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Pág. 198295 NORMAS LEGALES Lima, miércoles 7 de febrero de 2001 Públicos de Lima, encargada de resolver las incidencias que se presentan en la tramitación de los procedimientos transitorios a que se refiere el Decreto de Urgencia Nº 064-99; Que la señorita Mónica Byrne Santa María ha pre- sentado su renuncia al citado cargo; Que la citada renuncia ha sido aceptada en sesión de Directorio del Indecopi de fecha 26 de enero de 2001; De conformidad con el inciso e) del Artículo 5º del Decreto Ley Nº 25868; RESUELVE: Artículo Único.- Aceptar la renuncia formulada por la señorita Mónica Byrne Santa María al cargo de miembro de la Comisión Ad hoc adscrita a la Comisión Delegada de Reestructuración Patrimonial del Indeco- pi que opera en el Colegio de Contadores Públicos de Lima, con efectividad al 26 de enero de 2001, dándole las gracias por los servicios prestados. Regístrese, comuníquese y publíquese. CARLOS SEMINARIO PIZZORNI Presidente del Directorio 17729 RESOLUCIÓN DE LA PRESIDENCIA DEL DIRECTORIO DE INDECOPI Nº 008-2001-INDECOPI/DIR Lima, 2 de febrero de 2001 CONSIDERANDO: Que por Resolución Nº 113-99-INDECOPI/DIR se designó al señor Julio Revilla Calvo en el cargo de miembro de la Comisión Delegada de Reestructuración Patrimonial del Indecopi que opera en el Colegio de Contadores Públicos de Lima; Que el señor Julio Revilla Calvo ha presentado su renuncia al citado cargo; Que la citada renuncia ha sido aceptada en sesión de Directorio del Indecopi de fecha 26 de enero de 2001; De conformidad con el inciso e) del Artículo 5º del Decreto Ley Nº 25868; RESUELVE: Artículo Único.- Aceptar la renuncia formulada por el señor Julio Revilla Calvo al cargo de miembro de la Comisión Delegada de Reestructuración Patrimonial del Indecopi que opera en el Colegio de Contadores Públicos de Lima, con efectividad al 31 de enero de 2001, dándole las gracias por los servicios prestados. Regístrese, comuníquese y publíquese. CARLOS SEMINARIO PIZZORNI Presidente del Directorio 17730 Aprueban y dejan sin efecto Normas Técnicas Peruanas (NTP) RESOLUCIÓN COMISIÓN DE REGLAMENTOS TÉCNICOS Y COMERCIALES Nº 0011-2001/INDECOPI-CRT Lima, 24 de enero de 2001 CONSIDERANDO: Que, conforme a lo establecido en el Artículo 26º del Decreto Ley Nº 25868, Ley de Organización y Funcionesdel INDECOPI, modificado por el Decreto Legislativo Nº 807, corresponde a la Comisión de Reglamentos Técnicos y Comerciales, en su calidad de Organismo Nacional de Normalización, aprobar las Normas Técni- cas recomendables para todos los sectores; Que, las actividades de Normalización deben reali- zarse sobre la base del Código de Buena Conducta para la Adopción, Elaboración y Aprobación de Normas que figura como Anexo 3 del Acuerdo sobre Obstáculos Téc- nicos al Comercio de la OMC, que fuera incorporado a la legislación nacional mediante Resolución Legislativa Nº 26407. Dicho Acuerdo viene siendo implementado por la Comisión a través del Sistema Peruano de Normali- zación, del cual forman parte el Reglamento de Elabora- ción y Aprobación de Normas Técnicas Peruanas y el Reglamento de Comités Técnicos de Normalización, apro- bados mediante Resolución Nº 0072-2000/INDECOPI- CRT; Que, toda vez que las actividades de elaboración de Normas Técnicas Peruanas deben realizarse con la par- ticipación de representantes de todos los sectores invo- lucrados: producción, consumo y técnico, constituidos en Comités Técnicos de Normalización, la Comisión confor- mó los siguientes Comités Técnicos de Normalización Permanentes: a) Gestión y aseguramiento de la calidad; b) Agregados, hormigón (concreto), hormigón armado y hormigón pretensado; y c) Cementos y Cales, para ejecu- tar actividades de elaboración y actualización de las Normas Técnicas Peruanas, de acuerdo a lo dispuesto en el Reglamento de Comités Técnicos de Normalización antes señalado; Que, los días 2 de agosto y 28 y 29 de setiembre del 2000, los Comités Técnicos señalados presentaron a la Secretaría Técnica de la Comisión 10 Proyectos de Normas Técnicas Peruanas, los cuales fueron elabo- rados mediante el Sistema Ordinario, y sometidos a discusión pública por un período de treinta días ca- lendario, contados a partir del 29 de noviembre del 2000; de acuerdo a lo establecido en el Reglamento de Elaboración y Aprobación de Normas Técnicas Pe- ruanas, aprobado mediante Resolución Nº 031-93- INDECOPI/CNM y vigente al momento de ser some- tido a discusión; Que, luego de la evaluación correspondiente, la Se- cretaría Técnica de la Comisión recomendó la aproba- ción de los Proyectos de Normas Técnicas Peruanas, como Normas Técnicas Peruanas; Estando a lo recomendado por la Secretaría Técnica, de conformidad con el Decreto Ley Nº 25868, el Decreto Legislativo Nº 807 y la Resolución Nº 0072-2000-INDE- COPI/CRT, la Comisión con el acuerdo unánime de sus miembros, reunidos en su sesión de fecha 24 de enero del 2001; RESUELVE: Primero.- APROBAR como Normas Técnicas Perua- nas, las siguientes: NTP 833.905:2001 CRITERIOS GENERALES PARA ORGANISMOS DE CERTIFICA- CIÓN QUE OPERAN LA CER- TIFICACIÓN DE PERSONAL. 1ª Edición. NTP 339.078:2001 HORMIGÓN (CONCRETO). Mé- todo de ensayo para determinar la resistencia a la flexión del hor- migón en vigas simplemente apo- yadas con cargas a los tercios del tramo. 2ª Edición. Reemplaza a la NTP 339.078:1981. NTP 339.079:2001 HORMIGÓN (CONCRETO). Mé- todo de ensayo para determinar la resistencia a la flexión del hor- migón en vigas simplemente apo- yadas con carga en el centro del tramo. 2ª Edición. Reemplaza a la NTP 339.079:1981.