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NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 27 DE MARZO DEL AÑO 2001 (27/03/2001)

CANTIDAD DE PAGINAS: 40

TEXTO PAGINA: 34

Pág. 200456 NORMAS LEGALES Lima, martes 27 de marzo de 2001 27273 y su Reglamento aprobado por Decreto Supremo Nº 012-98-PROMUDEH, modificado por el Decreto Supremo Nº 004-99-PROMUDEH; Estando a lo acordado; SE RESUELVE: Artículo Unico.- Designar a partir de la fecha, a la Sra. Luz del Pilar Sarmiento Jaime, en el cargo de Directora de Administración y Finanzas del Hogar de la Madre - Clínica Hospital "Rosalía de Lavalle de Morales Macedo" de la Sociedad de Beneficencia de Lima Metropolitana. Regístrese, comuníquese y publíquese. Rúbrica del Dr. Valentín Paniagua Corazao Presidente Constitucional de la República SUSANA VILLARAN DE LA PUENTE Ministra de Promoción de la Mujer y del Desarrollo Humano 20639 Designan Subgerenta de la Gerencia de Promoción de la Niñez y la Adolescencia RESOLUCIÓN SUPREMA Nº 066-2001-PROMUDEH Lima, 26 de marzo de 2001 CONSIDERANDO: Que mediante Decreto Supremo Nº 012-98-PROMU- DEH de fecha 6 de noviembre de 1998, se aprobó el Reglamento de Organización y Funciones del Ministe- rio de Promoción de la Mujer y del Desarrollo Humano - PROMUDEH, el mismo que establece la nueva estructura orgánica del referido Ministerio; Que se encuentra vacante el cargo de Subgerente de la Gerencia de Promoción de la Niñez y la Adolescencia, Nivel Remunerativo F-4, del referido Ministerio; Que es necesario designar al funcionario que desempeñe dicho cargo público de confianza; De conformidad con lo dispuesto en el Decreto Ley Nº 25515, Decreto Legislativo Nº 560 - Ley del Poder Ejecutivo, Decreto Legislativo Nº 866, modificado por Decreto Legislativo Nº 893 y Leyes Nº 27050 y Nº 27273, y su Reglamento aprobado por Decreto Supremo Nº 012-98-PROMUDEH, modificado por Decreto Supremo Nº 004-99-PROMUDEH; y, Estando a lo acordado; SE RESUELVE: Artículo 1º.- Designar a partir de la fecha, a la Lic. Soc. FLOR DEL CARMEN FERNANDEZ SANCHEZ DE AVILA como Subgerenta de la Gerencia de Promo- ción de la Niñez y la Adolescencia, Nivel Remunerativo F-4, del Ministerio de Promoción de la Mujer y del Desarrollo Humano - PROMUDEH. Artículo 2º.- La presente Resolución Suprema será refrendada por la Ministra de Promoción de la Mujer y del Desarrollo Humano. Regístrese, comuníquese y publíquese. Rúbrica del Dr. Valentín Paniagua Corazao Presidente Constitucional de la República SUSANA VILLARAN DE LA PUENTE Ministra de Promoción de la Mujer y del Desarrollo Humano 20640 FE DE ERRATAS RESOLUCIÓN MINISTERIAL Nº 126-2001-PROMUDEH Mediante Oficio Nº 777-2001-Promudeh/GGA el Minis- terio de Promoción de la Mujer y del Desarrollo Humanosolicita se publique Fe de Erratas de la Resolución Minis- terial Nº 126-2001-PROMUDEH, publicada en nuestra edición del día 24 de marzo de 2001, en la página 200352. En el Cuarto Considerando y Artículo 1º DICE: Sr. Víctor Cornejo Torres DEBE DECIR: Sr. Víctor Enrique Juan Torres Cornejo 20607 RELACIONES EXTERIORES Ratifican el Acuerdo Específico Perua- no Ecuatoriano sobre Tránsito Trans- fronterizo de Aeronaves DECRETO SUPREMO Nº 026-2001-RE EL PRESIDENTE CONSTITUCIONAL DE LA REPÚBLICA CONSIDERANDO: Que el "Acuerdo Específico Peruano Ecuato- riano sobre Tránsito Transfronterizo de Aerona- ves", fue suscrito en Lima, el 18 de enero del año 2001; Que es conveniente a los intereses del Perú la ratificación del citado instrumento internacional; De conformidad con lo dispuesto en los Artículos 57º y 118º, inciso 11) de la Constitución Política del Perú, y en el Artículo 2º de la Ley Nº 26647, que facultan al Presidente de la República para celebrar y ratificar tratados o adherir a éstos sin el requisito de la aproba- ción previa del Congreso; DECRETA: Artículo 1º.- Ratifícase el "Acuerdo Específico Perua- no Ecuatoriano sobre Tránsito Transfronterizo de Aeronaves" , suscrito en Lima, el 18 de enero del año 2001. Artículo 2º.- Dése cuenta al Congreso de la Repúbli- ca. Dado en la Casa de Gobierno, en Lima, a los veinti- séis días del mes de marzo del año dos mil uno. VALENTIN PANIAGUA CORAZAO Presidente Constitucional de la República JAVIER PÉREZ DE CUÉLLAR Presidente del Consejo de Ministros y Ministro de Relaciones Exteriores ACUERDO ESPECIFICO PERUANO ECUATORIANO SOBRE TRANSITO TRANSFRONTERIZO DE AERONAVES Los Gobiernos del Perú y del Ecuador, representados por sus Ministros de Relaciones Exteriores, en cumplimiento de lo dispuesto en los Títulos Primero y Sexto del Convenio sobre Tránsito de Personas, Vehículos, Embarcaciones Fluviales y Marítimas y Aeronaves, que forma parte del Acuerdo Amplio Peruano Ecuatoriano de Integración Fronteriza, Desarrollo y Vecindad, suscrito en la ciudad de Brasilia, el 26 de octubre de 1998, adoptan el siguiente Acuerdo: CAPITULO I. DEL AMBITO DE APLICACION Y SU NATURALEZA Artículo 1. Para los fines del presente Acuerdo, se entiende como tránsito transfronterizo de aeronaves el que se cumple entre los aeropuertos o aeródromos de las