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Pág. 199839 NORMAS LEGALES Lima, domingo 11 de marzo de 2001 En el Artículo 2º. DICE: Agregar el siguiente párrafo al Artículo 2º de la Resolu- ción CONASEV Nº 095-2000-EF/94.10 ... DEBE DECIR: Agregar el siguiente párrafo al Artículo 3º de la Resolu- ción CONASEV Nº 095-2000-EF/94.10 ... 19767 CONTADURÍA PÚBLICA DE LA NACIÓN Reconocen labor de la Entidad Presta- dora de Servicios de Saneamiento Tac- na S.A. en la presentación de rendición de cuentas del ejercicio fiscal 2000 RESOLUCIÓN JEFATURAL Nº 038-2001-EF/93.01 Lima, 19 de febrero del 2001 VISTOS: Los documentos que acreditan la recepción de la informa- ción sobre rendición de cuentas para la elaboración de la Cuenta General de la República del año 2000 de las Empre- sas del Estado. CONSIDERANDO: Que, la ENTIDAD PRESTADORA DE SERVICIOS DE SANEAMIENTO TACNA S.A. ha ocupado el primer lugar de las Empresas del Estado, en la presentación de la informa- ción presupuestaria y financiera correspondiente a la rendi- ción de cuentas del ejercicio fiscal 2000, por lo que los principales funcionarios merecen ser felicitados; Que, el numeral 2.1.1 del Artículo 21º de la Ley Nº 27312 - De Gestión de la Cuenta General de la República, señala que la aprobación de la Cuenta General de la República es un acto formal de ordenamiento administrativo y jurídico que no implica la aprobación de la gestión ni los actos administra- tivos que aquella sustenta, los que son objeto de las acciones de control por parte de los órganos del Sistema Nacional de Control y de fiscalización por el Poder Legislativo; Estando a lo previsto en el Artículo 10º y el inciso m) del Artículo 18º del Reglamento de Organización y Funciones del Sistema Nacional de Contabilidad y de su Organo Rector aprobado mediante Decreto Supremo Nº 019-89-EF; a lo propuesto por la Dirección General de Contabilidad del Sector Privado, con la aprobación de la Alta Dirección y la visación de la Oficina General de Asesoría Jurídica; y, En uso de las facultades legales que le confiere el Artículo 9º de la Ley Nº 24680, modificado por el Artículo 277º de la Ley Nº 24977; SE RESUELVE: Artículo 1º.- FELICITAR al Presidente del Directorio de la ENTIDAD PRESTADORA DE SERVICIOS DE SANEAMIEN- TO TACNA S.A. señor ING. EDGAR ACOSTA PINTO, al Gerente General señor ING. JOSE LUIS BEDREGAL BEDRE- GAL y al Contador General señor CPC PERCY JAUREGUI BRUNA, por haber presentado en primer lugar de las Empre- sas del Estado la rendición de cuentas para la elaboración de la Cuenta General de la República del año 2000. Artículo 2º.- SOLICITAR al Gerente General de la ENTIDAD PRESTADORA DE SERVICIOS DE SANEA- MIENTO TACNA S.A., haga extensiva esta especial felicita- ción al personal de Contabilidad, Presupuesto, Tesorería y a todas las demás personas que con su esfuerzo y dedicación han contribuido a la presentación de la rendición de cuentas en forma oportuna, lo que significa un ejemplo que la Contadu- ría Pública de la Nación exhorta a imitar. Regístrese, comuníquese y publíquese. OSCAR A. PAJUELO RAMIREZ Contador General de la Nación 19501CONSEJOS TRANSITORIOS DE ADMINISTRACIÓN REGIONAL Modifican diversos procedimientos del TUPA de la Sede del CTAR Piura RESOLUCIÓN PRESIDENCIAL Nº 050-2001/CTAR PIURA-P Piura, 31 de enero de 2001 VISTO: El Informe Nº 014-2001/CTAR PIURA-GRPPDI-SGDICT- SG, del 27 de enero de 2001 de la Subgerencia de Desarrollo Institucional y Cooperación Técnica, mediante el cual pre- senta el Texto Unico de Procedimientos Administrativos - TUPA de la Sede del Consejo Transitorio de Administración Regional Piura; CONSIDERANDO: Que, con Resolución Presidencial Nº 605-99/CTAR PIU- RA-P, de fecha 15 de diciembre de 1999, se aprobó el Texto Unico de Procedimientos Administrativos de la Sede del Consejo Transitorio de Administración Regional Piura - CTAR PIURA; Que, por Decreto Legislativo Nº 757 “Ley Marco para el Crecimiento de la Inversión Privada”, se ha establecido la obligatoriedad a todas las entidades de la Administración Pública, de aprobar y publicar su correspondiente Texto Unico de Procedimientos Administrativos - TUPA; Que, en atención a lo dispuesto por el Art. 34º del Decreto Supremo Nº 094-92/PCM, los TUPA están sujetos a actuali- zación anual obligatoria, la misma que debe realizarse a más tardar el 31 de enero de cada año; Que, la Gerencia Regional de Planificación, Presupuesto y Desarrollo Institucional a través de la Subgerencia de Desarrollo Institucional y Cooperación Técnica, en coordina- ción con las Unidades Orgánicas de la Sede del Consejo Transitorio de Administración Regional Piura, han actuali- zado y modificado el proyecto del Texto Unico de Procedi- mientos Administrativos; Que, en consecuencia es necesario aprobar la modifica- ción y actualización del Texto Unico de Procedimientos Administrativos - TUPA de la Sede del Consejo Transitorio de Administración Regional Piura; Estando a lo informado con el documento del Visto, con las visaciones de la Gerencias Regionales de Planificación, Presupuesto y Desarrollo Institucional, Administración, Asesoría Jurídica y Secretaría Técnica del Consejo Transito- rio de Administración Regional Piura; En ejercicio de las atribuciones conferidas al Despacho por Ley Nº 26922, Decreto Supremo Nº 010-98/PRES, y Resolución Suprema Nº 135-2000/PRES; SE RESUELVE: Artículo Primero: APRUEBASE, la modificación de diez (10) Procedimientos Administrativos de la Resolución Presidencial Nº 605-99/CTAR PIURA-P, que aprueba el Texto Unico de Procedimientos Administrativos - TUPA de la Sede del Consejo Transitorio de Administración Regional, los mismos anexos que forman parte de la pre- sente Resolución. Artículo Segundo.- DISPONER la aplicación de lo dispuesto en el Texto Unico de Procedimientos Adminis- trativos - TUPA por parte de las Unidades Orgánicas de la Sede del Consejo Transitorio de Administración Regional Piura. Regístrese y comuníquese. JUAN LUIS RUESTA ANGULO Presidente Ejecutivo Consejo Transitorio de Administración Regional Piura CTAR - PIURA