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NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 17 DE MAYO DEL AÑO 2001 (17/05/2001)

CANTIDAD DE PAGINAS: 56

TEXTO PAGINA: 23

Pág. 202857 NORMAS LEGALES Lima, jueves 17 de mayo de 2001 Artículo 2º.- Aprobar el contrato de concesión a celebrarse con la empresa L.A. y C. SISTEMAS S.A. para la prestación de los servicios públicos a que se refiere el artículo precedente, el cual consta de veinti- séis (26) cláusulas y un anexo que forman parte inte- grante de la presente resolución. Artículo 3º.- Autorizar al Jefe de la Unidad Especiali- zada en Concesiones de Telecomunicaciones para que, en representación del Ministerio, suscriba el contrato de con- cesión que se aprueba mediante la presente resolución. Artículo 4º.- La concesión otorgada quedará sin efecto de pleno derecho, sin perjuicio que el Ministerio emita en el acto administrativo correspondiente, si el contrato de concesión no es suscrito por la empresa solicitante en el plazo máximo de sesenta (60) días calendario computados a partir de la publicación de la presente resolución. Regístrese, comuníquese y publíquese. LUIS ORTEGA NAVARRETE Ministro de Transportes, Comunicaciones, Vivienda y Construcción 23509 Declaran resuelto contrato de conce- sión suscrito con Firstmark Commu- nications Peru S.R.L. para prestación del servicio público portador local RESOLUCIÓN MINISTERIAL Nº 194-2001-MTC/15.03 Lima, 10 de mayo de 2001 CONSIDERANDO: Que, mediante Resolución Ministerial Nº 339-2000- MTC/15.03 se otorgó a FIRSTMARK COMMUNICA- TIONS PERU S.R.L. concesión para la prestación del Servicio Público Portador Local, en el área de cobertura que comprende la provincia de Lima y la Provincia Constitucional del Callao, habiéndose suscrito el respec- tivo contrato el 6 de octubre de 2000; Que, mediante Resolución Viceministerial Nº 305- 2000-MTC/15.03 se asignó a FIRSTMARK COMMUNI- CATIONS PERU S.R.L. el uso del espectro radioeléctri- co, y se aprobó las características técnicas específicas de operación para la prestación del servicio concedido; Que, el literal f) de la cláusula 18.01 del contrato de concesión suscrito con FIRSTMARK COMMUNICA- TIONS PERU S.R.L. establece como causal de resolu- ción del contrato, entre otras, el incumplimiento de uno de los Plazos Máximos de Instalación del Servicio Con- cedido de acuerdo al Anexo 3 de la Resolución Vicemi- nisterial de Asignación de Espectro; Que, la cláusula 18.04 establece que en caso que la empresa concesionaria incurra en causal de resolución, el Ministerio la notificará otorgándole un plazo para que subsane su cumplimiento parcial, tardío o defectuoso. Asimismo indica que en caso que ello no ocurra, vencido el plazo, el Ministerio podrá declarar resuelto el presente contrato sin necesidad de Resolución Judicial; Que, el Artículo 135º del Reglamento General de la Ley de Telecomunicaciones señala que el procedimien- to para hacer efectiva la resolución se establecerá en el contrato de concesión; en su defecto opera de pleno derecho, sin perjuicio que el Ministerio formalice tal situación mediante Resolución que será publicada en el Diario Oficial El Peruano; Que, la Unidad Especializada en Concesiones de Telecomunicaciones, según los términos de su Informe Nº 150-2001-MTC/15.03.UECT, señala que la empresa FIRSTMARK COMMUNICATIONS PERU S.R.L. no ha cumplido con el plazo máximo de instalación de la actividad 1 (negociación con proveedores de equipos y orden de compra) del Anexo 3 de la Resolución Vicemi- nisterial Nº 305-2000-MTC/15.03 que le asignó el espec- tro radioeléctrico; Que, en antecedentes obra el Oficio Nº 528-2001-MTC/ 15.03.UECT, recepcionado el 29 de abril de 2001, por el cualse le otorgó a FIRSTMARK COMMUNICATIONS PERU S.R.L. un plazo de siete días calendario para que remita la documentación que considere pertinente; Que, mediante comunicación de fecha 4 de abril de 2001 la empresa adjunta copia de una orden de compra de fecha 19 de febrero de 2001, la misma que se encuentra sujeta a financiamiento; Que, dicho documento es de fecha extemporánea, ya que el plazo máximo de instalación de la actividad 1 del Anexo 3 de la Resolución Viceministerial Nº 305-2000- MTC/15.03 vencía a los cuatro meses de suscrito el contrato, es decir, el 6 de febrero de 2001; Que, asimismo el mencionado documento está condi- cionado a la aprobación de su financiamiento, lo que es insuficiente para probar el cumplimiento de la instala- ción de la actividad 1 del Anexo 3 de la Resolución Viceministerial Nº 305-2000-MTC/15.03 que le asignó a la empresa FIRSTMARK COMMUNICATIONS PERU S.R.L. el uso del espectro radioeléctrico; De conformidad con el Decreto Ley Nº 25862 - Ley Orgánica del Ministerio de Transportes, Comunicacio- nes, Vivienda y Construcción, y el Reglamento General de la Ley de Telecomunicaciones aprobado por Decreto Supremo Nº 06-94-TCC y sus modificatorias; SE RESUELVE: Artículo Único.- Declarar resuelto el contrato de concesión suscrito con la empresa FIRSTMARK COM- MUNICATIONS PERU S.R.L. para la prestación del Ser- vicio Público Portador Local, en el área de cobertura que comprende la provincia de Lima y la Provincia Constitucio- nal del Callao, en consecuencia sin efecto la Resolución Ministerial Nº 339-2000-MTC/15.03, y la Resolución Vice- ministerial Nº 305-2000-MTC/15.03, por lo expuesto en la parte considerativa de la presente resolución. Regístrese, comuníquese y publíquese. LUIS ORTEGA NAVARRETE Ministro de Transportes, Comunicaciones, Vivienda y Construcción 23506 Autorizan viaje de profesionales del Ministerio para participar en el curso "Derecho y Gestión de Telecomuni- caciones" que se realiza en Ecuador RESOLUCIÓN MINISTERIAL Nº 195-2001-MTC/15.03 Lima, 10 de mayo de 2001 CONSIDERANDO: Que, la Universidad Andina Simón Bolívar, la Universidad Externado de Colombia y la Asociación de Empresas de Telecomunicaciones de la Comunidad Andina - ASETA, han organizado el Curso de Posgrado Internacional "Derecho y Gestión de Telecomunicacio- nes", programado en doce (12) Módulos, de miércoles a sábado de la última semana de cada mes, de enero a diciembre de 2001, en la ciudad de Quito - Ecuador; Que, ASETA ha concedido becas integrales para la participación en el citado curso de las abogadas Giovan- na Lavado Chávez y Patricia Chirinos Noves, Directora de Asesoría Técnica y Asesora Legal, respectivamente, de la Dirección General de Telecomunicaciones del Ministerio de Transportes, Comunicaciones, Vivienda y Construcción; Que, el precitado curso de Posgrado abordará, entre otros, los siguientes temas: definiciones básicas en los campos jurídico, económico y técnico de telecomunicacio- nes; las funciones del Estado, los organismos reguladores, el mercado y los agentes de la industria de telecomu- nicaciones; estudio de la legislación internacional y regio- nal sobre telecomunicaciones; de derecho de competencia, derecho de propiedad intelectual, arbitraje, delitos en telecomunicaciones, redes y servicios de telecomunicacio- nes y comercio electrónico; conceptos y técnicas de merca-