Norma Legal Oficial del día 04 de febrero del año 2001 (04/02/2001)


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TEXTO DE LA PÁGINA 23

MORDAZA, MORDAZA 4 de febrero de 2001

NORMAS LEGALES

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MORDAZA de Lurigancho, se resolvio, de conformidad con el Plano signado con el Nº 001-2000-DCUC-DDU/MDSJL, declarar Cumplidas las Obras de Habilitacion MORDAZA para uso Residencial de Densidad Media "R-4", correspondiente al terreno de 69,192.05 m2, de propiedad de la ASOCIACION PRO VIVIENDA "LOS SUYOS", ubicado en el distrito su jurisdiccion, provincia y departamento de Lima; Que, segun el Plano vigente de Reajuste de Zonificacion General de MORDAZA Metropolitana aprobado por Ordenanza Nº 163 del 17 de MORDAZA de 1998, el terreno materia de habilitacion se encuentra calificado como Residencial de Densidad Media "R-3"; por lo que, la Resolucion expedida por la Municipalidad Distrital de San MORDAZA de Lurigancho no cumple con los Planes Urbanos, ya que en su Primer Articulo califica al mencionado terreno como Residencial de Media Densidad "R-4"; Que, el aludido terreno no se encuentra afectado por Via ni Equipamientos Metropolitanos, por lo que para el calculo de los aportes deberia de considerarse el integro de la habilitacion, es decir, el 13% de los 69,192.05 m2, equivalente a 8,994.96 m2 y no como se indica en Resolucion de Alcaldia Nº 427, expedida el 15 de marzo del 2000 por la Municipalidad Distrital de San MORDAZA de Lurigancho, en la que se senala un deficit de aportes en conjunto de 6,026.94 m2 (8.71%) quedando 4.29% de deficit de aportes, incorrectamente distribuidos, segun lo dispone el Reglamento Nacional de Construcciones; Que, mediante Informe Nº 189-2000-MML-DMDU-DHUDCO, de fecha 5 de agosto del 2000, se establece que la Resolucion de Alcaldia Distrital cuya ratificacion se pretende no cumple con los planos urbanos, al calificar a la presente habilitacion como Residencial de Media Densidad "R-4" siendo la zonificacion vigente la de Residencial de Media Densidad "R-3"; Con el visto MORDAZA de la Direccion de Habilitaciones Urbanas y de la Unidad Tecnico Legal, con lo recomendado por la Direccion Municipal de Desarrollo Urbano; y, De conformidad con la Ley Organica de Municipalidades Nº 23853, Ordenanzas Metropolitanas Nºs. 133, de fecha 22 de noviembre de 1997 y 273 del 27 de MORDAZA del 2000, Decreto de Alcaldia Nº 055-2000-MML, del 11 de MORDAZA del 2000, Edicto Metropolitano Nº 021 del 1 de MORDAZA de 1985, Reglamento Nacional de Construcciones y D.S. Nº 02-94-JUS; RESUELVE: Articulo Primero.- NO RATIFICAR la Resolucion de Alcaldia Nº 427, expedida el 15 de marzo del 2000 por la Municipalidad Distrital de San MORDAZA de Lurigancho, que resolvio, de conformidad con el Plano signado con el Nº 001-2000DCUC-DDU/MDSJL, declarar Cumplidas las Obras de Habilitacion MORDAZA para uso Residencial de Densidad Media "R-4", correspondiente al terreno de 69,192.05 m2, que corresponde al predio Nº P02137937 inscrito en el Registro Predial MORDAZA con un area de 68,864.05 m2, de propiedad de la ASOCIACION PRO VIVIENDA "LOS SUYOS", ubicado en el distrito de su jurisdiccion, provincia y departamento de Lima. Articulo Segundo.- TRANSCRIBASE la presente Resolucion a la Municipalidad Distrital de San MORDAZA de Lurigancho y al Registro Predial MORDAZA, para los fines pertinentes. Articulo Tercero.- DISPONGASE la publicacion de la presente Resolucion en el Diario Oficial El Peruano, la misma que estara a cargo de los interesados, en un plazo MORDAZA de 30 dias de notificada la presente Resolucion. Registrese, comuniquese y cumplase. MORDAZA MORDAZA LEMBCKE MORDAZA MORDAZA de MORDAZA Encargado de la Alcaldia 17516

restringido cuyos recorridos no comprendan el Carril Segregado de la Via Expresa y las vias del Sector Territorial I; Que, el Articulo MORDAZA del Decreto de Alcaldia Nº 001, faculta a la Direccion Municipal de Transporte MORDAZA a dictar los procedimientos y disposiciones complementarias para el cumplimiento de lo dispuesto en el referido Decreto; Que, la Resolucion Directoral Municipal Nº 607-2000MML/DMTU del 29 de octubre del 2000, senala que la vigencia de la Tarjeta de Circulacion es de un ano contado a partir de la fecha de su emision o hasta el vencimiento de la concesion; si esta se produce antes. En caso de que la concesion siga vigente los vehiculos deberan aprobar la constatacion de caracteristicas correspondiente; Que, asimismo, el Decreto Supremo Nº 055-2000-MTC del 30 de diciembre del 2000 establece la exigencia previa a la habilitacion de vehiculos mayores a 20 anos de antiguedad, el que los transportistas acrediten ante las Municipalidades Provinciales las condiciones mecanicas de los referidos vehiculos; Que, la Direccion Municipal de Transporte MORDAZA debe dictar los procedimientos para llevar a cabo el MORDAZA de Calificacion senalado en el primer considerando, para lo cual debe establecer el plazo en que se realizara dicho MORDAZA, las condiciones y los requisitos que deban aprobar las empresas; Que, mientras se realiza el MORDAZA de Calificacion debe darse validez a las Tarjetas de Circulacion que en la actualidad hayan vencido, hasta que concluya el plazo que se senale para el MORDAZA de Calificacion; De conformidad con lo dispuesto en la Ordenanza Municipal Nº 104, la Ordenanza Municipal Nº 131 y sus modificatorias, y en el Decreto de Alcaldia Nº 01; SE RESUELVE: Articulo Primero.- Dispongase que las Tarjetas de Circulacion de los vehiculos que pertenecen a la flota de las empresas de transporte comprendidas en los alcances del Articulo MORDAZA del Decreto de Alcaldia Nº 01 del 2 de enero del 2001 que se encuentren vencidas al 31 de diciembre del 2000, mantendran su vigencia hasta el 30 de junio del 2001. Articulo Segundo.- Para aprobar en el MORDAZA de calificacion dispuesto por el Articulo MORDAZA del Decreto de Alcaldia Nº 01 y obtener la Autorizacion Excepcional hasta el 31 de diciembre del 2002, las empresas de transporte autorizadas por la Municipalidad Metropolitana de MORDAZA, deberan cumplir con los siguientes requisitos: 1. Solicitud de Autorizacion Excepcional segun formato. 2. Ficha Literal de los Registros Publicos en el que se acredite la vigencia de Poderes de los representantes legales con una vigencia no menor a 2 meses a la fecha de MORDAZA de la solicitud. 3. Original del Certificado o MORDAZA de la Poliza de Seguro de la flota vehicular, segun los riesgos de accidentes personales para pasajeros, conductor, cobrador y terceros y por los montos estipulados en el Articulo 80º de la Ordenanza Nº 104, con una vigencia no menor a 3 meses a la MORDAZA de la solicitud. 4. Padron de Conductores-Cobradores quienes deberan haber llevado los cursos de Educacion Vial indicados por esta Direccion y encontrarse inscritos en el Registro de la Direccion de Estudios, Autorizaciones y Registro de la Direccion Municipal de Transporte MORDAZA conforme a los Articulos 27º y 30º de la Ordenanza Nº 104. 5. De la flota y del propietario del vehiculo: a) Acreditar como minimo el 60% de la flota requerida para las rutas de libre acceso y el 80% de la flota requerida para las rutas de acceso restringido. b) Las Verificaciones Fisicas que no tengan observaciones y que hayan sido realizadas a los vehiculos al MORDAZA de la Resolucion Directoral Municipal Nº 074-99-MML/DMTU en un plazo menor a un ano, sustituiran la Constatacion de Caracteristicas correspondiente. Las Verificaciones Fisicas MORDAZA referidas iran caducando progresivamente al cumplirse el ano de efectuadas. c) Los vehiculos mayores de 20 anos de antiguedad deberan acreditar las condiciones mecanicas a fin de que MORDAZA habilitados. d) Declaracion Jurada del propietario del Vehiculo, segun formato, con firma legalizada por notario publico de MORDAZA, donde manifieste expresamente su intencion de mantenerse en la flota vehicular de la solicitante. Articulo Tercero.- Las Empresas de Transporte Publico de Pasajeros, cuyas Autorizaciones o Concesiones venzan despues del 31 de diciembre del 2001 y MORDAZA del 31 de diciembre del 2002 podran acogerse a lo dispuesto en el Decreto de Alcaldia Nº 001 para lo cual deberan cumplir con lo dispuesto en el Articulo 2º de la presente Resolucion.

Prorrogan plazo de vigencia de tarjetas de circulacion de vehiculos pertenecientes a empresas de transporte comprendidas en los alcances del D.A. Nº 01
RESOLUCION DIRECTORAL MUNICIPAL Nº 008-01-MML/DMTU MORDAZA, 22 de enero de 2001 CONSIDERANDO: Que, mediante el Articulo MORDAZA del Decreto de Alcaldia Nº 01 del 2 de enero del 2001, se faculta a la Direccion Municipal de Transporte MORDAZA a llevar a cabo un MORDAZA de Calificacion para otorgar a las empresas que aprueben dicho MORDAZA, Autorizaciones Excepcionales hasta el 31 de diciembre del 2002. Dicha autorizacion comprende a las empresas que operan rutas en vias de libre acceso o de acceso

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