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NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 11 DE MARZO DEL AÑO 2001 (11/03/2001)

CANTIDAD DE PAGINAS: 16

TEXTO PAGINA: 10

Pág. 199836 NORMAS LEGALES Lima, domingo 11 de marzo de 2001 Sector Justicia, Ley Nº 26872 - Ley de Conciliación y su Reglamento aprobado por Decreto Supremo Nº 001-98-JUS y Resolución Ministerial Nº 350-2000-JUS; SE RESUELVE: Artículo 1º.- AUTORIZAR a la asociación Escuela Lati- noamericana de Negocios y Administración - ESLATINA, a funcionar como Centro de Conciliación denominado "Centro de Conciliación Alma Grande", con sede en la ciudad de Lima. Artículo 2º.- El Ministerio de Justicia en aplicación de la Ley de Conciliación y su Reglamento, supervisará el correcto funcionamiento del Centro de Conciliación y aplicará, cuan- do corresponda, las medidas pertinentes de acuerdo a sus atribuciones. Regístrese, comuníquese y publíquese. JUAN FEDERICO JIMENEZ MAYOR Viceministro de Justicia 19764 RESOLUCIÓN VICEMINISTERIAL Nº 048-2001-JUS Lima, 7 de marzo de 2001 Vista la solicitud de Registro Nº 14487 de fecha 22 de setiembre de 2000 del Instituto Peruano de Conciliación Extrajudicial - INPECOEX; CONSIDERANDO: Que el Instituto Peruano de Conciliación Extrajudicial - INPECOEX, es una asociación civil que tiene entre sus objetivos ejercer la función conciliadora; Que la mencionada institución ha solicitado se le autorice el funcionamiento como Centro de Conciliación denominado "Centro de Conciliación Paz en Justicia", con sede en la ciudad de Huaral, provincia de Huaral, departamento de Lima; Que conforme obra del acta de inspección ocular de fecha 13 de febrero de 2001, se ha realizado la constatación respec- tiva en las instalaciones e infraestructura física de su Centro de Conciliación; Que la recurrente cumple con los requisitos establecidos en los Artículos 24º y 27º de la Ley Nº 26872, Ley de Conciliación y los Artículos 42º, 44º y 45º del Reglamento de la Ley de Conciliación, aprobado por Decreto Supremo Nº 001-98-JUS, por lo que es procedente autorizarla a funcionar como Centro de Conciliación; Estando a lo opinado en el Informe Nº 125-2001-DM- STC-SDSCCC de la Secretaría Técnica de Conciliación, es pertinente atender la solicitud del Instituto Peruano de Conciliación Extrajudicial - INPECOEX; De conformidad con lo dispuesto en el Decreto Legislativo Nº 560 - Ley del Poder Ejecutivo, Decreto Ley Nº 25993 - Ley Orgánica del Sector Justicia, Ley Nº 26872 - Ley de Concilia- ción, su Reglamento aprobado por Decreto Supremo Nº 001- 98-JUS, y Resolución Ministerial Nº 265-2000-JUS; SE RESUELVE: Artículo 1º.- AUTORIZAR al Instituto Peruano de Con- ciliación Extrajudicial - INPECOEX, a funcionar como Cen- tro de Conciliación, denominado "Centro de Conciliación Paz en Justicia", con sede en la ciudad de Huaral, provincia de Huaral, departamento de Lima. Artículo 2º.- El Ministerio de Justicia en aplicación de la Ley de Conciliación y su Reglamento, supervisará el correcto funcionamiento del Centro de Conciliación y aplicará, cuan- do corresponda, las medidas pertinentes de acuerdo a sus atribuciones. Regístrese, comuníquese y publíquese. JUAN FEDERICO JIMENEZ MAYOR Viceministro de Justicia 19765 RESOLUCIÓN VICEMINISTERIAL Nº 049-2001-JUS Lima, 7 de marzo de 2001 Vista la solicitud de Registro Nº 18514-2000, de fecha 27 de noviembre de 2000, de la asociación Instituto de Desarro- llo Social y Promoción de la Cultura de Paz;CONSIDERANDO: Que la asociación Instituto de Desarrollo Social y Promo- ción de la Cultura de Paz; es una asociación civil sin fines de lucro que tiene entre sus objetivos ejercer la función concilia- dora; Que la mencionada institución ha solicitado se le autorice para el funcionamiento como Centro de Conciliación denomi- nado "Centro de Conciliación Unión y Paz" - UNI-PAZ, con sede en la ciudad de Trujillo; Que conforme obra del acta de inspección ocular de fecha 1 de febrero de 2001, se realizó la constatación respectiva en las instalaciones e infraestructura física de su Centro de Conciliación; Que la recurrente cumple con los requisitos establecidos en los Artículos 24º y 27º de la Ley Nº 26872, Ley de Conciliación, y los Artículos 42º, 44º y 45º del Reglamento de la Ley de Conciliación, aprobado por Decreto Supremo Nº 001-98-JUS, por lo que es procedente autorizarla para fun- cionar como Centro de Conciliación; Estando a lo opinado en el Informe Nº 117-2001-JUS/DM- STC de la Secretaría Técnica de Conciliación, es pertinente atender la solicitud de la asociación Instituto de Desarrollo Social y Promoción de la Cultura de Paz; De conformidad con el Decreto Legislativo Nº 560 - Ley del Poder Ejecutivo, Decreto Ley Nº 25993 - Ley Orgánica del Sector Justicia, Ley Nº 26872 - Ley de Conciliación y su Reglamento aprobado por Decreto Supremo Nº 001-98-JUS y Resolución Ministerial Nº 350-2000-JUS; SE RESUELVE: Artículo 1º.- AUTORIZAR a la asociación Instituto de Desarrollo Social y Promoción de la Cultura de Paz, a funcionar como Centro de Conciliación denominado "Centro de Conciliación Unión y Paz" - UNI-PAZ, con sede en la ciudad de Trujillo. Artículo 2º.- El Ministerio de Justicia en aplicación de la Ley de Conciliación y su Reglamento, supervisará el correcto funcionamiento del Centro de Conciliación y aplicará, cuan- do corresponda, las medidas pertinentes de acuerdo a sus atribuciones. Regístrese, comuníquese y publíquese. JUAN FEDERICO JIMENEZ MAYOR Viceministro de Justicia 19766 FE DE ERRATAS RESOLUCIÓN SUPREMA Nº 102-2001-JUS Mediante Oficio Nº 0472-2001-JUS/SG el Ministerio de Justicia solicita se publique Fe de Erratas de la Resolución Suprema Nº 102-2001-JUS, publicada en nuestra edición del día 7 de marzo de 2001, en la página 199625. DICE: Artículo 1º.- "Designar, a partir de la fecha al psicólogo AUGUSTO MORA LANDEO KENETH..." DEBE DECIR: Artículo 1º.- "Designar, a partir de la fecha al psicólogo KENETH AUGUSTO MORA LANDEO..." 19826 PROMUDEH Dejan sin efecto resolución que designó fedatarios titular y suplente del CONADIS RESOLUCIÓN EJECUTIVA Nº 019-2001-SE/CONADIS Lima, 6 de marzo de 2001 CONSIDERANDO: Que, el Artículo 5º de la Ley Nº 25035, del 10 de junio de 1989, Ley de Simplificación Administrativa, institucionaliza