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NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 17 DE MAYO DEL AÑO 2001 (17/05/2001)

CANTIDAD DE PAGINAS: 56

TEXTO PAGINA: 17

Pág. 202851 NORMAS LEGALES Lima, jueves 17 de mayo de 2001 Ratifican en el cargo a Director Regio- RESOLUCIÓN SUPREMA Nº 087-2001-PE Lima, 16 de mayo del 2001 CONSIDERANDO: Que mediante Resolución Suprema Nº 078-98-PE de 4 de noviembre de 1998 se designó al biólogo Pedro Washington Pregúntegui Mantilla, en el cargo de con- fianza de Director Regional de Pesquería del Consejo Transitorio de Administración Regional - CTAR Apurí- mac; Que mediante Fax Nº 005-2001-CTAR-Apurímac/ PE de 26 de enero de 2001 el Presidente Ejecutivo del CTAR Apurímac solicita la ratificación de dicho profe- sional en el cargo de Director Regional de Apurímac; De conformidad con el Decreto Ley Nº 25515, y Decreto Legislativo Nº 560; y, Estando a lo acordado; SE RESUELVE: Artículo Unico.- Ratificar al biólogo PEDRO WA- SHINGTON PREGÚNTEGUI MANTILLA, en el cargo de confianza de Director Regional de Pesquería del Consejo Transitorio de Administración Regional - CTAR Apurímac. Regístrese, comuníquese y publíquese. Rúbrica del Dr. Valentín Paniagua Corazao Presidente Constitucional de la República LUDWIG MEIER CORNEJO Ministro de Pesquería 23605 Prorrogan permisos de pesca y renue- van licencias de operación de plantas de congelado a favor de Siete Mares S.A.C. RESOLUCIÓN DIRECTORAL Nº 064-2001-PE/DNEPP Lima, 14 de mayo del 2001 Visto el expediente con escrito de registro Nº CE- 00143002, del 7 de mayo del 2001, presentado por la empresa SIETE MARES S.A.C. CONSIDERANDO: Que mediante Resolución Directoral Nº 272-2000- PE/DNE, de fecha 24 de noviembre del 2000, prorro- gada por las Resoluciones Directorales Nºs. 301- 2000-PE/DNE, 019-2001-PE/DNE, 069-2001-PE/ DNE, 004-2001-PE/DNEPP, 010-2001-PE/DNEPP, 026-2001-PE/DNEPP y 045-2001-PE/DNEPP de fe- chas 29 de diciembre del 2000, 29 de enero, 2, 23 y 30 de marzo y 10 y 25 de abril del 2001, se otorgó el permiso de pesca a SIETE MARES S.A.C., represen- tante legal en el Perú del armador japonés KAIYO GYOGYO KABUSHIKI KAISHA, para operar la em- barcación pesquera de bandera japonesa denomina- da "KAIYO MARU Nº 30", de 335 de Tonelaje Neto, 1,042.72 m3 de capacidad de almacenamiento, con el uso de potera como arte de pesca, cuya vigencia fue prorrogada hasta el 15 de mayo del 2001; Que mediante Resolución Directoral Nº 066-2001- PE/DNE, de fecha 28 de febrero del 2001, prorrogada por las Resoluciones Directorales Nºs. 010-2001-PE/ DNEPP, 026-2001-PE/DNEPP y 045-2001-PE/DNEPP de fechas 30 de marzo y 10 y 25 de abril del 2001, seotorgó el permiso de pesca a SIETE MARES S.A.C., representante legal en el Perú del armador japonés KAIYO GYOGYO KABUSHIKI KAISHA, para operar la embarcación pesquera de bandera japonesa denomi- nada "KAIYO MARU Nº 15", de 323 de Tonelaje Neto, 1,077.00 m3 de capacidad de almacenamiento, con el uso de potera como arte de pesca, con vigencia hasta el 15 de mayo del 2001; Que mediante Resolución Directoral Nº 130-2000- PE/DNPP, del 20 de diciembre del 2000, renovada por las Resoluciones Directorales Nºs. 018-2001-PE/DNPP, 047-2001-PE/DNPP, 004-2001-PE/DNEPP, 010-2001- PE/DNEPP, 026-2001-PE/DNEPP y 045-2001-PE/DNE- PP de fechas 18 de enero, 15 de febrero, 23 y 30 de marzo y 10 y 25 de abril del 2001 se otorgó a SIETE MARES S.A.C., representante legal en el Perú del armador japonés KAIYO GYOGYO KABUSHIKI KAISHA, la licencia de operación de la planta de congelado a bordo de la embarcación pesquera de bandera japonesa "KAI- YO MARU Nº 30", con la capacidad instalada de 54 t/ día; Que mediante Resolución Directoral Nº 005-2001- PE/DNEPP, del 23 de marzo del 2001, renovada por las Resoluciones Directorales Nºs. 010-2001-PE/DNEPP, 026-2001-PE/DNEPP y 045-2001-PE/DNEPP de fechas 30 de marzo y 10 y 25de abril del 2001 se otorgó a SIETE MARES S.A.C., representante legal en el Perú del armador japonés KAIYO GYOGYO KABUSHIKI KAIS- HA, la licencia de operación de la planta de congelado a bordo de la embarcación pesquera de bandera japone- sa "KAIYO MARU Nº 15", con la capacidad instalada de 22 t/día; Que a través del escrito del visto, la recurrente solicita la prórroga de los permisos de pesca indicados en el primer y segundo considerandos por quince (15) días, del 16 al 30 de mayo del 2001 y la ampliación del plazo de vigencia de las licencias de operación de las plantas de congelado a bordo de las embarcaciones pesqueras "KAIYO MARU Nº 30" y "KAIYO MARU Nº 15" hasta el vencimiento de los permisos de pesca solicitados, conforme a lo dispuesto por el Artículo 4º de la Resolución Ministerial Nº 289-2000-PE; Estando a lo informado por la Dirección de Adminis- tración Pesquera mediante Informe Nº 138-2001-PE/ DNEPP-Dap y con la opinión favorable de la Oficina General de Asesoría Jurídica; De conformidad con lo establecido por el Decreto Ley Nº 25977 - Ley General de Pesca, su Reglamento aproba- do por Decreto Supremo Nº 012-2001-PE y el Reglamen- to de Ordenamiento Pesquero del Calamar Gigante o Pota aprobado por Decreto Supremo Nº 013-2001-PE, las Resoluciones Ministeriales Nºs. 289-2000-PE, 332- 2000-PE y 080-2001-PE, el Texto Unico Ordenado de la Ley de Normas Generales de Procedimientos Adminis- trativos aprobado por Decreto Supremo Nº 02-94-JUS; En uso de las facultades conferidas por el Artículo 118º del Decreto Supremo Nº 012-2001-PE; SE RESUELVE: Artículo 1º.- Prorrogar a favor de SIETE MARES S.A.C., representante legal en el Perú del armador japonés KAIYO GYOGYO KABUSHIKI KAISHA el permiso de pesca para operar la embarcación pesquera de bandera japonesa "KAIYO MARU Nº 30" con Indica- tivo Internacional J M W O, otorgado por Resolución Directoral Nº 272-2000-PE/DNE, prorrogado por las Resoluciones Directorales Nºs. 301-2000-PE/DNE, 019- 2001-PE/DNE, 069-2001-PE/DNE, 004-2001-PE/DNE- PP, 010-2001-PE/DNEPP, 026-2001-PE/DNEPP y 045- 2001-PE/DNEPP, así como el permiso de pesca otorga- do para operar la embarcación pesquera "KAIYO MARU Nº 15" con indicativo internacional J B N O, otorgado por Resolución Directoral Nº 066-2001-PE/DNE, pro- rrogado por las Resoluciones Directorales Nºs. 010- 2001-PE/DNEPP, 026-2001-PE/DNEPP y 045-2001-PE/ DNEPP, hasta el 30 de mayo del 2001, manteniéndose los demás términos y condiciones. Artículo 2º.- Renovar a favor de SIETE MARES S. A. C., representante legal en el Perú del armador japonés KAIYO GYOGYO KABUSHIKI KAISHA, las licencias de operación de las plantas de congelado a bordo de las embarcaciones pesqueras, "KAIYO MARU