Norma Legal Oficial del día 11 de marzo del año 2001 (11/03/2001)


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TEXTO DE LA PÁGINA 1

DIARIO OFICIAL

FUNDADO EN 1825

POR EL

LIBERTADOR MORDAZA MORDAZA

Director: MORDAZA MORDAZA Orbegozo

NORMAS LEGALES
ANO XIX - Nº 7566

http://www.editoraperu.com.pe
Pag. 199827

"ANO DE LA CONMEMORACION DE LOS 450 ANOS DE LA UNIVERSIDAD NACIONAL MAYOR DE SAN MARCOS"

MORDAZA, MORDAZA 11 de marzo de 2001

DECRETOS DE URGENCIA
DECRETO DE URGENCIA Nº 030-2001
AUTORIZA EMISION DE BONOS DEL TESORO PUBLICO PARA LA MORDAZA DE PENSIONES MILITAR-POLICIAL
EL PRESIDENTE DE LA REPUBLICA CONSIDERANDO: Que mediante el Decreto Ley Nº 21021, se creo la MORDAZA de Pensiones Militar-Policial, que tiene como objeto administrar el regimen de pago de las pensiones y compensaciones del personal militar y policial de las Fuerzas Armadas y Fuerzas Policiales; Que, uno de los ingresos fundamentales de la MORDAZA de Pensiones Militar-Policial, por su propia funcion, son los aportes periodicos que deben efectuar los Ministerios de Defensa e Interior, los que, no obstante dichas obligaciones, se han efectuado en montos menores a los debidos, dado que dichos Ministerios no recibieron los recursos correspondientes del Ministerio de Economia y Finanzas; Que, como consecuencia de los menores aportes efectuados por los Ministerios de Defensa e Interior, se ha generado una deuda a favor de la MORDAZA de Pensiones Militar-Policial y a cargo del Estado, cuyo monto asciende a S/. 119 225 380,05 (Ciento diecinueve millones doscientos veinticinco mil trescientos ochenta y 05/100 Nuevos Soles), segun documento suscrito por los Ministros de Defensa y del Interior con los representantes de la referida MORDAZA de Pensiones anexo al Oficio Nº 050-CS-CPMP-2001; Que, siendo urgente dictar medidas en materia economica y financiera porque lo requiere el interes nacional, es decision del Supremo Gobierno autorizar la emision de Bonos del Tesoro Publico destinados a cumplir con la citada deuda y contribuir de este modo con la consolidacion de la indicada entidad; En uso de las facultades conferidas por el inciso 19) del Articulo 118º de la Constitucion Politica del Estado; Con el MORDAZA aprobatorio del Consejo de Ministros; y, Con cargo de dar cuenta al Congreso de la Republica; DECRETA: Articulo 1º.- Emision de Bonos Autorizase al Ministerio de Economia y Finanzas a emitir Bonos del Tesoro Publico hasta por la suma de S/. 119 225 380,05 (Ciento diecinueve millones doscientos veinticinco mil trescientos ochenta y 05/100 Nuevos Soles), que seran entregados a la MORDAZA de Pensiones Militar-Policial para los fines a que se refiere la parte considerativa de esta MORDAZA legal, cuyas condiciones seran establecidas mediante Resolucion Ministerial de Economia y Finanzas. Articulo 2º.- Reglamentacion Mediante Resolucion Ministerial de Economia y Finanzas se dictaran las medidas reglamentarias y complementarias que se requieran para implementar lo dispuesto en esta MORDAZA legal. Articulo 3º.- Refrendo El presente Decreto de Urgencia es refrendado por el Presidente del Consejo de Ministros, el Ministro de Defensa, el Ministro del Interior y por el Ministro de Economia y Finanzas.

Dado en la MORDAZA de Gobierno, en MORDAZA, a los diez dias del mes de marzo del ano dos mil uno. MORDAZA MORDAZA CORAZAO Presidente Constitucional de la Republica MORDAZA MORDAZA DE MORDAZA Presidente del Consejo de Ministros MORDAZA MORDAZA MORDAZA Ministro de Defensa MORDAZA KETIN MORDAZA MORDAZA Ministro del Interior MORDAZA MORDAZA RUETE Ministro de Economia y Finanzas 19827

PCM
Crean la Comision Nacional de Emergencia por razon de desastres naturales
DECRETO SUPREMO Nº 024-2001-PCM EL PRESIDENTE DE LA REPUBLICA CONSIDERANDO: Que, con la finalidad de atender con prontitud y eficacia los desastres recientemente producidos en diversas zonas geograficas del MORDAZA, y otras que pudieran producirse, resulta necesario encargar la direccion, planeamiento, y conduccion de las acciones administrativas a una Comision Nacional; Que, para tales efectos, es conveniente una estrecha coordinacion entre los diversos sectores de la administracion publica y del sector privado para obtener una adecuada implementacion y supervision del avance de las acciones adoptadas ante situaciones de emergencia; De conformidad con lo dispuesto por el numeral 24 del Articulo 118º de la Constitucion Politica y por el Decreto Legislativo Nº 560; DECRETA: Articulo 1º.- Crease la Comision Nacional de Emergencia por razon de desastres naturales, encargada de coordinar, evaluar, priorizar y supervisar las acciones urgentes y necesarias en las zonas del MORDAZA que se declaren en Estado de Emergencia. La Comision estara conformada por: - El Presidente del Consejo de Ministros; quien lo presidira; - El Ministro de Defensa; - El Ministro de Economia y Finanzas; - El Ministro del Interior; - El Ministro de Agricultura; - El Ministro de Transportes, Comunicaciones, Vivienda y Construccion; - El Ministro de la Presidencia; - La Ministra de Promocion de la Mujer y del Desarrollo Humano; y, - Un representante del sector privado. El Instituto Nacional de Defensa Civil - INDECI, actuara como Secretaria Ejecutiva. Articulo 2º.- La Comision Nacional de Emergencia evaluara y aprobara las propuestas que le sometan las entidades publicas, buscando que estas tengan relacion con el estado de emergencia.

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