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Pág. 202370 NORMAS LEGALES Lima, sábado 5 de mayo de 2001 EL CONCEJO DE LA MUNICIPALIDAD DISTRITAL DE JOSÉ LUIS BUSTAMANTE Y RIVERO VISTO: En Sesión Ordinaria de Concejo de fecha 17 de abril del 2001, el Punto de Agenda "Informe Técnico, Económico, Legal y Presupuestal, respecto de la adquisi- ción al Ministerio de la Presidencia a través del subpro- grama de equipamiento municipal de un camión volquete, marca NISSAN", aprobado en Sesión de fecha 30 de mayo del 2001. CONSIDERANDO: Que, mediante Acuerdo de Concejo Nº 030-2001-MD- JLBY R de fecha 2 de abril del 2001, se acordó la adquisi- ción de un camión volquete marca NISSAN, nuevo, año 2000 de fabricación española, a través del subprograma de equipamiento municipal del fondo de ayuda al equipa- miento España-Perú y su fondo contravalor; Que, siendo el Ministerio de la Presidencia un ente del sector público integrante del Gobierno Central, con el cual se contratará la adquisición del vehículo señalado en el párrafo precedente, la adquisición está dentro de los alcances del Artículo 19º del Decreto Supremo Nº 012- 2001-PCM - TUO de la Ley de Contrataciones y Adqui- siciones del Estado, respecto de la exoneración del Pro- ceso de Licitación Pública, Concurso Público, y Adjudica- ción Directa; Que, en cumplimiento al Artículo 20º del TUO de la Ley de Contrataciones y Adquisiciones del Estado, el Acuerdo a adoptarse respecto de la exoneración del Proceso de Selección, para el caso requiere obligatoria- mente de un informe técnico-legal previo debiendo ser publicada en el Diario Oficial El Peruano; Que, conforme lo establece el Decreto Supremo Nº 029-2001-PCM que modifica el Artículo 106º del Decre- to Supremo Nº 013-2001-PCM, Reglamento de la Ley de Contrataciones y Adquisiciones del Estado, los infor- mes técnico y económico elaborados por la Municipali- dad deben contener ciertos parámetros, los cuales son fundamento del Acuerdo a adoptar; Que aparece del Informe Nº 061-01-DDIU/MDJL- BYR de la Dirección de Desarrollo e Infraestructura Urbana, la necesidad de contar con una unidad móvil de las características establecidas en el primer consideran- do del presente, con ello se optimizará el trabajo especial- mente de obras a ejecutar por Administración Directa y además brindar diversos apoyos comunitarios a los veci- nos del distrito; Que del Informe Nº 154-2001-MDJLBYR-AL de la Oficina de Asesoría Legal, se establece que la adquisi- ción se encuentra contenida dentro de los alcances del Artículo 19º del TUO de la Ley de Contrataciones y Adquisiciones del Estado, pudiendo exonerarse del Pro- ceso de Selección respectivo la adquisición del vehículo antes referido, de acuerdo a los criterios de economía que se establecen en el Reglamento de la Ley y debiendo cumplirse con los requisitos establecidos en el Artículo 106º del Decreto Supremo Nº 013-2001-PCM modifica- do por el Decreto Supremo Nº 029-2001-PCM; Que, la Oficina de Planificación y Presupuesto con Informe Nº 122-2001-OPP/MDJLBYR emite como opi- nión, respecto de la adquisición aprobada con Acuerdo de Concejo Nº 030-2001-MDJLBYR, que se puede ad- quirir el vehículo vía Modificación Presupuestaria, toda vez que en el Presupuesto de ingresos y gastos de la Municipalidad Distrital de José Luis Bustamante y Rivero para el año 2001, promulgado con Resolución de Alcaldía Nº 8316-2001-A-MDJLBYR no se ha previsto la asignación presupuestaria, para la adquisición del referido vehículo, por lo que se hace necesario previo a realizar el compromiso se apruebe una Modificación Presupuestaria en el nivel funcional programático; Que, según reza del Informe Nº 064-2001-OA/MD- JLBYR de la Oficina de Administración, es justificable la adquisición del vehículo en referencia, toda vez que según los costos por alquiler de volquetes el año fiscal precedente (2000) puede ser ampliamente suplida a futuro con la adquisición aprobada, más aún se estable- ce que es favorable y ventajosa su adquisición, los costos son menores que los existentes en el mercado, respecto de vehículos de similares características y que técnica- mente es idónea y viable su adquisición; Que, la Comisión de Comercialización, Transportes, Limpieza Pública, Parques, Jardines y Escenarios De-portivos ha emitido el Informe Nº 008-2001-CCTL- PPJYED/MDJLBYR, concluyendo con la opinión favora- ble para la adquisición del vehículo y consecuentemente se cumpla con lo prescrito en las normas legales vigentes; Que, asimismo la Dirección Municipal informa en Sesión que se debe modificar el Artículo Primero del Acuerdo de Concejo Nº 030-2001/MDJLBYR en lo refe- rente al número de cuotas y los montos mensuales a pagar por el vehículo a adquirir, en razón de 24 cuotas iguales y cada una ascendente a $ 1,865.18 dólares americanos mensuales; Estando, a lo expuesto, el Pleno del Concejo Munici- pal, en uso de las facultades que confiere la Ley Nº 23853 - Orgánica de Municipalidades, Decreto Supre- mo Nºs. 012 y 013-2001-PCM respectivamente y por unanimidad de sus Miembros; ACUERDAN: Artículo Primero.- Modifíquese el Artículo Prime- ro del Acuerdo de Concejo Municipal Nº 030-2001- MDJLBYR, el cual quedará redactado de la siguiente manera: "Facultar al señor Alcalde para que en representación del Concejo suscriba el Contrato y la Escritura Pública con el PDGM - PRES, acto mediante el cual se formalice la adquisición a través del Subprograma de Equipamiento Municipal del Fondo de Ayuda al Equipamiento España - Perú y su fondo de Contravalor de un camión volquete marca NISSAN nuevo, fabricado en España en el año 2000 por NISSAN vehículos industriales S.A. NIVISA, el precio CIF Callao del vehículo es de $ 51,200.00 (cincuenta y un mil doscientos dólares americanos) por lo que se pagará a favor del Fondo de Contravalor del FAE un 30% como cuota inicial lo que asciende a $ 15,360.00 (quince mil trescientos sesenta dólares americanos) el saldo se pagará en 24 cuotas mensuales iguales a partir del mes siguiente de recepción del volquete (mayo 2001) con una tasa de interés del 6% anual, las cuotas incluirán también el costo de una póliza de seguro de pérdida total que para proteger la inversión ha adquirido la Oficina Técnica de Cooperación Española en el Perú por un costo de $ 2,000.00 (dos mil dólares americanos) por año, el monto de cada cuota mensual asciende de esta manera a un total de $ 1,865.18 (mil ochocientos sesenticinco y 18/100 dólares americanos) que serán pagados por la Municipalidad a través de cargos en la cuenta corriente que mantiene en el Banco de la Nación y donde se reciben los abonos del Tesoro Público por concepto de Fondo de Compensación Municipal. Como consecuencia de lo anterior el Concejo acordó autorizar al Alcalde efectuar con los recursos obtenidos del Fondo de Compensación Municipal y/o de los Ingresos Propios del Municipio, el pago de $ 15,360.00 (quince mil trescientos sesenta dólares americanos) co- rrespondiente a la cuota inicial a favor de Fondo de Ayuda al Equipamiento España-Perú, cuenta corriente en mone- da extranjera Nº 6-000-022312 del Banco de la Nación." Artículo Segundo.- Exonérese del Proceso de Selec- ción a la adquisición aprobada con el Acuerdo de Concejo Nº 030-2001-MDJLBYR como es de un camión volquete marca NISSAN, nuevo, de fabricación española, año 2000, de 6 m3 de capacidad, de conformidad a lo prescrito por el Artículo 19º del Decreto Supremo Nº 012-2001- PCM, debiendo adquirirse el bien mediante el Proceso de Menor Cuantía. Artículo Tercero.- Remítase el presente Acuerdo y copia de los informes que lo sustentan a la Contraloría General de la República dentro de los diez días calenda- rio siguientes a la fecha de aprobación; asimismo publí- quese en el Diario Oficial El Peruano dentro de los diez días hábiles de su emisión. Artículo Cuarto.- Encárguese a Dirección Munici- pal, Secretaría General, Oficina de Administración, Unidad de Logística, Asesoría Legal, Oficina de Plani- ficación y Presupuesto y demás áreas el cumplimiento del presente. Regístrese, comuníquese y publíquese. RAÚL OSORIO RIVEROS Alcalde 22873