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NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 05 DE MAYO DEL AÑO 2001 (05/05/2001)

CANTIDAD DE PAGINAS: 56

TEXTO PAGINA: 41

Pág. 202355 NORMAS LEGALES Lima, sábado 5 de mayo de 2001 S B S Opinan favorablemente para que Solu- ción Financiera de Crédito del Perú realice emisión de certificados de depó- sito negociables RESOLUCIÓN SBS Nº 287-2001 Lima, 19 de abril de 2001 EL SUPERINTENDENTE DE BANCA Y SEGUROS VISTA: La solicitud presentada por Solución Financiera de Crédito del Perú con el objeto de que se le autorice la emisión del "Primer Programa de Certificados de Depó- sito Negociables de Solución". CONSIDERANDO: Que, la Ley General del Sistema Financiero y del Sistema de Seguros y Orgánica de la Superintenden- cia de Banca y Seguros - Ley Nº 26702 y sus modifica- torias - en sus Artículos 284º y 290º, faculta a las empresas financieras a emitir y colocar certificados de depósito negociables; Que, el Artículo 232º de la Ley General establece que en el caso de la emisión de instrumentos finan- cieros, que tengan la condición de valores mobiliarios y se emitan por oferta pública, CONASEV procederá a inscribirlos en el Registro Público del Mercado de Valores, previa opinión favorable expedida por Reso- lución de esta Superintendencia y de la documentación precisada en el Artículo 18º de la Ley del Mercado de Valores; Que, el Reglamento de Certificados de Depósito, aprobado mediante Resolución SBS Nº 021-2001 del 16 de enero de 2001, establece en su numeral 3.2 que en los casos de emisión masiva de certificados de depósito negociables, mediante oferta pública o privada, la em- presa emisora se sujetará a lo dispuesto en el Artículo 232º de la Ley General, a las disposiciones expedidas por esta Superintendencia y a aquellas establecidas por CONASEV; Que, el Directorio de Solución Financiera de Cré- dito del Perú, en sesión celebrada el 22 de febrero de 2001, aprobó la emisión mediante oferta pública pri- maria de Certificados de Depósito Negociables, hasta por la suma de S/. 140 000 000,00 (Ciento cuarenta millones y 00/100 nuevos soles), o su equivalente en dólares americanos; Que, el Directorio de Solución Financiera de Crédi- to del Perú, en sesión celebrada el 22 de febrero de 2001, delegó en el Gerente General y en su ausencia en uno cualesquiera de los Directores, de manera expresa y de la forma más amplia que permitan las leyes aplicables y el estatuto social, las facultades necesa- rias para determinar los términos, características, monto, plazo y demás condiciones de los programas o emisiones a ser realizadas en el marco de la Resolu- ción CONASEV Nº 022-2000-EF/94.10; Que, Solución FCP ha solicitado opinión favorable para registrar un Programa de Certificados de De- pósito Negociables hasta un monto máximo en circu- lación de S/. 70 000 000,00 (Setenta millones y 00/100 nuevos soles) o su equivalente en dólares america- nos; Estando a lo informado por el Departamento de Evaluación del Sistema Financiero "A" mediante Infor- me Nº DESF "A" -035-OT-2001; y con el visto bueno de la Superintendencia Adjunta de Asesoría Jurídica y de la Superintendencia Adjunta de Banca; En uso de las atribuciones conferidas en la Ley General del Sistema Financiero y del Sistema de Segu- ros y Orgánica de la Superintendencia de Banca y Seguros - Ley Nº 26702 y sus modificatorias.RESUELVE: Artículo Primero.- Opinar favorablemente para que Solución Financiera de Crédito del Perú realice la emisión del Primer Programa de Certificados de Depósi- to Negociables de Solución, hasta por un monto máximo en circulación de S/. 70 000 000,00 (Setenta millones y 00/100 nuevos soles) o su equivalente en dólares ameri- canos, debiéndose adecuar a las disposiciones conteni- das en la Ley del Mercado de Valores. Artículo Segundo.- El texto de la presente Resolu- ción deberá insertarse en la Escritura Pública correspon- diente para su posterior inscripción en el Registro Público del Mercado de Valores. Regístrese, comuníquese y publíquese. LUIS CORTAVARRIA CHECKLEY Superintendente de Banca y Seguros 22876 Tabla de tasas activa de mercado, de interés legal efectiva y laboral, en mo- neda nacional y extranjera, correspon- diente al mes de abril de 2001 CIRCULAR Nº G-096-2001 Lima, 2 de mayo del 2001 REF.: TAMN, TAMEX, Tasa de In- terés Legal Efectiva y Tasa de Interés Laboral Diaria del mes de abril de 2001. Señor Gerente: Con la presente, se remiten las tablas que contienen la tasa de interés anual, así como el factor diario y acumulado de las Tasas Activas de Mercado ,Tasas de Interés Legal Efectiva y Tasas de Interés Laboral en Moneda Nacional y Moneda Extranjera del mes de abril de 2001. Atentamente, JAVIER POGGI CAMPODONICO Gerente de Estudios Económicos TASA ACTIVA DE MERCADO ANUAL (Circular BCRP Nº 041-94-EF/90) ABRIL MONEDA NACIONAL MONEDA EXTRANJERA 2001 TAMN FACTOR FACTOR TAMEX FACTOR FACTOR % DIARIO ACUMUL.(*) % DIARIO ACUMUL.(*) 1 24.56 0.00061 159.71259 12.66 0.00033 4.60801 2 25.11 0.00062 159.81201 12.68 0.00033 4.60954 3 25.19 0.00062 159.91178 12.40 0.00032 4.61104 4 25.44 0.00063 160.01249 12.60 0.00033 4.61256 5 25.25 0.00063 160.11259 12.60 0.00033 4.61408 6 25.13 0.00062 160.21233 12.59 0.00033 4.61560 7 25.13 0.00062 160.31213 12.59 0.00033 4.61712 8 25.13 0.00062 160.41199 12.59 0.00033 4.61864 9 25.23 0.00063 160.51227 12.60 0.00033 4.62016 10 25.14 0.00062 160.61229 12.58 0.00033 4.62168 11 25.06 0.00062 160.71209 12.57 0.00033 4.62320 12 25.06 0.00062 160.81195 12.57 0.00033 4.62473 13 25.06 0.00062 160.91188 12.57 0.00033 4.62625 14 25.06 0.00062 161.01186 12.57 0.00033 4.62777 15 25.06 0.00062 161.11191 12.57 0.00033 4.62929 16 24.94 0.00062 161.21159 12.57 0.00033 4.63081 17 25.18 0.00062 161.31219 12.57 0.00033 4.63234 18 25.15 0.00062 161.41275 12.55 0.00033 4.63386 19 26.01 0.00064 161.51644 12.45 0.00033 4.63537 20 26.53 0.00065 161.62205 12.51 0.00033 4.63689 21 26.53 0.00065 161.72772 12.51 0.00033 4.63841 22 26.53 0.00065 161.83347 12.51 0.00033 4.63992 23 25.93 0.00064 161.93715 12.46 0.00033 4.64144 24 25.89 0.00064 162.04075 12.46 0.00033 4.64295 25 25.89 0.00064 162.14442 12.46 0.00033 4.64447 26 25.87 0.00064 162.24808 12.41 0.00033 4.64598 27 25.61 0.00063 162.35087 12.40 0.00032 4.64749