Norma Legal Oficial del día 07 de febrero del año 2001 (07/02/2001)


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TEXTO DE LA PÁGINA 51

MORDAZA, miercoles 7 de febrero de 2001

NORMAS LEGALES

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Razones por las cuales y teniendo en cuenta el propio plazo que se requiere para llevar adelante el MORDAZA de Seleccion de Licitacion Publica, aplicable para la adquisicion del producto en mencion, es decir aproximadamente dos (2) meses, se ocasionaria la INMINENTE AUSENCIA DEL BIEN , comprometiendose en forma directa e inminente la continuidad de seguir atendiendo a los beneficiarios del Programa del Vaso de Leche de nuestra Municipalidad y asimismo teniendo en consideracion lo preceptuado por el Art. 21º de la Ley Nº 26850, justificaria la declaratoria en situacion de urgencia respecto de la adquisicion de dicho producto, para los meses de enero y febrero del 2001; Que, a su vez, considerando que la declaratoria de urgencia conlleva la exoneracion del MORDAZA de Licitacion Publica para la adquisicion del producto enriquecido lacteo, conforme lo establece el inciso c) del Art. 19º de la Ley Nº 26850 y que la misma, segun el ultimo parrafo del Art. 20º de dicha ley, debe ser aprobada por Resolucion de la MORDAZA autoridad de la Entidad, que para el caso de los Gobiernos Locales es el Titular del Pliego, esto es el MORDAZA, conforme lo preceptua el Art. 2º del D.S. Nº 039-98-PCM concordante con el Art. 6º de la Ley de Gestion Presupuestaria para el ano 2000, vigente a la fecha, Ley Nº 27209, corresponderia expedir la correspondiente Resolucion de Alcaldia, con cargo a dar cuenta al Concejo Municipal para los fines consiguientes; Que, por otro lado, la exoneracion del MORDAZA de Licitacion Publica para la adquisicion del referido producto, conlleva la realizacion del respectivo MORDAZA de Adjudicacion Directa de Menor Cuantia cuya autorizacion debe otorgarse mediante la presente, en aplicacion de lo dispuesto por el Art. 20º de la Ley Nº 26850; Que, en consecuencia, estando a lo dispuesto por el Art. 19º, Inc. c), Art. 20º, Art. 21º de la Ley Nº 26850, Art. 2º del D.S. Nº 039-98-PCM, Art. 6º de la Ley Nº 27209 y a las facultades conferidas por el Art. 47º, Inc. 6) de la Ley Nº 23853 ­ Ley Organica de Municipalidades; SE RESUELVE: Articulo Primero.- DECLARAR en Situacion de Urgencia la Adquisicion del Producto Enriquecido Lacteo para el Programa del Vaso de Leche de la Municipalidad Provincial de MORDAZA Portillo, correspondiente a los meses de enero y febrero del 2001, con cargo a dar cuenta al Concejo Municipal, por el merito de los considerandos expuestos en la presente Resolucion. Articulo Segundo.- EXONERAR del MORDAZA de Licitacion Publica para la Adquisicion del Producto Enriquecido Lacteo para el Programa del Vaso de Leche de la Municipalidad Provincial de MORDAZA Portillo correspondiente a los meses de enero y febrero del 2001, en merito a lo dispuesto por el articulo precedente. Articulo Tercero.- AUTORICESE la realizacion del MORDAZA de Adjudicacion Directa de Menor Cuantia respectivo para la Adquisicion del Producto Enriquecido Lacteo para los meses de enero y febrero del 2001, para el Programa del Vaso de Leche de la Municipalidad Provincial de MORDAZA Portillo, en merito a lo establecido en los articulos precedentes. Articulo Cuarto.- AUTORICESE la realizacion del MORDAZA de Licitacion Publica respectiva para la Adquisicion del Producto Enriquecido Lacteo para los meses de marzo a diciembre del 2001 para el Programa del Vaso de Leche de la Municipalidad Provincial de MORDAZA Portillo, en merito a lo establecido en los articulos precedentes. Articulo Quinto.- NOTIFIQUESE con la presente a la Comision de Presupuesto y Cuenta General del Congreso de la Republica; del Ministerio de Economia y Finanzas y de la Contraloria General de la Republica, dentro de los diez dias siguientes, de expedida la presente, encargandose de su cumplimiento a la Oficina de Secretaria General. Articulo Sexto.- PUBLIQUESE la presente en el Diario Oficial El Peruano y en otro de mayor circulacion

local, encargandose de su cumplimiento a la Oficina de Relaciones Publicas y Protocolo. Articulo Septimo.- ENCARGAR a la Oficina de Secretaria General, la debida notificacion de la presente Resolucion. Registrese, comuniquese, cumplase y archivese. MORDAZA YAMASHIRO SHIMABUKURO MORDAZA 17622

Declaran en situacion de urgencia la adquisicion de combustibles y lubricantes para abastecer unidades vehiculares de la municipalidad
RESOLUCION DE ALCALDIA Nº 032-2001-MPCP Pucallpa, 23 de enero del 2001 VISTOS: El Informe Nº 001-2001-MPCP-DABAST de fecha 10.ENE.2001 e Informe Nº 06-2001-MPCP-DGA de fecha 12.ENE.2001; y, CONSIDERANDO: Que, mediante Informe Nº 001-2001-MPCP-DABAST de fecha 10.ENE.2001, la Direccion de Abastecimientos y Servicios Auxiliares comunica que al 18.DIC.00 con relacion a los Combustibles y Lubricantes que utilizan la maquinaria pesada y vehiculos menores de la Municipalidad, no se habia empezado ningun MORDAZA de seleccion para el abastecimiento de los citados bienes para el ano 2001, tan solo se encuentra en MORDAZA la determinacion del valor referencial respectivo; Que, siendo asi, la Direccion General de Administracion mediante Informe Nº 06-2001-MPCP-DGA de fecha 12.ENE.01, en base al Informe dado por la Direccion de Abastecimientos y Servicios Auxiliares determina que no sera posible adquirir los combustibles y lubricantes MORDAZA citados, mediante MORDAZA de Licitacion Publica para atender los requerimientos correspondientes a los meses de enero y febrero del presente ano, debido al tiempo que demora cumplir con las etapas establecidas para dicho MORDAZA, por la Ley Nº 26850 ­ Ley de Contrataciones y Adquisiciones del Estado y su Reglamento D.S. Nº 039-98-PCM, solicitando que mediante Resolucion de Alcaldia con cargo a dar cuenta al Concejo Municipal, se declare en situacion de Urgencia la adquisicion de petroleo, gasolina y lubricantes, para los meses en mencion, permitiendose de esta manera abastecer con estos productos a las unidades moviles con las que cuenta la Municipalidad, brindando los servicios publicos necesarios requeridos por la Comunidad, en forma continua e ininterrumpida; Que, teniendo en cuenta que la ejecucion de los gastos de los Gobiernos Locales, en este caso la Municipalidad de MORDAZA Portillo, se encuentra supeditada a los montos maximos aprobados en el Presupuesto Municipal, conforme lo establece expresamente el Art. 12º, inciso a) MORDAZA Parrafo de la Directiva Nº 002-2001-EF/76.01 aprobado por Resolucion Directoral Nº 049-2000-EF/76.01, que a la letra dice: "Art. 12º.- La ejecucion de los gastos contemplados en el Presupuesto Institucional Municipal se sujeta a los siguientes lineamientos:

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