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Pág. 198184 NORMAS LEGALES Lima, domingo 4 de febrero de 2001 parqueo vehicular, declarándose zona de estacionamiento la Av. General Garzón cuadras 12, 13 y 14 lado impar; Que, habiéndose constatado el estacionamiento de ca- mionetas y camiones en la zona rígida de la Av. General Garzón, relacionada a la carga y descarga con la actividad comercial, se considera necesario fijar los horarios de circu- lación de los vehículos dedicados a dicha labor; De conformidad con lo establecido en el Art. 69º inciso 2), de la Ley Orgánica de Municipalidades, Ley Nº 23853, Ordenanza Nº 127 emitida por la Municipalidad Metropoli- tana de Lima, y demás normas reglamentarias; DECRETA: Artículo Primero.- Prohibir el transporte de carga y descarga en la Av. General Garzón, comprendida desde la cuadra 6 hasta la 15, en el horario desde las 08:00 horas hasta las 21:00 horas. Artículo Segundo.- Las empresas dedicadas a la activi- dad comercial de carga y descarga podrán realizar dicha labor en el horario de 21:00 horas hasta las 07:00 horas del día siguiente, con excepción de los días sábados, domingos y feriados que podrán efectuarlas durante las 24 horas del día. Artículo Tercero.- Encargar la supervisión y el cumpli- miento de lo dispuesto en el presente Decreto de Alcaldía a la Dirección de Infraestructura Urbana en coordinación con la Policía Nacional de Tránsito. Regístrese, comuníquese y cúmplase. FRANCISCA IZQUIERDO NEGRON Alcaldesa 17527 Disponen la conformación del Comité de Administración del Programa del Vaso de Leche de la Municipalidad para el período 2001-2002 RESOLUCIÓN DE ALCALDÍA Nº 031-2001/MJM Jesús María, 25 de enero de 2001 Visto, el Informe Nº 002-2001/PVL/DPSC/MJM de fecha 17 de enero de 2001, de la Administradora del Programa del Vaso de Leche; CONSIDERANDO: Que, el Gobierno Central transfirió la Administración del Vaso de Leche a las Municipalidades Distritales; Que, por Acuerdo de Concejo Nº 056-96/MJM, se crea el Comité de Administración del Programa de Vaso de Leche de la Municipalidad de Jesús María; Que, mediante Edicto Nº 001-99/MJM, se aprobó el Re- glamento de Organización y Funciones, que en su Artículo 91º inciso j) señala que dentro de las funciones generales de la Dirección de Promoción y Servicios Comunales, está la de programar, organizar y coordinar la implementación del Programa del Vaso de Leche, destinado exclusivamente a la población materno infantil, según Ley Nº 24059; Que, en cumplimiento del Art. 4º de la Ley Nº 26637 que dicta las pautas operativas de administración, así como lo dispuesto en la Resolución Directoral Nº 171-96-EF/76.01 Directiva para el Proceso Presupuestario de los Gobiernos Locales, que aprueba la Directiva Nº 002-97-EF/76.01, en su Artículo 20º inciso c) establece que el Comité debe estar conformado por el Alcalde quien lo preside, el Director de Administración o quien haga sus veces y dos representantes de los Clubes o Comités del Programa del Vaso de Leche; Que, mediante Resolución de Alcaldía Nº 218-2000/MJM se deja sin efecto la designación de la señora Eva López Menacho, como miembro del Comité de Administración del Programa del Vaso de Leche. Asimismo la señora Susana Pinedo presentó su cargo a disposición, debido a su estado de salud; Que, mediante el proceso de elección llevado a cabo con las Coordinadoras de Comités de Vaso de Leche se eligió a las dos representantes para conformar el Comité indicado en considerando precedente; Estando a lo expuesto y de conformidad con las facultades contenidas en el Artículo 47º inciso 6) de la Ley Orgánica de Municipalidades, Ley Nº 23853; SE RESUELVE: Artículo Primero.- Dejar sin efecto a partir de la fecha la conformación del Comité de Administración del Programadel Vaso de Leche, establecida en la Resolución de Alcaldía Nº 058-97/MJM, de fecha 19 de marzo de 1997. Artículo Segundo.- Conformar el Comité de Admi- nistración del Programa del Vaso de Leche de la Munici- palidad de Jesús María, por el período 2001 al 2002, el mismo que estará integrado de la siguiente manera: - Francisca Izquierdo Negrón, Alcaldesa, quien lo presi- dirá. - Lilia Romero de Ledesma, en su calidad de Directora de Promoción y Servicios Comunales. - Margarita López Pinedo, en su calidad de representante de Comités de Bases de Jesús María. - Marcia Yen Sandoval, en su calidad de representante de Comités de Bases de Jesús María. Artículo Tercero.- Encargar a la Dirección Municipal, Oficina de Administración, Dirección de Promoción y Servi- cios Comunales y Oficina de Presupuesto y Planificación el cumplimiento de la presente Resolución. Regístrese, comuníquese y cúmplase. FRANCISCA IZQUIERDO NEGRÓN Alcaldesa 17526 MUNICIPALIDAD DE LA MOLINA Autorizan contratar servicio de "Locación de servicios" mediante proceso de adjudicación directa de menor cuantía RESOLUCIÓN DE ALCALDÍA Nº 027-2001 La Molina, 31 de enero de 2001 EL ALCALDE DE LA MUNICIPALIDAD DE LA MOLINA VISTO: El Informe Nº 030-MDLM-OA-2001 de la Oficina de Administración en el cual solicitan se apruebe la exonera- ción al proceso de Concurso Público Nº 005-CE-2000 convo- cado para la contratación del servicio de "Locación de Servi- cios", por Situación de Urgencia para poder contratar directa- mente dicho servicio hasta que la Empresa que obtuvo la Buena Pro en dicho Concurso suscriba el contrato corres- pondiente; CONSIDERANDO: Que, la Municipalidad de La Molina requiere contratar para el ejercicio 2001 el Servicio de "Locación de Servicios", habiéndose convocado para ello al Concurso Público Nº 005- CE-2000, de conformidad con lo establecido en la Ley de Presupuesto para el Sector Público para el año 2000, la Ley Nº 26850, de Contrataciones y Adquisiciones del Estado y su Reglamento; Que, realizado el Concurso Público, debido a la presenta- ción de Observaciones, éste se dilató, otorgándose la Buena Pro el 12 de enero del presente año, por lo que, al amparo de lo establecido en el Artículo 42º de la Ley de Contrataciones y Adquisiciones del Estado, se procedió a comunicar al Consorcio que venía prestando el servicio en el año 2000 para que suscribiera una Addenda a efectos de que continúe brindando el servicio hasta que la nueva Empresa suscriba el contrato respectivo; Que, el Consorcio que venía prestando el servicio comu- nicó, mediante Expediente Nº 00206 de fecha 19 del presen- te, que están imposibilitados de acceder a suscribir la Adden- da solicitada; Que, lo ocurrido hace que estemos ante una "Situación de Urgencia", la cual está tipificada en el Artículo 21º de la Ley Nº 26850, debiendo seguirse con el procedimiento estableci- do en los Artículos 19º y 20º inciso c) de la Ley de Contrata- ciones y Adquisiciones del Estado; Estando a lo expuesto, contando con la opinión favorable de las Oficinas de Asesoría Jurídica y Administración y en uso de las facultades conferidas por el Artículo 47º de la Ley Nº 23853, Orgánica de Municipalidades;