores Regidores; y con la dispensa de lectura y aprobación del Acta; SE ACUERDA: Artículo Primero.- DECLARAR en Situación de Urgen- cia la adquisición de productos para el Programa Distrital del Vaso de Leche en Villa María del Triunfo, por el término de 90 días; por las razones expuestas en la parte considera- tiva de este Acuerdo. Artículo Segundo.- AUTORIZAR al Alcalde distrital a adoptar todas las acciones y medidas administrativas que correspondan para que se cumpla el objetivo propuesto a través de esta Disposición. Artículo Tercero.- DISPONER que la administración dé cuenta al Concejo de las acciones realizadas durante la vigencia de la Situación de Urgencia declarada, a la culminación del plazo estipulado en el Artículo Primero del presente Acuerdo. Artículo Cuarto.- Poner en conocimiento este Acuerdo a la Comisión de Presupuesto y Cuenta General del Congreso de la República, Ministerio de Economía y Finanzas y Con- traloría General de la República; de acuerdo al Art. 189º de la Ley Nº 26850 - de Contrataciones y Adquisiciones del Estado; así como a las instancias que correspondan. Villa María del Triunfo, 29 de enero del 2001 Regístrese, comuníquese, publíquese y cúmplase. WASHINGTON IPENZA PACHECO Alcalde 17517 MUNICIPALIDAD PROVINCIAL DEL CALLAO Inician procedimiento disciplinario a ex funcionarios de la municipalidad RESOLUCIÓN DE ALCALDÍA Nº 000018 Callao, 1 de febrero de 2001 EL ALCALDE DE LA MUNICIPALIDAD PROVINCIAL DEL CALLAO VISTO, el Memorándum Nº 299-96-MPC/OGAI-OAA re- mitido por el Director General de Auditoría Interna, a través del cual adjunta el Informe Nº 10-94-MPC-IG - Informe Largo de Auditoría sobre los Estados Financieros al 31.12.1994 de la Municipalidad Provincial del Callao, acerca de la presunta responsabilidad administrativa de ex funcio- narios de esta Entidad Edil; el Acta de fecha 2 de diciembre de 2000 y el Informe Nº 005-2000-MPC/CEPAD de la Comi- sión Especial de Procesos Administrativos Disciplinarios; y, CONSIDERANDO: Que, mediante el Memorándum de visto el Director General de Auditoría Interna, adjunta el Informe Nº 10-94- MPC-IG - Informe Largo de Auditoría sobre los Estados Financieros al 31.12.1994 de la Municipalidad Provincial del Callao, el cual contiene una serie de observaciones que determina la presunta responsabilidad de ex funcionarios de esta Corporación Edil; Que, en la Observación 3.7. (Conclusión Nº 11.5) del citado Informe de Auditoría, se indica que mediante Adjudi- cación Directa en base a la evaluación de 3 propuestas económicas, se adjudicó a las Empresas "Representaciones Omar S.R.L." y "Servicios Logísticos Class S.R.L.", para que cubran el servicio temporal de recursos humanos , cuyos contratos han sido suscritos simultáneamente con fecha 3 de enero de 1994 por iguales conceptos y condiciones, sin embar-go, teniendo en cuenta el monto y por ser un gasto previsible correspondía ser sometido al requisito de la Licitación Públi- ca para identificar la mejor oferta, lo cual constituye inobser- vancia de lo dispuesto en el Art. 6º de la Ley Nº 26268 del Presupuesto vigente para el año 1994 y las exigencias conte- nidas en el Reglamento Unico de Adquisiciones (vigente a esa época), comprometiendo la presunta responsabilidad administrativa del ex Director General de Administración JOSE MANCHEGO BARRIOS y el ex Director de Abasteci- miento Sr. DANIEL TORRES MATURRANO; por la falta administrativa tipificada en el Art. 28º Incs. a), d) y h), del Decreto Legislativo Nº 276, por el incumplimiento de las obligaciones inherentes a sus cargos, contenidas en el Art. 21º Incs. a), b) y d), y la triple responsabilidad que señala el Art. 25º, todos del mismo Texto Legal; siendo aplicables los Arts. 126º, 129º y 150º del Decreto Supremo Nº 005-90-PCM; Que, en la Observación 3.8. (Conclusión Nº 11.6) del antedi- cho Informe de Auditoría, se indica que no se ha contado con el mínimo de 3 cotizaciones de precios en la adquisición directa de una computadora personal a la firma "Ingeniería Digital S.A.", por S/. 4,993.58 (C.P. Nº 24696 del 28/12/94 Partida 14.10), lo que no permite garantizar que dicha adquisición se haya realizado en las mejores condiciones económicas para la Municipalidad Pro- vincial del Callao, lo cual incumple lo señalado las exigencias de la Ley Anual de Presupuesto para 1994 y el Artículo 4.5.3 del Reglamento Unico de Adquisiciones; comprometiendo la presun- ta responsabilidad administrativa del ex Director de Abasteci- miento Sr. JOSE ROCA MORALES, falta administrativa tipifi- cada en el Art. 28º Incs. a), d) y h) del Decreto Legislativo Nº 276, por el incumplimiento de las obligaciones inherentes a su cargo, contenidas en el Art. 21º Incs. a), b) y d), y la triple responsabili- dad que señala el Art. 25º, todos del mismo Texto Legal; siendo aplicables los Arts. 126º, 129º y 150º del Decreto Supremo Nº 005- 90-PCM; Que, en la Observación 3.9. (Conclusión Nº 11.7) del antedi- cho Informe de Auditoría, se indica que la Contratación del Servicio de Alquiler de Maquinaria Pesada para el Recojo de Residuos Sólidos durante el año 1994, fue llevado a cabo en base a 3 propuestas económicas, cuando por el monto (S/. 1.512.118.00), correspondía que su contratación sea mediante Licitación Públi- ca, incumpliendo el Art. 6º de la Ley Nº 26268 de la Ley Anual de Presupuesto del año 1994; comprometiendo la presunta respon- sabilidad Administrativa del ex Director General de Adminis- tración Sr. JOSE MANCHEGO BARRIOS y los ex Directores de Abastecimiento y Servicios Auxiliares Sres. DANIEL TORRES MATURRANO y JUAN CARLOS MANFREDY VOUDER HEI- DE; por el incumplimiento de las obligaciones inherentes a sus cargos, contenidas en el Art. 21º Incs. a), b) y d); falta adminis- trativa tipificada en el Art. 28º Incs. a), d) y h) del Decreto Legislativo Nº 276, siendo aplicable el Art. 25º del mismo Texto Legal, y los Arts. 126º, 129º y 150º del Decreto Supremo Nº 005- 90-PCM; Que, de conformidad con el Artículo 16º Inc. f) de la Ley del Sistema Nacional de Control - Ley Nº 26162, "SON ATRIBU- CIONES DEL SISTEMA CONSIDERAR QUE LOS INFOR- MES Y/O DICTAMENES RESULTADOS DE UNA ACCION DE CONTROL, CONSTITUYEN PRUEBA PRECONSTITUI- DA PARA LA INICIACION DE LAS ACCIONES ADMI- NISTRATIVAS Y/O LEGALES A QUE HUBIERA LUGAR"; Estando a lo expuesto y a las recomendaciones de la Comisión Especial de Procesos Administrativos Discipli- narios, de conformidad con el Artículo 167º del D.S. Nº 005- 90-PCM, y en ejercicio de las atribuciones que le confiere al Alcalde el Art. 47º incisos 6) y 13) de la Ley Orgánica de Municipalidades - Ley Nº 23853; SE RESUELVE: Artículo Primero.- INSTAURAR Proceso Adminis- trativo Disciplinario, por los fundamentos detallados en los considerandos de la presente Resolución, a los siguientes ex funcionarios de esta Entidad Edil: 1. JOSE MANCHEGO BARRIOS, EX DIRECTOR GENERAL DE ADMINISTRACION - F-3. 2. SR. DANIEL TORRES MATURRANO, EX DIRECTOR DE ABASTECIMIENTO - F-2. 3. SR. JOSE ROCA MORALES, EX DIRECTOR DE ABASTECIMIENTO - F-2. 4. SR. JUAN CARLOS MANFREDY VOUDER HEIDE, EX DIRECTOR DE LA OFICINA DE ABASTECIMIENTO Y SERVICIOS AUXILIARES - F-2. Artículo Segundo.- ENCARGAR a la Comisión Especial de Procesos Administrativos Disciplinarios, el procesamiento de los ex funcionarios materia de la presente Resolución, con estricta observancia de las normas legales y sujeción al debido proceso, dentro del plazo máximo que establece el Artículo 163º del D.S. Nº 005-90-PCM, bajo responsabilidad. Regístrese, comuníquese y cúmplase. ALEXANDER M. KOURI BUMACHAR Alcalde del Callao 17513