TEXTO PAGINA: 28
Pág. 198186 NORMAS LEGALES Lima, domingo 4 de febrero de 2001 Que, el inciso f) del Artículo 19º de la Ley de Contrata- ciones y Adquisiciones del Estado Nº 26850, señala que están exonerados del requisito de los Procesos de Selección, las adquisiciones y contrataciones que hayan sido declarado DESIERTO en dos oportunidades; Que, por consiguiente, al haberse declarado DESIERTO en dos oportunidades la Adjudicación Directa con Publicación Nº 004-2000-CE/MDLV, es procedente autorizar en vía de excep- ción, la Contratación del Servicio de Asesoría Legal Externa para la Atención y Seguimiento de Procesos Penales, por el período comprendido de febrero a diciembre del año 2001, a través de una Adjudicación Directa de Menor Cuantía; Que, de acuerdo a lo señalado en el inciso c) del Artículo 20º de la Ley de Contrataciones y Adquisiciones del Estado Nº 26850, la Exoneración del Proceso de Selección debe ser Aprobado por Resolución de la Máxima Autoridad de la Entidad; Que, para los efectos anteriormente referidos, es necesa- rio la formalización del Acto Administrativo que apruebe la exoneración del Proceso de Selección antes referido; Estando a lo expuesto, de conformidad con la Ley Nº 26850 "Ley de Contrataciones y Adquisiciones del Estado" y su reglamento aprobado por D.S. Nº 039-98-PCM, y en uso de las facultades que confiere el inciso 6) del Artículo 47º de la Ley Orgánica de Municipalidades Nº 23853; SE RESUELVE: 1. Aprobar la Contratación del Servicio de Asesoría Legal Externa para la Atención y Seguimiento de Procesos Pena- les, a través de la modalidad de Adjudicación Directa de Menor Cuantía, hasta por un monto de S/. 110,000.00 (Cien- to diez mil y 00/100 Nuevos Soles). 2. Encargar a la Secretaría General de la Municipalidad de La Victoria, ponga de conocimiento de la presente Resolu- ción a la Comisión de Presupuesto y Cuenta General del Congreso de la República, del Ministro de Economía y Finan- zas y de la Contraloría General de la República, dentro del plazo establecido por la Ley. 3. Disponer la publicación de la presente Resolución en el Diario Oficial El Peruano. 4. Encargar a la Unidad de Logística, el cumplimiento de lo dispuesto en el Artículo Primero de la presente Resolución. Regístrese, comuníquese y cúmplase. JORGE BONIFAZ CARMONA Alcalde 17520 MUNICIPALIDAD DE MIRAFLORES Establecen montos de remuneración y dieta que percibirán alcalde y regi- dores durante el ejercicio presupues- tal 2001 ACUERDO DE CONCEJO Nº 05 Miraflores, 24 de enero de 2001 EL ALCALDE DE LA MUNICIPALIDAD DE MIRAFLORES POR CUANTO: El Concejo Distrital de Miraflores en Sesión Ordinaria de la fecha. CONSIDERANDO: Que de conformidad con lo dispuesto en la Ley Orgánica de Municipalidades, modificada por la Ley Nº 26317, el cargo de los Alcaldes y Regidores son rentados, conforme lo permi- ta su presupuesto y la disponibilidad de recursos propios de cada Municipalidad, previo Acuerdo del respectivo Concejo Municipal; Que mediante Acuerdo de Concejo Nº 01-2000-ACDM de fecha 12 de enero del 2000 se determinó tanto la remunera- ción neta mensual que por el ejercicio de su función corres- ponde percibir al señor Alcalde, como el monto de la dieta que percibirá cada Regidor por su asistencia efectiva a cada Sesión de Concejo, abonándose hasta un máximo de dossesiones por mes, durante el ejercicio presupuestal del año 2000; Que dada la situación económica por la que atraviesa el país, es necesario mantener para el ejercicio 2001 las remu- neraciones establecidas en el mencionado Acuerdo de Conce- jo; De conformidad con lo establecido en los Artículos 21º, 36º - Inc. 15), 109º y 110º de la Ley Orgánica de Municipalidades, el Concejo por UNANIMIDAD y con dispensa de la lectura y aprobación del acta; ACORDÓ: Artículo Primero.- Mantener para el ejercicio presu- puestal 2001, el Acuerdo de Concejo Nº 001-2000-ACDM de fecha 12 de enero del 2000, que fija tanto la remuneración neta mensual del señor Alcalde, como el monto de la dieta que percibirá cada Regidor por su asistencia efectiva a cada Sesión de Concejo, abonándose hasta un máximo de dos sesiones al mes, entendiéndose que la Unidad Impositiva Tributaria (UIT) aplicable es el vigente. Artículo Segundo.- Encargar a la Dirección de Admi- nistración y Finanzas el cumplimiento del presente Acuerdo. POR TANTO: Regístrese, comuníquese, publíquese y cúmplase. GERMÁN KRUGER ESPANTOSO Teniente Alcalde Encargado de la Alcaldía 17497 Aprueban Tarifario de Servicios de la Municipalidad DECRETO DE ALCALDÍA Nº 01 Miraflores, 31 de enero de 2001 EL ALCALDE DE MIRAFLORES Visto el Proyecto del TARIFARIO DE SERVICIOS de la Municipalidad Distrital de Miraflores, presentado por la Oficina de Planificación, Presupuesto y Racionalización. CONSIDERANDO: Que, el Artículo 66º del Decreto Legislativo Nº 776, modificado por la Ley Nº 27180, establece que las tasas municipales son los tributos creados por los Concejos Muni- cipales cuya obligación tiene como hecho generador la pres- tación efectiva por la Municipalidad de un servicio público o administrativo reservados a las Municipalidades de acuerdo con la Ley Orgánica de Municipalidades; Que, asimismo la precitada norma legal establece expre- samente que no es tasa el pago que se recibe por un servicio de índole contractual, entendiéndose éste como el servicio que requiere el usuario a la Municipalidad en forma faculta- tiva o de su elección; Que, la Municipalidad de Miraflores ofrece al usuario una serie de servicios públicos que se indican en el proyecto de Tarifario de Servicios en donde figuran, además, las unidades orgánicas que las brindan y el precio al público correspondiente; De conformidad con lo dispuesto en el Artículo 111º de la Ley Orgánica de Municipalidades - Ley Nº 23853, regulan asuntos de orden general e interés para el vecindario y estando a las facultades otorgadas en el Artículo 47º numeral 6, de la indicada Ley; DECRETA: 1. Aprobar el TARIFARIO DE SERVICIOS de la Munici- palidad Distrital de Miraflores, en los rubros que se consig- nan en el anexo que forma parte constitutiva del presente dispositivo. 2. Encargar a la Dirección Municipal y a las demás dependencias de la Municipalidad involucradas en el Tarifa- rio de Servicios, velar en cuanto a sus competencias por el cumplimiento del presente Decreto. Regístrese, comuníquese y cúmplase. GERMÁN KRUGER ESPANTOSO Teniente Alcalde Encargado de la Alcaldía