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NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 27 DE MARZO DEL AÑO 2001 (27/03/2001)

CANTIDAD DE PAGINAS: 40

TEXTO PAGINA: 4

Pág. 200426 NORMAS LEGALES Lima, martes 27 de marzo de 2001 De conformidad con lo dispuesto por el Decreto Legislativo Nº 804; SE RESUELVE: Artículo 1º.- Aprobar, en vía de regularización, la donación de trescientos cuarenta (340) máquinas remalladoras con motor, mueble y cobertor incluido, modelo GN1-4, valorizados en Ochenta Mil Cuatro- cientos Treinta y Seis y 75/100 Nuevos Soles (S/. 80 436,75), efectuada en los meses de octubre, noviem- bre y diciembre de 1998; enero, marzo, abril, mayo, junio, julio, agosto, septiembre y octubre de 1999; y, marzo, abril, agosto y diciembre del año 2000, por el Despacho Presidencial - Unidad Ejecutora 001 Plie- go Presidencia del Consejo de Ministros, a favor de Instituciones Centros Educativos y Entidades de Bienestar de los departamentos de Ancash, Ayacu- cho, Arequipa, Cajamarca, Cusco, Huancavelica, Ica, Junín, Lambayeque, Lima, Loreto, Moquegua, Puno y Tacna; según detalle del Anexo adjunto, que forma parte de la presente Resolución. Artículo 2º.- Transcribir la presente Resolución Suprema al Ministerio de Educación, Ministerio de Justicia, Ministerio de Promoción de la Mujer y del Desarrollo Humano, Ministerio de Salud y a la Contralo- ría General de la República, dentro de los términos establecidos. Artículo 3º.- La presente Resolución será refrenda- da por el Presidente del Consejo de Ministros. Regístrese, comuníquese y publíquese. Rúbrica del Dr. Valentín Paniagua Corazao Presidente Constitucional de la República JAVIER PÉREZ DE CUÉLLAR Presidente del Consejo de Ministros 20628 RESOLUCIÓN SUPREMA Nº 173-2001-PCM Lima, 26 de marzo de 2001 CONSIDERANDO: Que, mediante Resolución Ministerial Nº 187- 94-PCM de fecha 11 de noviembre de 1994, se aceptó la donación efectuada por la Embajada de la República de Corea a favor del Gobierno Peruano - Despacho Presidencial , consistente, entre otros bie- nes, de dos millares de cuadernos de 20 hojas y dos millares de lápices de carbón, para ser entregados en donación; Que, mediante las respectivas Actas de Entrega y Recepción el Despacho Presidencial - Unidad Eje- cutora 001 del Pliego Presidencia del Consejo de Ministros, entregó en calidad de donación, durante los meses de junio y julio de 1999 y del 2000 respec- tivamente, los bienes mencionados en el párrafo anterior, a favor de Centros Educativos y Población de escasos recursos de los departamentos de Amazo- nas y Junín con el propósito de apoyar sus esfuerzos orientados a coadyuvar en la calidad de enseñanza y desarrollo nacional; y, De conformidad con lo dispuesto por el Decreto Legislativo Nº 804; SE RESUELVE: Artículo 1º.- Aprobar, en vía de regularización, la donación de dos millares de cuadernos de 20 hojas y dos millares de lápices de carbón, valorizados en Ciento Once y 94/100 Nuevos Soles (S/. 111,94), que efectuó el Despacho Presidencial - Unidad Ejecutora 001 del Plie- go Presidencia del Consejo de Ministros, a favor de Centros Educativos y Población de escasos recursos de los departamentos de Amazonas y Junín; según detalledel Anexo adjunto que forma parte de la presente Resolución. Artículo 2º.- Transcribir la presente Resolución Suprema a la Contraloría General de la República, dentro de los términos de ley. Artículo 3º.- La presente Resolución Suprema será refrendada por el Presidente del Consejo de Ministros. Regístrese, comuníquese y publíquese. Rúbrica del Dr. Valentín Paniagua Corazao Presidente Constitucional de la República JAVIER PÉREZ DE CUÉLLAR Presidente del Consejo de Ministros 20629 ECONOMÍA Y FINANZAS Aprueban operación de endeudamien- to externo con el BIRF denominado "Préstamo Programático de Reforma Social" DECRETO SUPREMO Nº 050-2001-EF EL PRESIDENTE DE LA REPÚBLICA CONSIDERANDO: Que, mediante el Artículo 16º de la Ley Nº 27424, Ley de Endeudamiento del Sector Público para el Año Fiscal 2001, se autoriza al Gobierno Central a acordar o garantizar operaciones de Endeudamiento Externo hasta por un monto equivalente a US$ 1 500 000 000,00 (MIL QUINIENTOS MILLONES Y 00/100 DOLARES AMERICANOS); Que, en el marco de la citada autorización, la República del Perú acordará un préstamo con el Banco Internacional de Reconstrucción y Fomento - BIRF-, hasta por US$ 100 000 000,00 (CIEN MILLO- NES Y 00/100 DOLARES AMERICANOS), denomi- nado "Préstamo Programático de Reforma Social", a ser ejecutado por el Ministerio de Economía y Finan- zas; Que, la indicada operación de Endeudamiento Ex- terno ha cumplido con los requisitos establecidos en el Artículo 6º de la Ley Nº 27424; Que, sobre el particular, han opinado favorablemen- te la Dirección General de Crédito Público y la Oficina de Asesoría Jurídica del Ministerio de Economía y Finanzas; De conformidad con lo dispuesto por el Decreto Legislativo Nº 5 y la Ley Nº 27424; y, Con el voto aprobatorio del Consejo de Ministros; DECRETA: Artículo 1º.- Apruébase la operación de Endeuda- miento Externo con el Banco Internacional de Recons- trucción y Fomento -BIRF-, hasta por US$ 100 000 000,00 (CIEN MILLONES Y 00/100 DOLARES AMERI- CANOS), denominada "Préstamo Programático de Re- forma Social". El préstamo será cancelado mediante cuotas semes- trales, consecutivas y en lo posible iguales, venciendo la primera cuota el 15 de agosto de 2006 y la última cuota el 15 de febrero de 2018, devengando una tasa de interés anual en base a la tasa LIBOR a seis meses, más un spread de 3/4 del 1%,menos o más un margen a ser denominado por el BIRF; una comisión de compromiso de 3/4 del 1% por año sobre el principal del préstamo no