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Pág. 202840 NORMAS LEGALES Lima, jueves 17 de mayo de 2001 -CONASEV-, solicita se autorice el viaje del señor Carlos Castro Silvestre, Gerente de Intermediarios y Fondos de dicho Organismo, a la ciudad de Bogotá - Colombia, del 16 al 19 de mayo de 2001, con la finalidad de participar en la "IV Reunión de Autoridades Regula- doras del Mercado de Valores de la Comunidad Andi- na"; Que, en el referido evento se analizarán temas que afectan el desarrollo del mercado de valores de la Comunidad Andina, entre los que se encuentran la promoción de buenas prácticas de Gobierno Corporati- vo y la adopción de códigos de buen gobierno por parte de las personas vigiladas que garanticen un tratamien- to justo y equitativo de los inversionistas; así como, la realización de proyectos conjuntos de los países del área, bajo el marco de acción del Programa Kemmerer; Que, en consecuencia es necesario autorizar dicho viaje, cuyos gastos por conceptos de pasajes, viáticos y Tarifa CORPAC serán asumidos por CONASEV, con cargo a su presupuesto, correspondiente al ejercicio 2001; De conformidad con lo establecido en los Decretos Supremos Nºs. 048 y 053-2001-PCM; Estando a lo acordado; SE RESUELVE: Artículo 1º.- Autorizar, el viaje del señor Carlos Castro Silvestre, Gerente de Intermediarios y Fondos de la Comisión Nacional Supervisora de Empresas y Valores -CONASEV-, a la ciudad de Bogotá - Colombia, del 16 al 19 de mayo de 2001, para los fines expuestos en la parte considerativa de la presente Resolución. Artículo 2º.- Los gastos que irrogue el cumplimien- to del presente dispositivo legal, serán cubiertos con recursos del Presupuesto de CONASEV, de acuerdo al siguiente detalle: Pasajes :US$ 423,62 Viáticos :US$ 600,00 Tarifa CORPAC :US$ 25,00 Artículo 3º.- La presente Resolución Suprema no otorga derecho a exoneración o liberación de impuestos de Aduana de cualquier clase o denominación a favor de los funcionarios cuyo viaje se autoriza. Regístrese, comuníquese y publíquese. Rúbrica del Dr. Valentín Paniagua Corazao Presidente Constitucional de la República JAVIER SILVA RUETE Ministro de Economía y Finanzas 23602 EDUCACIÓN Declaran en Reorganización al Institu- to Superior Pedagógico Público Bilin- güe del distrito de Yarinacocha, pro- vincia de Coronel Portillo DECRETO SUPREMO Nº 034-2001-ED EL PRESIDENTE DE LA REPUBLICA Visto, el Expediente Nº 15106-2001 y demás documentos que se adjuntan; CONSIDERANDO: Que, es política del Ministerio de Educación, velar por el adecuado servicio educativo para lograr la forma- ción integral de la persona y asegurar una eficiente formación profesional que contribuya al desarrollo del país; Que, por Decreto Supremo Nº 25-85-ED se autorizó la adecuación a Instituto Superior Pedagógico Bilingüe,del Programa Experimental de Profesionalización de Docentes Bilingües de la Selva y de Formación de Profesores de Educación Bilingüe para la Amazonía Peruana, ubicado en la localidad de Yarinacocha, Puca- llpa, departamento de Ucayali, cuya renovación de autorización de funcionamiento se efectuó por Decreto Supremo Nº 09-94-ED; Que, de acuerdo a los informes de la Dirección Nacional de Formación y Capacitación Docente - DIN- FOCAD, del Ministerio de Educación y de la Oficina de Auditoría Interna de la Dirección Regional de Educa- ción de Ucayali se ha establecido la existencia de diver- sas irregularidades académico - administrativas y en el manejo económico - contable; Que, por las consideraciones mencionadas, corresponde declarar la reorganización del Instituto Superior Pedagógico Público Bilingüe del distrito de Yarinacocha, provincia de Coronel Portillo, departa- mento de Ucayali, mediante norma de igual rango al Decreto Supremo por el cual fue autorizado a funcionar; En uso de las atribuciones que confiere el inciso 8) del Artículo 118º de la Constitución Política del Perú, el Decreto Legislativo Nº 560 - Ley del Poder Ejecutivo, Ley Nº 23384 - Ley General de Educación, y el Decreto Ley Nº 25762, modificado por la Ley Nº 26510; DECRETA: Artículo 1º.- Declarar en Reorganización al Institu- to Superior Pedagógico Público Bilingüe del distrito de Yarinacocha, provincia de Coronel Portillo, departamen- to de Ucayali, por un período de 120 días calendario, acciones que serán supervisadas por el Ministerio de Educación a través de la Dirección Regional de Educa- ción de Ucayali. Artículo 2º.- Constituir una (1) Comisión Reorganizadora del Instituto Superior Pedagógico Pú- blico Bilingüe del distrito de Yarinacocha, provincia de Coronel Portillo, departamento de Ucayali, cuyos inte- grantes serán designados por la Dirección Regional de Educación de Ucayali, la que elevará un informe al Ministerio de Educación, dentro de los diez días poste- riores al vencimiento del Proceso de Reorganización. Artículo 3º.- El presente Decreto Supremo será refrendado por el Ministro de Educación. Dado en la Casa de Gobierno, en Lima, a los dieciséis días del mes de mayo del año dos mil uno. VALENTIN PANIAGUA CORAZAO Presidente Constitucional de la República MARCIAL RUBIO CORREA Ministro de Educación 23596 ENERGÍA Y MINAS Autorizan donación de bienes que efec- tuará Minero Perú en favor de diversas instituciones educativas y la Municipalidad Distrital de Characato RESOLUCIÓN SUPREMA Nº 093-2001-EM Lima, 16 de mayo de 2001 CONSIDERANDO: Que, la Empresa Minera del Perú S.A. - MINERO PERU, es propietaria de diversos bienes remanentes del Proyecto Mishki, los cuales se encuentran almace- nados en su local de Arequipa y que han sido dados de baja; Que, a MINERO PERU se han dirigido el Centro Educativo "San Antonio María Claret", mediante Oficio Nº 47-USE-AS/ASEP"MM y M"/CSM"SAMC" solicitan- do la donación de diversos muebles y enseres que serán utilizados en el desarrollo de sus actividades educativas