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Pág. 198301 NORMAS LEGALES Lima, miércoles 7 de febrero de 2001 Razones por las cuales y teniendo en cuenta el propio plazo que se requiere para llevar adelante el Proceso de Selección de Licitación Pública, aplicable para la adqui- sición del producto en mención, es decir aproximadamen- te dos (2) meses, se ocasionaría la INMINENTE AU- SENCIA DEL BIEN , comprometiéndose en forma direc- ta e inminente la continuidad de seguir atendiendo a los beneficiarios del Programa del Vaso de Leche de nuestra Municipalidad y asimismo teniendo en consideración lo preceptuado por el Art. 21º de la Ley Nº 26850, justificaría la declaratoria en situación de urgencia respecto de la adquisición de dicho producto, para los meses de enero y febrero del 2001; Que, a su vez, considerando que la declaratoria de urgencia conlleva la exoneración del proceso de Licita- ción Pública para la adquisición del producto enriqueci- do lácteo, conforme lo establece el inciso c) del Art. 19º de la Ley Nº 26850 y que la misma, según el último párrafo del Art. 20º de dicha ley, debe ser aprobada por Resolu- ción de la máxima autoridad de la Entidad, que para el caso de los Gobiernos Locales es el Titular del Pliego, esto es el Alcalde, conforme lo preceptúa el Art. 2º del D.S. Nº 039-98-PCM concordante con el Art. 6º de la Ley de Gestión Presupuestaria para el año 2000, vigente a la fecha, Ley Nº 27209, correspondería expedir la correspon- diente Resolución de Alcaldía, con cargo a dar cuenta al Concejo Municipal para los fines consiguientes; Que, por otro lado, la exoneración del proceso de Licitación Pública para la adquisición del referido pro- ducto, conlleva la realización del respectivo proceso de Adjudicación Directa de Menor Cuantía cuya autori- zación debe otorgarse mediante la presente, en aplica- ción de lo dispuesto por el Art. 20º de la Ley Nº 26850; Que, en consecuencia, estando a lo dispuesto por el Art. 19º, Inc. c), Art. 20º, Art. 21º de la Ley Nº 26850, Art. 2º del D.S. Nº 039-98-PCM, Art. 6º de la Ley Nº 27209 y a las facultades conferidas por el Art. 47º, Inc. 6) de la Ley Nº 23853 – Ley Orgánica de Municipalidades; SE RESUELVE: Artículo Primero.- DECLARAR en Situación de Urgencia la Adquisición del Producto Enriquecido Lác- teo para el Programa del Vaso de Leche de la Munici- palidad Provincial de Coronel Portillo, correspondiente a los meses de enero y febrero del 2001, con cargo a dar cuenta al Concejo Municipal, por el mérito de los consi- derandos expuestos en la presente Resolución. Artículo Segundo.- EXONERAR del Proceso de Licitación Pública para la Adquisición del Producto Enriquecido Lácteo para el Programa del Vaso de Leche de la Municipalidad Provincial de Coronel Portillo correspondiente a los meses de enero y febre- ro del 2001, en mérito a lo dispuesto por el artículo precedente. Artículo Tercero.- AUTORICESE la realización del Proceso de Adjudicación Directa de Menor Cuantía respectivo para la Adquisición del Producto Enriquecido Lácteo para los meses de enero y febrero del 2001, para el Programa del Vaso de Leche de la Municipalidad Provincial de Coronel Portillo, en mérito a lo establecido en los artículos precedentes. Artículo Cuarto.- AUTORICESE la realización del Proceso de Licitación Pública respectiva para la Adquisi- ción del Producto Enriquecido Lácteo para los meses de marzo a diciembre del 2001 para el Programa del Vaso de Leche de la Municipalidad Provincial de Coronel Porti- llo, en mérito a lo establecido en los artículos preceden- tes. Artículo Quinto.- NOTIFIQUESE con la presente a la Comisión de Presupuesto y Cuenta General del Con- greso de la República; del Ministerio de Economía y Finanzas y de la Contraloría General de la República, dentro de los diez días siguientes, de expedida la presen- te, encargándose de su cumplimiento a la Oficina de Secretaría General. Artículo Sexto.- PUBLIQUESE la presente en el Diario Oficial El Peruano y en otro de mayor circulaciónlocal, encargándose de su cumplimiento a la Oficina de Relaciones Públicas y Protocolo. Artículo Séptimo.- ENCARGAR a la Oficina de Secretaría General, la debida notificación de la presen- te Resolución. Regístrese, comuníquese, cúmplase y archívese. DAVID YAMASHIRO SHIMABUKURO Alcalde 17622 Declaran en situación de urgencia la adquisición de combustibles y lubri- cantes para abastecer unidades vehi- culares de la municipalidad RESOLUCIÓN DE ALCALDÍA Nº 032-2001-MPCP Pucallpa, 23 de enero del 2001 VISTOS: El Informe Nº 001-2001-MPCP-DABAST de fecha 10.ENE.2001 e Informe Nº 06-2001-MPCP-DGA de fecha 12.ENE.2001; y, CONSIDERANDO: Que, mediante Informe Nº 001-2001-MPCP-DA- BAST de fecha 10.ENE.2001, la Dirección de Abaste- cimientos y Servicios Auxiliares comunica que al 18.DIC.00 con relación a los Combustibles y Lubri- cantes que utilizan la maquinaria pesada y vehículos menores de la Municipalidad, no se había empezado ningún proceso de selección para el abastecimiento de los citados bienes para el año 2001, tan sólo se encuentra en proceso la determinación del valor re- ferencial respectivo; Que, siendo así, la Dirección General de Adminis- tración mediante Informe Nº 06-2001-MPCP-DGA de fecha 12.ENE.01, en base al Informe dado por la Dirección de Abastecimientos y Servicios Auxiliares determina que no será posible adquirir los combusti- bles y lubricantes antes citados, mediante Proceso de Licitación Pública para atender los requerimientos correspondientes a los meses de enero y febrero del presente año, debido al tiempo que demora cumplir con las etapas establecidas para dicho proceso, por la Ley Nº 26850 – Ley de Contrataciones y Adquisiciones del Estado y su Reglamento D.S. Nº 039-98-PCM, solicitando que mediante Resolución de Alcaldía con cargo a dar cuenta al Concejo Municipal, se declare en situación de Urgencia la adquisición de petróleo, gaso- lina y lubricantes, para los meses en mención, permi- tiéndose de esta manera abastecer con estos produc- tos a las unidades móviles con las que cuenta la Muni- cipalidad, brindando los servicios públicos necesarios requeridos por la Comunidad, en forma continua e ininterrumpida; Que, teniendo en cuenta que la ejecución de los gastos de los Gobiernos Locales, en este caso la Municipalidad de Coronel Portillo, se encuentra su- peditada a los montos máximos aprobados en el Presu- puesto Municipal, conforme lo establece expre- samente el Art. 12º, inciso a) Segundo Párrafo de la Directiva Nº 002-2001-EF/76.01 aprobado por Reso- lución Directoral Nº 049-2000-EF/76.01, que a la le- tra dice: "Art. 12º.- La ejecución de los gastos contemplados en el Presupuesto Institucional Municipal se sujeta a los siguientes lineamientos: