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NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 27 DE JUNIO DEL AÑO 2001 (27/06/2001)

CANTIDAD DE PAGINAS: 96

TEXTO PAGINA: 25

Pág. 205175 NORMAS LEGALES Lima, miércoles 27 de junio de 2001 y 6° 00' L.S., entre el 18 y 22 de junio de 2001, la misma que se desarrollará en el marco de las disposiciones contenidas de la presente Resolución Ministerial. Anexo II ConvenioDICE:CLAUSULA PRIMERA:ANTECEDENTESLa suscripción del presente Convenio se realiza sobre la base de las disposiciones contenidas en la Resolución Ministerial Nº ......-2001-PE, mediante la cual se establece el Régimen Provisional para la Extrac- ción del Recurso Merluza ( Merluccius gayi peruanus ), autorizándose por períodos de 15 días, en el que deberá efectuarse la faena de pesca sólo de lunes a viernes de las semanas que comprende las actividades de extrac- ción en la zona comprendida entre el paralelo 4° 30' L.S. y el paralelo 6° L.S.; disponiendo la necesidad de que la Dirección Nacional de Seguimiento, Control y Vigilan- cia Ministerio de Pesquería o la Dirección Regional de Pesquería de Piura, suscriba el presente convenio de garantía de fiel y cabal cumplimiento de las obligacio- nes contenidas en dicha norma. DEBE DECIR:CLAUSULA PRIMERA:ANTECEDENTESLa suscripción del presente Convenio se realiza sobre la base de las disposiciones contenidas en la Resolución Ministerial Nº 192-2001-PE, mediante la cual se establece el Régimen Provisional para la Extracción del Recurso Merluza ( Merluccius gayi peruanus ), autorizándose por un período de 5 días, en el que deberá efectuarse la faena de pesca sólo de lunes a viernes de las semanas que comprende las actividades de extracción en la zona comprendida entre el paralelo 4° 30' L.S. y el paralelo 6° L.S.; disponiendo la necesidad de que la Dirección Nacio- nal de Seguimiento, Control y Vigilancia del Ministe- rio de Pesquería o la Dirección Regional de Pesquería de Piura, suscriba el presente convenio de garantía de fiel y cabal cumplimiento de las obligaciones con- tenidas en dicha norma. DICE:CLAUSULA TERCERA, literal f): Suscribir , por cada embarcación, el Convenio a que se refiere el Artículo 7º, con la Dirección Nacional ... DEBE DECIR:CLAUSULA TERCERA, literal f): Suscribir , por cada embarcación el Convenio a que se refiere el Artí- culo 10º, con la Dirección Nacional ... DICE:CLAUSULA QUINTA, literal c): La sola posesión a borde de las embarcaciones ... DEBE DECIR:CLAUSULA QUINTA, literal c): La sola posesión a bordo de las embarcaciones ... 25965 FE DE ERRATAS RESOLUCIÓN MINISTERIAL Nº 197-2001-PE Mediante Oficio Nº 1240-2001-PE/SG el Ministerio de Pesquería solicita se publique Fe de Erratas de la Resolución Ministerial Nº 197-2001-PE, publicada ennuestra edición del día 19 de junio de 2001, en la página 204702. En el Tercer considerando:DICE:"Que en el marco del citado convenio, el IMARPE proporcionará por 45 días el BIC "HUMBOLDT", de su propiedad ..." DEBE DECIR:"Que en el marco del citado convenio, el IMARPE proporcionará por 75 días el BIC "HUMBOLDT", de su propiedad ..." 25966 PROMUDEH Aprueban el T exto Unico de Procedi- mientos Administrativos del Ministe- rio de Promoción de la Mujer y del Desarrollo Humano DECRETO SUPREMO Nº 012-2001-PROMUDEH EL PRESIDENTE DE LA REPUBLICACONSIDERANDO:Que mediante Decreto Supremo Nº 009-2000-PRO- MUDEH, publicado el 28 de junio del 2000, se aprobó el Texto Unico de Procedimientos Administrativos - TUPAdel Ministerio de Promoción de la Mujer y del Desarrollo Humano - PROMUDEH, modificado por Decreto Supre- mo Nº 003-2001-PROMUDEH, publicado en fecha 27 de marzo del 2001, con el cual se incluyo el Procedimiento Nº 5 "Acceso a la información que poseen o deban poseer las diversas Unidades Orgánicas del PROMUDEH"; Que efectuada la revisión al Texto Unico de Procedi- mientos Administrativos - TUPA, se ha visto la necesi- dad efectuar modificaciones, a consecuencia de los cambios producidos en la normatividad en materia de adopciones; por ello resulta necesario la elaboración de un nuevo Texto Unico de Procedimientos Administrati- vo - TUPA del Ministerio de Promoción de la Mujer y del Desarrollo Humano - PROMUDEH; De conformidad con lo dispuesto en el Artículo 22º del Decreto Legislativo Nº 757, Decreto Legislativo Nº 560, Decreto Legislativo Nº 866 y sus modificatorias, su Reglamento aprobado por Decreto Supremo Nº 012-98- PROMUDEH y modificatorias; SE DECRETA:Artículo 1º.- Aprobar el nuevo Texto Unico de Procedimientos Administrativos - TUPA del Ministerio de Promoción de la Mujer y del Desarrollo Humano - PROMUDEH, que en Anexo adjunto forma parte inte- grante del presente Decreto Supremo. Artículo 2º.- Déjese, sin efecto los Decretos Supre- mos Nº 009-2000-PROMUDEH y Nº 003-2001-PROMU- DEH, conforme a los fundamentos expuestos en la parte considerativa de la presente Resolución. Artículo 3º.- El presente Decreto Supremo será refrendado por la Ministra de Promoción de la Mujer y del Desarrollo Humano. Dado en la Casa de Gobierno, en Lima a los doce días del mes de junio del año dos mil uno . VALENTIN PANIAGUA CORAZAO Presidente Constitucional de la República SUSANA VILLARAN DE LA PUENTE Ministra de Promoción de la Mujer y del Desarrollo Humano