Norma Legal Oficial del día 05 de mayo del año 2001 (05/05/2001)


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TEXTO DE LA PÁGINA 47

MORDAZA, sabado 5 de MORDAZA de 2001

NORMAS LEGALES

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cion para la inscripcion y seguimiento en los registros publicos. 6.2 Coordinadora Departamental:
§ Orientar, colaborar y supervisar a las Sociedades de Beneficencia y Juntas de Participacion Social que se encuentran bajo su ambito de coordinacion; velando por el cumplimiento de la presente Directiva. § Orientar, colaborar y de ser el caso ejecutar directamente el MORDAZA de saneamiento fisico legal de los inmuebles que constituyen el patrimonio institucional, asi como de las entidades que se encuentren bajo su ambito de coordinacion, conforme a la prioridad que establezca la Gerencia para el Desarrollo de la Poblacion en Riesgo para tales efectos; ejecutando para ello todas las acciones senaladas para las Beneficencias. § Informar periodicamente del resultado de las acciones que viene ejecutando como Beneficencia y Coordinadora Departamental, debiendo para ello solicitar, recoger y consolidar la informacion que al respecto se le remita. § Coordinar con el Ente Rector sobre las necesidades, deficiencias y dificultades encontradas durante el MORDAZA de saneamiento de inmuebles. § La Coordinadora Departamental a traves de su Equipo Tecnico colaborara complementariamente asesorando a las Beneficencias que se encuentren dentro de su ambito de competencia, en asuntos relacionados con la direccion y administracion patrimonial de la entidad. § El Equipo Tecnico, ademas de su relacion de dependencia con la Beneficencia, coordinara y respondera directamente ante el Ente Rector, en asuntos relacionados con el saneamiento de inmuebles.

b) Las Coordinadoras Departamentales deberan enviar la informacion sobre la fijacion de metas conforme al formato del Anexo 1 que forma parte de la presente Resolucion. IX. DEL MORDAZA DE SANEAMIENTO El Programa de Saneamiento comprende las siguientes etapas: 9.1. EVALUACION DE LA SITUACION FISICO LEGAL DEL INMUEBLE 9.1.1. De sus Antecedentes y Busqueda de Informacion El saneamiento fisico legal de inmuebles requiere contar con informacion que permita elaborar un diagnostico individualizado y plantear una alternativa o propuesta de saneamiento; para ello cada inmueble debera contar con un expediente donde se resguarde la documentacion relativa a su situacion fisica legal. Este expediente debe contener por lo menos una Ficha que como Anexo 2 forma parte de la presente Directiva; ademas de:
§ Los antecedentes registrales del inmueble, es decir, ficha o MORDAZA literal de dominio actualizada; si fuera necesario, MORDAZA del titulo archivado (documento publico que da origen a la inscripcion registral). Existe la posibilidad que el inmueble no se encuentre inscrito (no tenga primera de dominio); en este ultimo caso debe obtenerse la MORDAZA registral que el inmueble no se encuentra registrado. § Es recomendable, previo a la obtencion de los antecedentes registrales, efectuar, ante la oficina registral correspondiente, una busqueda general de inmuebles a nombre de la Beneficencia (por ejemplo, busqueda de propiedad con el nombre de Sociedad de Beneficencia Publica de MORDAZA, o Beneficencia Publica de MORDAZA o Beneficencia de Arequipa). § Plano Catastral del inmueble (en el caso que exista dicha informacion); en el caso de inmuebles ubicados en MORDAZA MORDAZA, esta puede solicitarse en la Municipalidad Provincial o en el Registro de la Propiedad Inmueble de donde pertenezca el inmueble (incluyendo Registro Predial Urbano); y, si se encontrara en MORDAZA rural, dicho documento puede obtenerse en el Proyecto Especial de Titulacion de Tierras - PETT. § Titulos del inmueble: documentos originales a traves de los cuales la Beneficencia obtiene el derecho real (propiedad, uso, usufructo, etc) que ejerce sobre el inmueble (escritura publica, minuta, sentencias, resoluciones etc.). § Es recomendable confeccionar, si no tuviera, el expediente tecnico del inmueble (planos y memoria descriptiva). § Otra documentacion no indicada.

6.3 Beneficencias:
§ Ejecutar el MORDAZA de saneamiento fisico legal de los inmuebles que constituyen el patrimonio institucional, ejecutando para ello todas las acciones que se estime pertinente conforme a la presente Directiva. § Reune y analiza la documentacion pertinente respecto de los inmuebles que se encuentran para ejecutar acciones de saneamiento y proponer alternativas respecto a la forma de proceder a su inscripcion. § Proceder conforme a Ley para impugnar las observaciones y tachas que se formulen contra las solicitudes de inscripcion. § Coordinar, informar y solicitar el asesoramiento correspondiente en materia de saneamiento fisico legal de inmuebles, a la Coordinadora Departamental y a traves de esta, al Ente Rector. § Informar a la Coordinadora Departamental del resultado de las gestiones que vienen ejecutando en el MORDAZA de saneamiento de inmuebles; conforme a las pautas y plazos senalados en la Directiva.

VII. INFORMACION SOBRE INMUEBLES a) Las Beneficencias deberan informar a la Gerencia para el Desarrollo de la Poblacion en Riesgo, a traves de la Coordinadora Departamental, dentro del termino de 15 dias calendario de aprobada la presente Directiva, sobre la situacion de los inmuebles de su propiedad, conforme al formulario consignado en el Anexo 1 de la presente Directiva. b) La Coordinadora debera archivar MORDAZA de la Informacion que remita. c) La informacion debe ser remitida en forma escrita y/o a traves de medio magnetico, en formato Word o Excel, o en el formato que para tales efectos se alcance. d) La Gerencia para el Desarrollo de la Poblacion en Riesgo, consolidara la informacion que se remita, a efectos de su posterior evaluacion y monitoreo. VIII. FIJACION DE METAS a) En base de la Informacion sobre la situacion fisico legal de los predios, las Beneficencias deberan fijar metas sobre el numero de inmuebles de su propiedad que a fin de ano seran debidamente inscritos en los Registros Publicos.

9.1.2 De la Evaluacion Con la documentacion senalada, debe evaluarse los siguientes aspectos:
§ Los antecedentes registrales del inmueble, permite determinar a nombre de quien figura inscrito (puede ser a nombre de la Beneficencia o de un tercero); inclusive que este no se encuentre inscrito (no tenga primera de dominio); asi como su situacion fisico legal del inmueble. § Los titulos permiten determinar el Derecho Real que ejerce la Beneficencia sobre el inmueble y que deficiencias existen que no MORDAZA permitido regularizar su inscripcion registral § Los planos y la informacion registral permiten determinar las diferencias existentes entre el area inscrita en los Registros Publicos y el area del inmueble que posee la Beneficencia; esta evaluacion incluye la situacion registral de la declaratoria de fabrica. § El plano catastral permite definir claramente la situacion fisica del inmueble y eventualmente si se encuentra inscrito o no, a nombre de quien probablemente y bajo que competencia administrativa se encuentra (Municipio, COFOPRI, PETT).

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