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NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 27 DE JUNIO DEL AÑO 2001 (27/06/2001)

CANTIDAD DE PAGINAS: 96

TEXTO PAGINA: 28

Pág. 205178 NORMAS LEGALES Lima, miércoles 27 de junio de 2001 CALIFICACION Autoridad Autoridad que Nº DENOMINACION TASA Apro- Con Evaluación Inicio de que aprueba resuelve el DE DEL REQUISITOS U.I.T. bación Previa 2/ Trámites el trámite recurso deOR- PROCEDIMIENTO 1/ Auto- Posi- Nega- No impugnación DEN mática tivo tivo regu- lado el otorgamiento de la mencionada constancia mediante un informe final, en el que se indicará sobre la optimización de losrecursos que se brindará a la población beneficiaria. 4.3 EN MATERIA DE ADOPCIONES 1. Autorización a instituciones públi- 1. Solicitud dirigida a la Oficina de Adopciones precisando el Gratuito 30 Trámite Consejo de Vi ceministra cas nacionales para desarrollar ámbito geográfico, en el cual ejercerán sus actividades las Documentario AdopcionesProgramas de adopción direcciones de sus sedes en Lima.(vigencia un año). 2. Testimonio o copia simple de la escritura de constitución. 3. Estatuto y/o Reglamento de la Institución. Art.122º de la Ley Nº 27337 4. Constancia de inscripción en Registros Públicos.Código de los Niños y . 5. Copia de Licencia Municipal de Funcionamiento con presenta-Adolescentes ción del documentos original. 6. Constancia de carácter no lucrativo expedida por la SUNAT.7. Manual de Organización y Funciones.8. Relación del personal.9. Copia de Certificado de Saneamiento Ambiental con presenta- ción del original . 10. Presupuesto y financiación para el Programa de Trabajo anual.11. Copia del Título de propiedad o Contrato de Alquiler con pre- sentación del original. 12. Copia de los planos del(os) local(es).13. Inventario de bienes muebles, equipos y enseres.14. Información de los servicios que ofrecen. Condición Básica: Las instituciones públicas deberán cumplir los requisitos esta-cidos en el Reglamento R.M. Nº 459-94-PRES. 2. Renovación de autorización a ins- 1. Solicitud dirigida a la Oficina de Adopciones, precisando el tituciones públicas nacionales ámbito geográfico en el cual continuaran ejerciendo sus activi-para desarrollar Programas de dades las direcciones de sus sedes en Lima y Provincias.Adopción (Vigencia un año). 2. Actualización de los documentos que hubiesen sido modifica- dos o se encontraran vencidos. 3. Presupuesto y financiación para el programa de trabajo anual. 3. Evaluación de instituciones priva- 1. Solicitud dirigida a la Oficina de Adopciones por las autorida- Gratuito 30 Trámite Consejo d e Viceministra das extranjeras para la suscrip- des de la Embajada extranjera indicando autorización para Documentario Adopcionesción de convenios internaciona- desarrollar programas de adopción en su país.les en materia de adopciones. 2. Carta o Certificado de la institución del país de origen que está(Vigencia dos años) exceptuada del pago al Impuesto a la Renta. 3. Autorización de su gobierno para la firma de Convenios Interna- cionales en materia de adopción internacional de acuerdo asus estatutos internos y la Ley de Adopción del Gobierno. 4. Autorización de su Gobierno para desarrollar Programas de Adopción en el Perú. 5. Licencia de funcionamiento y autorización de su Gobierno para efectuar estudios de hogar. 6. Carta de Garantía de la autoridad que le otorgó la Licencia de Funcionamiento. 7. Estatutos de la Institución, copia del original aprobado por todos los Miembros del Consejo de Administración. 8. Poder entregado por el Presidente del Consejo de Administra- ción al Miembro autorizando la representatividad para firmarconvenios internacionales en adopción. 9. Copia de Convenios Internacionales en materia de adopción suscrito con otros países de ser el caso. 10. Dos o más reportes postadoptivos incluyendo dos o más cartas de recomendación de padres adoptivos y/o autoridades públi-cas sobre adopciones realizadas por instituciones fuera delpaís de procedencia. 11. Cualquier otro documentos que acredite capacidad, solvencia moral e idoneidad del organismo para la evaluación de las pare-jas pre y post adoptivas. 12. Record de las adopciones llevadas en los últimos años, con especial énfasis las realizadas en el Perú y Latinoamérica 13. Certificación del Ministerio de Asuntos Extranjeros que la tra- ducción de los documentos ha sido hecha por un traductorpúblico juramentado. Condición Básica: Todos los documentos (originales o copias del original) debenestar debidamente legalizados por las autoridades locales per-tinentes, el Consulado Peruano y visado por el Ministro deRelaciones Exteriores - Perú.La solicitud dirigida a la Presidencia del Consejo de Adopcio-nes, deberá estar acompañadas por una carta de presentaciónde la Embajada del país de origen en el Perú.Los requisitos y documentos solicitados pueden variar deacuerdo con lo que disponga la legislación de cada país oestado, según sea el caso.Para la suscripción del Convenio, la institución privada extran-jera, deberá contar con un representante idóneo y haber sidoevaluado positivamente y cumplir con los lineamientos de polí-tica establecida por el Consejo de Adopciones del Ministerio 4. Renovación de Convenio a institu- 1. Solicitud dirigida por las autoridades consulares extranjeras Gratuito 30 Trámite Consejo de Vi ceministra ciones privadas extranjeras en para renovación del convenio con la institución extranjera en Documentario Adopcionesmateria de adopciones interna- materia de adopción internacional actualizando los documentoscionales . que hubiesen sido modificados o se encontraran vencidos.(Vigencia dos años) 2. Autorización de su Gobierno para la renovación del convenio en materia de adopción internacional de acuerdo a sus estatutosinternos. 3. Autorización de su Gobierno para continuar desarrollando pro- gramas de adopción en el Perú. 4. Licencia de funcionamiento y autorización de su Gobierno para efectuar estudios de hogar. 5. Carta de garantía de la autoridad que le otorgó la renovación de la Licencia de Funcionamiento. 6. Estatutos de la Institución, copia del original aprobado por todos los miembros del Consejo de Administración. 7. Poder otorgado por el Presidente del Consejo de Administra- ción al Miembro autorizado a renovar Convenios Internacionalesen materia de adopción. 8. Certificación del Ministerio de Asuntos Extranjeros que la tra-